La iniciativa apunta a la creación de un Registro Nacional y Público de Deudores de Alimentos, dependiente del Servicio de Registro Civil e Identificación, al que pueda acceder toda la ciudadanía, por vías telemáticas.
El senador por La Araucanía Felipe Kast propuso al ejecutivo la creación de un DICOM para deudores de pensiones de alimentos, registro que “podría erradicar la burocracia y las eternas tramitaciones que deben enfrentar madres y padres, que viven luchando porque sus cónyuges cumplan con el pago de la pensión alimenticia de sus hijos», aseveró el parlamentario de Evópoli.
Según las cifras aportadas por el Poder Judicial, el 60% de los demandados por pensiones alimenticias no cumple con su obligación de pago. En promedio, 315 personas cumplen diariamente apremio de arresto nocturno por el no pago de alimento; y el monto de deuda por este concepto, a nivel nacional, asciende a una cifra de 176 mil millones de pesos, afectando a más de 70.000 alimentarios.
Por ello la propuesta del senador apunta a la creación de un Registro Nacional y Público de Deudores de Alimentos, dependiente del Servicio de Registro Civil e Identificación, al que pueda acceder toda la ciudadanía, por vías telemáticas.
Actualmente la falta de información con que cuenta el titular del derecho de alimentos para hacer valer su cumplimiento en el patrimonio del alimentante es el principal déficit que se advierte en la legislación nacional a este respecto. Por lo tanto, es primordial que este listado pueda estar en línea con todo el servicio público -principalmente con la Tesorería General de la República- con el fin de hacer una retención automática de la devolución de impuestos de la renta del deudor y, por otro lado, en el momento en que los deudores concurran a solicitar o realizar algún trámite de renovación de documentos, como cédula de identidad, licencia de conducir, pago de contribuciones, u otras; este trámite no pueda ser realizado sin primero pagar la deuda u ofrecer una fórmula de pago frente a esta.
“Lo que sucede es que actualmente para lograr la efectividad de dichos apremios, es preciso iniciar un juicio de cumplimiento, o sea, contar con un abogado para patrocinar la causa, solicitar la liquidación de la deuda, retención y finalmente oficiar a Tesorería; en el fondo, batallar con la burocracia. Lo que proponemos es que exista una retención automática de la deuda, por el sólo hecho de estar en la parte deudora en dicha nómina”, sentenció el senador.
Cifras de la Corporación de Asistencia Judicial (CAJ) confirman que uno de cada cinco condenados a pagar pensión de alimentos no lo hace y según un estudio, de su autoría, se concluye que durante el primer año, el 20% de los demandados deja de pagar la pensión, y que la cifra sube a un 30% al segundo año.
Según el senador Felipe Kast “actualmente el régimen de cumplimiento del derecho de alimentos contempla una serie de mecanismos, tanto para obtener y como para asegurar el cumplimiento de las pensiones alimenticias decretadas, pero lamentablemente todas estas medidas como arresto, retención judicial del sueldo, multa, denegación del divorcio, suspensión de la licencia de conducir, ya no son suficientes porque los deudores logran burlar el pago como medida de violentar a la persona que se lo exige. Todo eso tiene que cambiar”.
PROPUESTA DIRIGIDA AL EJECUTIVO
Se hace necesario contar con el apoyo del Ejecutivo en nuestra propuesta ya que, de incorporarse dicha función a un servicio público, como es del caso el Registro Civil e Identificación, de acuerdo con el artículo 65 N° 2 de la Constitución Política de la República, se trata de una norma de iniciativa exclusiva del Presidente de la República por comprenderse en las materias que dicen relación con la determinación de funciones o atribuciones de un público. Asimismo, en la creación de dicho registro habrá que regular, los requisitos para solicitar la información, el tipo de información que se proporcionará, las sanciones por su uso indebido, entre otros aspectos.
Por último, no podemos omitir la gran dificultad práctica que existe en nuestros Tribunales de Justicia, a la hora de poner en conocimiento al demandado una resolución judicial. Esta dificultad práctica tiene que ver con la falta de certeza respecto del domicilio de las partes de un juicio, especialmente en estos procesos judiciales tan sensibles como filiación, pensión alimenticia y relación directa y regular, entre otros.
En la actualidad para lograr interponer una acción judicial en las materias descritas, es requisito sine qua non tener certeza de la dirección en donde habita o trabaja la parte a la que se pretende demandar. Por esta razón, solicitamos que el Ejecutivo pueda ingresar una urgencia a favor del proyecto de ley que establece la obligatoriedad de registrar los domicilios. Dicha moción se encuentra en primer trámite constitucional, Comisión de Constitución del Senado. Boletín N° 11.901-07 y quienes figuran como autores son los senadores Carmen Gloria Aravena, Felipe Kast, Francisco Huenchumilla y Adriana Muñoz.
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