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	<title>condena - Araucanía Noticias Temuco</title>
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		<title>Condenan a hijo de Héctor Llaitul y otros cuatro integrantes de la CAM por incendios y secuestro en La Araucanía</title>
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		<pubDate>Fri, 26 Jun 2026 00:45:04 +0000</pubDate>
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<figure class="wp-block-image size-full"><img fetchpriority="high" decoding="async" width="1200" height="775" src="https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2026/06/condenan-a-hijo-de-hector-llaitul-y-otros-cuatro-integrantes-de-la-cam-por-incendios-y-secuestro-en-la-araucania.jpg" alt="" class="wp-image-309881" srcset="https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2026/06/condenan-a-hijo-de-hector-llaitul-y-otros-cuatro-integrantes-de-la-cam-por-incendios-y-secuestro-en-la-araucania.jpg 1200w, https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2026/06/condenan-a-hijo-de-hector-llaitul-y-otros-cuatro-integrantes-de-la-cam-por-incendios-y-secuestro-en-la-araucania-768x496.jpg 768w" sizes="(max-width: 1200px) 100vw, 1200px" /></figure>



<p class="wp-block-paragraph"><strong><em>El Tribunal Oral de Temuco acreditó su participación en una serie de ataques registrados en noviembre de 2022. La sentencia será dada a conocer el próximo 13 de julio.</em></strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">El <strong>Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco</strong> dictó este jueves un veredicto condenatorio contra <strong>Pelentaro Héctor Llaitul Pezoa</strong>, hijo del líder histórico de la Coordinadora Arauco Malleco (CAM), Héctor Llaitul, y otros cuatro integrantes de la organización por su participación en una serie de delitos cometidos en noviembre de 2022 en la Región de La Araucanía.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La resolución, adoptada de forma unánime por los magistrados <strong>José Ignacio Rau Atria</strong>, <strong>Javier Bascur Pavez</strong> y <strong>Wilfred Ziehlmann Zamorano</strong>, estableció la responsabilidad penal de Pelentaro Llaitul, <strong>Luis Guillermo Menares Chanilao</strong>, <strong>Juan Carlos Mardones Sáez</strong>, <strong>Luis Darío Fuenzalida Eneros</strong> y <strong>Jorge Andrés Caniupil Coña</strong>.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Los cinco fueron condenados como autores de los delitos consumados de <strong>incendio reiterado, hurto en concurso con secuestro simple y hurto</strong>. Además, Pelentaro Llaitul y Juan Carlos Mardones recibieron una condena adicional por <strong>porte ilegal de municiones</strong>.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Durante el juicio, el Ministerio Público acreditó que los condenados participaron en ataques incendiarios perpetrados en el <strong>fundo San Luis</strong> y en la <strong>parcela 15</strong>, además de la quema de una camioneta Maxus. En esos hechos, los acusados sustrajeron el vehículo de una de las víctimas, la mantuvieron privada ilegalmente de libertad mientras se desplazaban por el sector y posteriormente robaron diversas especies desde un predio.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El tribunal concluyó que la participación de los acusados quedó acreditada mediante diversos medios de prueba, entre ellos la coincidencia entre las vestimentas descritas por las víctimas y las que utilizaban los imputados al momento de su detención, además de evidencia incautada en el sitio del suceso, incluyendo especies robadas y otros elementos vinculados a los delitos.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Absolución por delitos de armas</h3>



<p class="wp-block-paragraph">Pese al veredicto condenatorio, el tribunal absolvió a los cinco acusados de los delitos de <strong>porte ilegal de arma de fuego, porte de arma prohibida y disparos injustificados</strong>.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Si bien los jueces establecieron que esos hechos efectivamente ocurrieron durante los ataques, concluyeron que las pruebas presentadas no permitieron atribuir su comisión de manera individual a cada uno de los acusados más allá de toda duda razonable.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En la resolución también se señala que la presencia de personal policial y militar armado en el lugar donde fueron detenidos los imputados pudo haber generado contaminación de evidencia utilizada en los peritajes químicos, circunstancia que impidió alcanzar el estándar probatorio exigido para una condena por esos delitos.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El acta de deliberación sostiene que, respecto de esas imputaciones, <strong>«existen meras sospechas»</strong>, las que resultan insuficientes para fundar una sentencia condenatoria.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La audiencia de lectura de sentencia quedó fijada para las <strong>13:00 horas del próximo lunes 13 de julio</strong>, oportunidad en que el juez <strong>Wilfred Ziehlmann Zamorano</strong> dará a conocer las penas que deberán cumplir los condenados.</p>
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		<title>CGE logra cárcel efectiva para ladrón de cables y suma una nueva condena por hurto de energía</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Editor]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 18 Jun 2026 23:46:04 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Nacional]]></category>
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<figure class="wp-block-image size-full"><img decoding="async" width="1000" height="661" src="https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2026/06/borrador-automatico-28.jpg" alt="" class="wp-image-309354" srcset="https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2026/06/borrador-automatico-28.jpg 1000w, https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2026/06/borrador-automatico-28-768x508.jpg 768w" sizes="(max-width: 1000px) 100vw, 1000px" /></figure>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong><em>La penas aplicadas van entre 41 y 61 días de presidio para los responsables del dleito de robo en una Subestación Eléctrica.   </em></strong></li>
</ul>



