- El agresor regresó a una fiesta en Lautaro armado con dos cuchillos y dejó a tres personas heridas, una de ellas en riesgo vital.
- Inicialmente fue formalizado por tres delitos de homicidio frustrado, enfrentando prisión preventiva.
- La defensa logró cambiar la calificación jurídica a lesiones, permitiendo que el condenado cumpliera su pena en libertad vigilada.
Un joven que regresó armado a una fiesta, apuñaló a tres personas y dejó a una de ellas en riesgo vital recuperó su libertad tras 224 días detenido. Aunque fue condenado por los ataques, un cambio en la calificación de los delitos permitió que cumpliera su pena fuera de la cárcel.
Tres personas apuñaladas, una víctima que estuvo en riesgo de morir y un agresor que regresó al lugar de los hechos portando dos cuchillos. Lo ocurrido en Lautaro durante la madrugada del 27 de febrero terminó siete meses después con una condena que el responsable podrá cumplir fuera de la cárcel, pese a que inicialmente fue investigado por tres homicidios frustrados.
El desenlace pone sobre la mesa una discusión especialmente sensible en un contexto donde la seguridad pública constituye una de las principales preocupaciones ciudadanas: la distancia que puede existir entre la gravedad de un hecho violento, su calificación jurídica y la sanción que finalmente recibe el responsable.
Según los antecedentes judiciales, todo ocurrió cerca de las 3 de la madrugada del 27 de febrero, durante una fiesta realizada en una vivienda de calle Volcán Hornopirén, en Lautaro. Nicolás Navarrete Levinao, de 21 años, sostuvo una discusión con otros asistentes y abandonó el lugar. De acuerdo con la acusación fiscal que posteriormente aceptó, antes de retirarse lanzó una amenaza: "Los voy a matar".
Momentos después regresó portando dos cuchillos. Primero atacó a un adolescente de 17 años y luego ingresó a la vivienda, donde apuñaló en reiteradas oportunidades a Richard Jiménez Maripil. Posteriormente agredió a una tercera víctima, de 16 años, antes de escapar.
Richard Jiménez sufrió heridas que lo dejaron en riesgo vital. Según los antecedentes judiciales, de no haber recibido atención médica oportuna, las lesiones podrían haberle costado la vida. Otra víctima presentó un traumatismo abdominal penetrante y heridas en la espalda, mientras que el tercer afectado sufrió lesiones en un brazo y la zona axilar, con compromiso muscular y tendinoso.
La Fiscalía formalizó inicialmente al imputado por tres homicidios frustrados y el 3 de marzo el tribunal decretó su prisión preventiva.
El cambio que modificó la condena
Durante el proceso, la calificación jurídica de los ataques cambió. La acusación final del Ministerio Público consideró un homicidio frustrado, un delito de lesiones graves y otro de lesiones menos graves.
El abogado defensor Gerardo Ochoa Diez de Medina, de Abogados Conosur, explicó que su estrategia consistió en cuestionar que las tres agresiones hubieran sido cometidas con intención de matar. "Uno de los aspectos fundamentales de nuestra defensa fue demostrar que no todas las agresiones podían ser calificadas jurídicamente como homicidio frustrado. Nuestra tesis fue que, respecto de dos de las víctimas, no existía intención de matar, sino de causar lesiones, aun cuando estas pudieran revestir extrema gravedad", sostuvo.
La distinción es relevante en materia penal, porque la gravedad de una herida no determina por sí sola la existencia de intención homicida. También deben examinarse las circunstancias de cada ataque y los antecedentes que permitan establecer la responsabilidad del acusado.
Finalmente, el joven aceptó los hechos de la acusación mediante un procedimiento abreviado, renunciando al juicio oral. El 9 de octubre, el juez Eduardo Pérez Yáñez lo condenó a 3 años y un día de presidio por homicidio simple frustrado, 300 días por lesiones graves y 50 días por lesiones menos graves.
Sin embargo, el tribunal sustituyó el cumplimiento de las penas privativas de libertad por libertad vigilada intensiva durante 3 años y 351 días, permitiendo que recuperara su libertad tras 224 días detenido.
El condenado deberá cumplir un plan de intervención bajo supervisión y tiene prohibido acercarse a las tres víctimas y a sus domicilios. El incumplimiento de las condiciones podría derivar en la revocación de la pena sustitutiva.
Una decisión judicial frente a la preocupación por la seguridad
Aunque la resolución se enmarca en las herramientas que contempla la legislación chilena, su resultado admite una discusión desde la perspectiva de la seguridad pública y la protección de las víctimas.
En una sociedad donde la violencia y la delincuencia generan preocupación, decisiones que permiten cumplir condenas fuera de la cárcel por ataques de esta gravedad pueden ser percibidas como insuficientes e incluso cuestionadas por la señal que entregan respecto de las consecuencias de estos delitos.
El contrapunto está en que los tribunales deben resolver conforme a la ley y los antecedentes de cada causa, independientemente de las expectativas de sanción que puedan existir.
El caso de Lautaro refleja precisamente esa tensión: tres personas fueron atacadas con cuchillos, una estuvo en riesgo de morir y el responsable fue condenado, pero podrá cumplir su pena en libertad vigilada intensiva. Una resolución legalmente contemplada que, por la gravedad de los hechos, también merece ser examinada desde sus efectos en la confianza ciudadana en la justicia.