Categorías: Actualidad

Minvu informa fin de plazo para dar cumplimiento a accesibilidad universal a edificios de uso público

Por varios años las personas en situación de discapacidad se han visto excluidas en los accesos a diferentes espacios públicos. Es así que, en el 2010 se promulgó la ley 20.422 la cual establece Normas para la Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de Personas con Discapacidad. De esta forma, en marzo se cumplió el plazo para dar cumplimiento a las condiciones de accesibilidad de la edificación existente, según lo que establece el Decreto Supremo 50, el cual modifica la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones para dar cumplimiento a dicha ley.

Así lo informó, el Seremi de Vivienda y Urbanismo, Pablo Artigas, “esto según lo que estipula esta Ley, la cual establece las medidas para la igualdad de oportunidades de personas con discapacidad, la cual estableció plazos para modificar nuestra normativa y a partir de esta fecha, todos los proyectos y diseños de espacio público debe llevar el visto bueno de acceso universal”.

También, agregó que, “los responsables son los arquitectos que desarrollan los proyectos, en este caso en la Seremi de Vivienda y Urbanismo, contamos con un profesional especializado en el área de accesibilidad, quien otorga un certificado para que cada proyecto cuente con las recomendaciones técnicas correspondientes”.

Finalizó, con un ejemplo cercano, “recientemente Sernatur lanzó una guía para recomendaciones de hoteles con accesibilidad universal, y esta guía fue orientada en gran parte por profesionales de nuestra seremía”.

Con respecto al cumplimiento del plazo a la normativa, Damaris Carrillo, joven en situación de discapacidad quien quedó parapléjica tras el volcamiento de un bus camino a Cunco en el año 2016, sostuvo que, “es una excelente noticia, por fin será obligatorio esto que, para nosotros, quienes somos usuarios de sillas de ruedas ya no tengamos que depender de alguien más, para poder asistir algún edificio público”.

Información de Normativa

Deben cumplir con esta obligación, los edificios existentes de uso público o que presten un servicio a la comunidad, los que deben efectuar las adecuaciones de accesibilidad para que les permitan ser accesibles y utilizables en forma autovalente y sin dificultad por personas con discapacidad, especialmente por aquellas con movilidad reducida.

Las Direcciones de Obras, serán quienes fiscalicen el cumplimiento, de esta normativa. Tanto las Direcciones de Obras Municipales, como cualquier persona podrá denunciar ante el Juzgado de Policía Local, si es que se vulnera el Principio de Vida Independiente, establecido en la Ley 20.422.

prensa

Entradas recientes

Obras públicas abandonadas: la crisis estructural que Chile sigue ignorando

El reciente Consolidado de Información Circularizada (CIC N°17) emitido el pasado martes 18 de noviembre…

2 minutos hace

Fundación Artesanías de Chile y Seremi de las Culturas invitan a la 1ª  Feria Araucanía «Patrimonio artesanal»

18 agrupaciones dan vida a la iniciativa, representando el amplio y diverso paisaje artesanal que…

3 horas hace

Este 23 de noviembre: José Olivares Hinojosa lanza su novela “Sangre. Espías en la Araucanía” en FILSA 2025

El autor puertomontino inicia en Santiago una ruta literaria internacional que continuará en Guadalajara y…

4 horas hace

Carnaval y Muestra Gastronómica Intercultural convocan a la comunidad este sábado en Padre las Casas

Desde el Parque Entre Puentes autoridades y agrupaciones de Padre las Casas dieron a conocer…

5 horas hace

Hospital San José de Victoria destaca en la máxima categoría de satisfacción usuaria

En Victoria están felices; su recinto hospitalario nuevamente queda seleccionado para ubicarse en el primer…

5 horas hace

Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena refuerza el llamado al uso responsable de antibióticos

Cada año, entre el 18 y el 24 de noviembre, se celebra la Semana Mundial…

5 horas hace