<p class="wp-block-paragraph">El robo de cables, tanto en instalaciones de distribución como transmisión, y el hurto de energía, son dos de los principales delitos que afectan la calidad y continuidad del servicio eléctrico para miles de clientes a lo largo de la zona de concesión de CGE.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Ante el crecimiento de estos delitos, CGE ha desplegado una serie de acciones, tanto a nivel técnico como judicial, con el objetivo de desincentivar y perseguir penalmente a los responsables. En este sentido, durante junio la Compañía ya logró dos condenas de cárcel efectiva contra personas por el delito de robo.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El pasado 9 de junio se realizó la audiencia del procedimiento abreviado en el Juzgado de Garantía de Rengo, en contra del imputado J.L.D.F, por el delito de robo de cables en la subestación Las Nieves, comuna de Rengo, ocurrido el 13 de diciembre de 2025. Durante su detención, el imputado opuso resistencia agrediendo y provocando lesiones a un funcionario de Carabineros que participó en el procedimiento.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Por este delito, J.L.D.F fue condenado a 61 días de prisión por el delito de robo con fuerza en lugar no habitado, en grado de frustrado, y a la pena de 41 días de prisión por el delito consumado de maltrato de obra a Carabineros, encontrándose la sentencia ejecutoriada.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Asimismo, en el Juzgado de Letras y Garantía de Pitrufquén, se realizó la audiencia de procedimiento simplificado contra J.S.O.C por el delito de hurto de energía, luego de detectarse en abril de 2024 una conexión fraudulenta y clandestina en su domicilio, determinándose que durante al menos 15 meses el equipo no registró completa ni correctamente el consumo de energía eléctrica del inmueble. En la audiencia, el imputado fue condenado a la pena de 41 días de prisión por el delito consumado de hurto de energía más una multa a beneficio fiscal de 1/3 de UTM. Para el cumplimiento de la pena, se otorgó al condenado la remisión condicional por el plazo de un año.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Ernesto Peñafiel, director de Servicios Jurídicos de CGE, señaló que “estas condenas muestran que las acciones que tomamos como Compañía para perseguir estos delitos, y a quienes los realizan, tienen resultados. El robo de cables y el hurto de energía afectan directamente la calidad y continuidad del servicio eléctrico para miles de familias todos los años, por lo que una de nuestras prioridades es combatirlos”.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Consejo</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">“CGE reitera el peligro de aproximarse a las redes e infraestructura eléctrica y hace un llamado a sus clientes a tomar algunas medidas de seguridad para evitar accidentes, como no acercarse a conductores o cables dañados o que estén en el suelo, ya que podrían estar energizados. En caso de emergencia, puedes comunicarte con la empresa a través del número de atención gratuito 800 800 767; la página web&nbsp;<a href="http://www.cge.cl/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">http://www.cge.cl</a>&nbsp;, la aplicación móvil CGE 1click y el número de WhatsApp +569 895 68 479”.</p>
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		<item>
		<title>Brutal crimen termina con condena de 10 años y un día para autor de homicidio en Villarrica</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Editor]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 12 Apr 2026 01:54:08 +0000</pubDate>
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<p class="wp-block-paragraph"><em><strong>El sujeto atacó con un cuchillo a la víctima tras una discusión familiar, provocándole una herida mortal en el cuello.</strong></em></p>



