El artículo 20, el cual fue aprobado indica que «todas las personas son titulares de derechos sexuales y derechos reproductivos. Estos comprenden, entre otros, el derecho a decidir de forma libre, autónoma e informada sobre el propio cuerpo, sobre el ejercicio de la sexualidad, la reproducción, el placer y la anticoncepción».
Además, el artículo busca otorgar información y educación sexual, con enfoque de género, «asegurando a todas las mujeres y personas con capacidad de gestar, las condiciones para un embarazo, una interrupción voluntaria del embarazo, parto y maternidad voluntarios y protegidos. Asimismo, garantiza su ejercicio libre de violencias y de interferencias por parte de terceros, ya sean individuos o instituciones.
El Estado reconoce y garantiza el derecho de las personas a beneficiarse del progreso científico para ejercer de manera libre, autónoma y no discriminatoria, sus derechos sexuales y
reproductivos.».
En este sentido, la convencional por La Araucanía, Ruth Hurtado lamentó profundamente la aprobación de esta iniciativa ya que «esto significa que se puede interrumpir un embarazo sin límite de edad gestacional, lo que implica matar a un bebé con 8 meses de desarrollo, a pocas semanas de nacer. Además, se eliminó la objeción de conciencia, por lo tanto, la ética del médico no será considerada en estos procesos».
Hurtado añadió que «esta Convención está redactando una propuesta separatista, indigenista y que mata, en este caso a un ser vivo inocente que no podrá defenderse ante una propuesta que desprotege al bebé
Es muy lamentable que se consagren mayores derechos para la naturaleza o para el mundo fungi pero no para un niño que está por nacer».
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