Para reafirmar que la violencia intrafamiliar no se produce de forma ocasional y que ante este tipo de hechos la prevención es fundamental, la Universidad Mayor y Servicio Nacional del Adulto Mayor, realizaron el seminario “Protección al Adulto Mayor en Materia de Violencia Intrafamiliar”, actividad que gestó del convenio firmado entre la UM y Senama en el mes de julio para dar apoyo integral a los mayores de 65 años.
El seminario contó con la presencia de Hugo Cumsille, vicerrector de la UM, Sara Suazo cordinadora regional de Senama y más de 300 adultos mayores interesados por sus derechos y protección, quienes escucharon y tomaron notas sobre las exposiciones de Claudia Matus, directora del Centro de Atención Jurídico Social de la Facultad de Derecho de la UM y experta en Derecho de Familia; Gloria Negroni, juez titular del Tercer Juzgado de Familia de Santiago y Jaime Pino, fiscal adjunto y jefe de la Unidad de Delitos de Violencia Intrafamiliar de la Fiscalía Local de Temuco.
Ley de Violencia Intrafamiliar
Durante su exposición Claudia Matus, hizo incapié a que sólo en el año 2010 se incorporó a la ley la protección de los adultos mayores, sumándose también el daño psicológico. Por lo que la ley de violencia intrafamiliar tiene por objeto prevenir, sancionar y erradicar la violencia, otorgando protección a las víctimas al establecer que son actos de este tipo todo maltrato que afecte la vida, integridad física o psíquica de una persona que sea o haya sido cónyuge del agresor, o haya tenido una relación de convivencia con él, siendo parientes consanguíneo como padre, madre, hijo, nieto, abuelo (en línea recta) o tíos y sobrinos (en línea colateral).
La abogada Claudia Matus informó a los presentes sobre la defensa de sus derechos, explicándoles las herramientas con las que cuentan, para proteger sus derechos, “basta con realizar una denuncia, por lo que no es necesario constatar lesiones para acreditar que existe una víctima o pueda existir. Siendo situaciones de riesgo las amenazas, denuncias previas, condenas previas por violencia intrafamiliar, procesos pendientes y antecedentes psíquicos o psicológicos”.
Ante la poca efectividad de la ley, la profesional dio a conocer que las sanciones por violencia intrafamiliar involucran multas que van en beneficio de instituciones preocupadas de esta temática, y no reparan directamente el daño ocasionado a la víctima. Por lo anterior, existen medidas accesorias que protegen a la víctima y obligan al agresor abandonar el hogar que comparte con la víctima; prohíben el acercamiento a ella; la tenencias de armas de fuego; exigiendo la asistencia a programas terapéuticos y obligan al agresor a presentarse regularmente ante la unidad policial que determine el juez. El incumplimiento de estas medidas, significan para el agresor 15 días de arresto y sentencia por perjuicios patrimoniales.
Potestad Cautelar
Por su parte la abogada Gloria Negroni, analizó la "La Potestad Cautelar de Tribunales de Familia", resaltando que dentro de ellas están los causantes de la violencia, por lo que es importante realizar una buena evaluación de riesgo para poder intervenir a tiempo a través de la Unidad de Atención a Público.
También dio a conocer las formas en que las víctimas acceden a la justicia a través de una denuncia directa y personas que están obligadas a denunciar (policía, fiscales, enfermeras médicos, químicos, educadores, etc.), “este último caso apunta a víctimas que no son capaces de realizar la denuncia por temor a represalias, dependencia afectiva, económica o por los hijos. Sin embargo, la ley deja en manos de la víctima la continuación del proceso, lo que ocasiona que en muchos casos las personas desmientan las denuncias”. Expresó Negroni.
Por la ocurrencia de situaciones como la antes mencionada, el juez tiene la facultad para hacer todo lo necesario para otorgar protección a las víctimas, contando con la potestad de no escuchar al denunciado, puesto que su labor es prevenir y evaluar los riesgos de maltrato, lo que le permite realizar una intervención inmediata.
Protección Penal
Para explicar el proceso que involucra el maltrato intrafamiliar, el fiscal adjunto Jaime Pino, señaló que antes de llegar a la sentencia, el juez propone al imputado condiciones que lo liberarán de una sentencia condenatoria. Lo que en la práctica implica una ayuda sustancial para que la víctima y el agresor puedan superar la violencia intrafamiliar, por ejemplo a través de terapias que los llevarán a una solución pacífica, cumpliendo con el objetivo de la fiscalía. Sin embargo, “no podrán optar a este tipo de medidas, las personas con condenas anteriores, porque constituyen un peligro para las víctimas y, es labor de los fiscales velar por ellas, por lo que debemos ser cuidadosos al otorgar medidas alternativas sin una sentencia”, explicó Jaime Pino.
El profesional dio a conocer, que junto a los niños, los mayores de 65 años son las personas que tienen más problemas al momento de enfrentar la violencia intrafamiliar, por lo cual, debido al aumento del envejecimiento de la población es importante el incremento que se ha producido en las denuncias por maltrato en nuestro país. De esta forma, es viable difundir las instancias que existen para que las posibles víctimas se protejan y reciban atención junto a sus familiares, dando dignidad a la vejez para que cada día los adultos mayores sean más respetados.
Dejar una contestacion