<p class="wp-block-paragraph">Un violento homicidio ocurrido en Villarrica terminó con una condena de <strong>10 años y un día de presidio efectivo</strong> para <strong>Hugo Alberto Orellana Ghisolfo,</strong> quien fue declarado culpable de dar muerte a un hombre tras atacarlo con un cuchillo en el domicilio de un familiar.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El fallo, dictado de manera unánime por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Villarrica, acreditó que el hecho se registró la noche del 9 de enero de 2025, cuando el imputado llegó hasta la vivienda donde se encontraba la víctima junto a su familia.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En ese lugar, tras una discusión, Orellana Ghisolfo extrajo un arma blanca y lo agredió en distintas partes del cuerpo, provocándole una herida cortopunzante en la zona cervical de carácter homicida, la que finalmente le causó la muerte.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La sentencia no solo contempla la pena de cárcel efectiva, sino también la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos y derechos políticos, además de la prohibición de ejercer profesiones mientras dure la condena.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Una vez que el fallo quede firme, el tribunal ordenó la toma de muestras biológicas del condenado, con el fin de incorporar su perfil al Registro Nacional de ADN de condenados.</p>



<figure class="wp-block-image size-full"><img decoding="async" width="1200" height="686" src="https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2026/04/brutal-crimen-termina-con-condena-de-10-anos-y-un-dia-para-autor-de-homicidio-en-villarrica.jpg" alt="" class="wp-image-304400" srcset="https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2026/04/brutal-crimen-termina-con-condena-de-10-anos-y-un-dia-para-autor-de-homicidio-en-villarrica.jpg 1200w, https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2026/04/brutal-crimen-termina-con-condena-de-10-anos-y-un-dia-para-autor-de-homicidio-en-villarrica-768x439.jpg 768w" sizes="(max-width: 1200px) 100vw, 1200px" /></figure>
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		<item>
		<title>Diputado Cretton emplaza a concejala de Renaico a asumir indemnización</title>
		<link>https://araucanianoticias.cl/2026/diputado-cretton-emplaza-a-concejala-de-renaico-a-asumir-indemnizacion/0318302517</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Editor]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 18 Mar 2026 20:32:24 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[<p>El Juzgado de Letras de Angol condenó a la Municipalidad de Renaico a pagar una indemnización de $20 millones a un exfuncionario, tras acreditarse que <a class="mh-excerpt-more" href="https://araucanianoticias.cl/2026/diputado-cretton-emplaza-a-concejala-de-renaico-a-asumir-indemnizacion/0318302517" title="Diputado Cretton emplaza a concejala de Renaico a asumir indemnización">[...]</a></p>
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<figure class="wp-block-image size-full"><img loading="lazy" decoding="async" width="1200" height="800" src="https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2026/03/borrador-automatico-41.jpeg" alt="" class="wp-image-302518" srcset="https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2026/03/borrador-automatico-41.jpeg 1200w, https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2026/03/borrador-automatico-41-768x512.jpeg 768w" sizes="auto, (max-width: 1200px) 100vw, 1200px" /></figure>



<p class="wp-block-paragraph">El Juzgado de Letras de Angol condenó a la Municipalidad de Renaico a pagar una indemnización de $20 millones a un exfuncionario, tras acreditarse que fue víctima de daño moral en el ejercicio de sus funciones.</p>



<p class="wp-block-paragraph">De acuerdo con el fallo, los hechos se originaron en el contexto de una sesión de concejo municipal, donde el trabajador fue objeto de humillaciones, acusaciones sin fundamento y exposiciones públicas que afectaron su honra, por parte de la concejala independiente en la lista del Frente Amplio, Yessica Ulloa, situación que posteriormente fue respaldada por el tribunal.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La resolución ha generado repercusiones en la comuna, principalmente por el impacto económico que implica para el municipio, cuyos recursos deberán destinarse al pago de la indemnización.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Frente a este escenario, el diputado Eduardo Cretton se refirió a la situación, enfatizando que no corresponde que el costo de esta condena recaiga en el municipio ni en los vecinos.</p>



<p class="wp-block-paragraph">“No es posible que los vecinos tengan que pagar los platos rotos por las acciones de una concejala. Aquí hay una responsabilidad personal que debe ser asumida como corresponde”, señaló.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El parlamentario también advirtió sobre el impacto que este tipo de situaciones tiene en el desarrollo comunal, indicando que estos recursos podrían destinarse a otras necesidades urgentes.</p>



<p class="wp-block-paragraph">“Estamos hablando de $20 millones que perfectamente podrían invertirse en mejoras para la comuna, apoyo social o iniciativas que beneficien directamente a los vecinos, y no en cubrir las consecuencias de conductas individuales”, afirmó.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En esa línea, Cretton emplazó directamente a la concejala involucrada a hacerse cargo de la indemnización, recalcando que los recursos públicos deben ser resguardados. “Es ella quien debería asumir la responsabilidad por sus actos, no el municipio”, agregó.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Finalmente, el diputado insistió en la necesidad de avanzar en mecanismos que permitan establecer responsabilidades individuales en este tipo de casos, evitando que situaciones de carácter personal terminen afectando directamente a toda la comunidad.</p>
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		<title>Condenan a 10 años y un día de cárcel a autor de violentos asaltos cometidos en Temuco</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Editor]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 17 Feb 2026 17:56:19 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[<p>El sujeto fue declarado culpable de seis robos —cinco con intimidación y uno con violencia— tras atacar a taxistas y transeúntes con armas blancas para <a class="mh-excerpt-more" href="https://araucanianoticias.cl/2026/condenan-a-10-anos-y-un-dia-de-carcel-a-autor-de-violentos-asaltos-cometidos-en-temuco/0217300575" title="Condenan a 10 años y un día de cárcel a autor de violentos asaltos cometidos en Temuco">[...]</a></p>
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<p class="wp-block-paragraph"><strong><em>El sujeto fue declarado culpable de seis robos —cinco con intimidación y uno con violencia— tras atacar a taxistas y transeúntes con armas blancas para quitarles dinero y pertenencias.</em></strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco condenó a <strong>Carlos Alejandro Provoste Aravena</strong> a la pena efectiva de 10 años y un día de presidio, tras ser declarado culpable de seis delitos de robo cometidos en agosto de 2023 en la capital regional.</p>



<p class="wp-block-paragraph">De acuerdo con el fallo unánime de la causa rol 160-2025, el condenado participó en cinco robos con intimidación y un robo con violencia, ilícitos perpetrados junto a un segundo sujeto no identificado.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El tribunal —integrado por los jueces Leonel Torres Labbé (presidente), Alejandra Rosas Lagos y José Ignacio Rau Atria (redactor)— estableció que los hechos ocurrieron durante la mañana del 24 de agosto de 2023, cuando los involucrados recorrieron distintos puntos de Temuco buscando víctimas.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Según se acreditó en el juicio, abordaron a seis personas, entre ellas taxistas y transeúntes que se dirigían a sus trabajos o establecimientos educacionales. A todos los amenazaron con armas blancas para exigirles la entrega de sus pertenencias.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Los antisociales lograron sustraer dinero en efectivo, teléfonos celulares, chaquetas, documentos y otras especies personales. Uno de los casos más graves afectó a un taxista, quien resultó con lesiones leves en un hombro luego de ser atacado por el condenado con un tenedor de gran tamaño durante el asalto.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Además de la pena de cárcel, el tribunal aplicó a Provoste Aravena las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos y oficios públicos y derechos políticos, así como la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras se extienda la condena.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Una vez que la sentencia quede ejecutoriada, se ordenó la toma de muestras biológicas del condenado para determinar su huella genética e incorporarla al Registro Nacional de ADN de condenados. Asimismo, se decretó el comiso de las especies incautadas durante el procedimiento policial.</p>
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		<title>Padre es condenado a 12 años de presidio por abuso sexual contra sus hijas en Villarrica y Melipeuco</title>
		<link>https://araucanianoticias.cl/2026/padre-es-condenado-a-12-anos-de-presidio-por-abuso-sexual-contra-sus-hijas-en-villarrica-y-melipeuco/0211300210</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Editor]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 11 Feb 2026 18:33:39 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[Judicial]]></category>
		<category><![CDATA[12 años]]></category>
		<category><![CDATA[Abuso sexual]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El tribunal acreditó hechos reiterados cometidos durante años cuando las víctimas eran niñas y estaban bajo su cuidado directo. Un nuevo caso de abuso sexual <a class="mh-excerpt-more" href="https://araucanianoticias.cl/2026/padre-es-condenado-a-12-anos-de-presidio-por-abuso-sexual-contra-sus-hijas-en-villarrica-y-melipeuco/0211300210" title="Padre es condenado a 12 años de presidio por abuso sexual contra sus hijas en Villarrica y Melipeuco">[...]</a></p>
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<figure class="alignleft size-full is-resized"><img loading="lazy" decoding="async" width="784" height="1168" src="https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2026/02/padre-es-condenado-a-12-anos-de-presidio-por-abuso-sexual-contra-sus-hijas-en-villarrica-y-melipeuco.jpg" alt="" class="wp-image-300211" style="aspect-ratio:0.671228478548782;width:384px;height:auto" srcset="https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2026/02/padre-es-condenado-a-12-anos-de-presidio-por-abuso-sexual-contra-sus-hijas-en-villarrica-y-melipeuco.jpg 784w, https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2026/02/padre-es-condenado-a-12-anos-de-presidio-por-abuso-sexual-contra-sus-hijas-en-villarrica-y-melipeuco-768x1144.jpg 768w" sizes="auto, (max-width: 784px) 100vw, 784px" /></figure>
</div>


<p class="wp-block-paragraph"><strong>El tribunal acreditó hechos reiterados cometidos durante años cuando las víctimas eran niñas y estaban bajo su cuidado directo.</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">Un nuevo caso de abuso sexual en el ámbito intrafamiliar vuelve a estremecer a la zona lacustre de La Araucanía. Esta vez, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Villarrica condenó a un padre a una pena efectiva de 12 años de presidio por delitos cometidos contra sus propias hijas, hechos registrados en las comunas de Villarrica y Melipeuco.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En fallo unánime, el tribunal condenó, con costas, a R.C.C.Q. a la pena única de 12 años de presidio efectivo, en calidad de autor de dos delitos consumados de abuso sexual impropio, uno de ellos en carácter de reiterado, ilícitos perpetrados entre 2009 y 2017.</p>



<p class="wp-block-paragraph">De acuerdo con lo establecido en el juicio, entre 2009 y 2017 —periodo en que la primera víctima tenía entre 5 y 12 años de edad— el condenado se aprovechó en diversas ocasiones de instancias en que se encontraba al cuidado de su hija, tanto en el domicilio familiar de Villarrica como posteriormente en una vivienda en Melipeuco, para realizar actos de significación sexual.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Asimismo, el tribunal acreditó que entre 2016 y 2017 el sujeto perpetró actos de la misma naturaleza contra una segunda hija, quien tenía entre 6 y 7 años de edad en ese periodo, hechos ocurridos cuando la menor se encontraba bajo su cuidado en el domicilio ubicado en Melipeuco.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Junto con la pena principal, el tribunal aplicó accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, además de la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.</p>



<p class="wp-block-paragraph">A ello se suman accesorias especiales como la interdicción del derecho de ejercer la guarda y de ser oído como pariente en los casos que la ley designa; la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años posteriores al cumplimiento de la pena; la inhabilitación absoluta perpetua para desempeñarse en ámbitos educacionales o en cualquier actividad que implique relación directa y habitual con menores de edad; y la inhabilidad para obtener la patria potestad, quedando privado de todos los derechos respecto de la persona y bienes de las víctimas, sus ascendientes y descendientes, manteniendo únicamente las obligaciones legales en beneficio de ellas.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El fallo también ordena que, una vez ejecutoriada la sentencia, se proceda a la toma de muestras biológicas del condenado para la determinación de su huella genética e incorporación en el Registro Nacional de ADN de condenados.</p>
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		<title>Condenan a Servicio de Salud Araucan&#237;a Sur por entregar cuerpo de beb&#233; fallecido a familia equivocada</title>
		<link>https://araucanianoticias.cl/2025/condenan-a-servicio-de-salud-araucana-sur-por-entregar-cuerpo-de-beb-fallecido-a-familia-equivocada/1227297093</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Editor]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 28 Dec 2025 02:31:26 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Judicial]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Tribunal acreditó falta de servicio tras constatar que los restos de un recién nacido fueron entregados erróneamente a terceros, obligando a sus padres a iniciar <a class="mh-excerpt-more" href="https://araucanianoticias.cl/2025/condenan-a-servicio-de-salud-araucana-sur-por-entregar-cuerpo-de-beb-fallecido-a-familia-equivocada/1227297093" title="Condenan a Servicio de Salud Araucan&#237;a Sur por entregar cuerpo de beb&#233; fallecido a familia equivocada">[...]</a></p>
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										<content:encoded><![CDATA[<h5><a href="https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2025/12/captura-de-pantalla-2025-12-27-163039-600x308-1.png"><img loading="lazy" decoding="async" width="602" height="310" title="Captura_de_pantalla_2025-12-27_163039-600x308" style="display: inline; background-image: none;" alt="Captura_de_pantalla_2025-12-27_163039-600x308" src="https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2025/12/captura-de-pantalla-2025-12-27-163039-600x308-thumb.png" border="0"></a></h5>
<p><strong>Tribunal acreditó falta de servicio tras constatar que los restos de un recién nacido fueron entregados erróneamente a terceros, obligando a sus padres a iniciar un proceso de exhumación en medio del duelo.</strong></p>
<p>El Segundo Juzgado Civil de Temuco condenó al <strong>Servicio de Salud Araucanía Sur</strong> a pagar una indemnización de <strong>$22 millones</strong> a los padres de un bebé que nació fallecido y cuyo cuerpo fue entregado por error a una familia distinta, en un caso que el tribunal calificó como una falta de servicio evidente.</p>
<p>El fallo se conoció tras la demanda interpuesta el <strong>8 de mayo de 2024</strong> por <strong>Jessica Mella y José Umanzor</strong>, quienes perdieron a su hijo en septiembre de 2022. Según los antecedentes del proceso, la madre, residente en la comuna de <strong>Freire</strong>, ingresó el <strong>30 de septiembre de 2022</strong> al Hospital de <strong>Pitrufquén</strong> con dolores de parto, siendo posteriormente derivada al <strong>Hospital Hernán Henríquez Aravena de Temuco</strong>.</p>
<p>En dicho recinto asistencial se confirmó un <strong>desprendimiento de placenta</strong> y el fallecimiento del bebé, con <strong>40 semanas de gestación</strong>. Tras enfrentar el impacto de la pérdida, la familia vivió un nuevo episodio de profundo sufrimiento al intentar retirar el cuerpo del recién nacido desde la morgue, instancia en la que se les informó que los documentos ya habían sido firmados y que, por un error administrativo, el cuerpo había sido entregado a terceros.</p>
<p>Como consecuencia de esta situación, los padres debieron realizar gestiones judiciales y administrativas para <strong>exhumar los restos de su hijo</strong>, que ya habían sido sepultados por la familia que los recibió equivocadamente.</p>
<p>En la sentencia, la magistrada <strong>María Santibáñez Chesta</strong> sostuvo que <em>“la demandada al entregar el cuerpo del nonato a terceros incumplió con la referida norma legal, lo que constituye una falta de servicio evidente (…) sin dar explicación alguna de cómo se produjo este error ni rendir prueba destinada a eximirlo de responsabilidad”</em>.</p>
<p>Desde la representación legal de los padres, el abogado <strong>Dionisio Ulloa</strong> señaló que el monto fijado por el tribunal no repara el daño causado, razón por la cual decidieron apelar la resolución. Según indicó, solicitarán una indemnización de <strong>$400 millones</strong>, considerando la magnitud del daño moral sufrido por la familia.</p>
<p>En caso de que la sentencia sea confirmada por instancias superiores, el Servicio de Salud Araucanía Sur deberá cancelar la indemnización de <strong>$22 millones</strong>, mientras el caso continúa su tramitación judicial tras la apelación anunciada por los demandantes.</p>
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		<item>
		<title>Primera condena a nivel nacional por Ley de Prensa: tribunal de Temuco sanciona a carabinero por agredir a camar&#243;grafo</title>
		<link>https://araucanianoticias.cl/2025/primera-condena-a-nivel-nacional-por-ley-de-prensa-tribunal-de-temuco-sanciona-a-carabinero-por-agredir-a-camargrafo/1217296241</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Editor]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 18 Dec 2025 00:36:50 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[Judicial]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El Juzgado de Garantía condenó a un funcionario de Carabineros por vejaciones injustas y obstaculizar la libre difusión de informaciones durante una manifestación en 2020. <a class="mh-excerpt-more" href="https://araucanianoticias.cl/2025/primera-condena-a-nivel-nacional-por-ley-de-prensa-tribunal-de-temuco-sanciona-a-carabinero-por-agredir-a-camargrafo/1217296241" title="Primera condena a nivel nacional por Ley de Prensa: tribunal de Temuco sanciona a carabinero por agredir a camar&#243;grafo">[...]</a></p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><em><strong><a href="https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2025/12/a-uno-1198909-1.jpg"><img loading="lazy" decoding="async" width="318" height="213" title="TEMUCO: Carabineros dispersa a manifestantes en la casa de Martin Pradena" align="left" style="margin: 0px 8px 0px 0px; float: left; display: inline; background-image: none;" alt="TEMUCO: Carabineros dispersa a manifestantes en la casa de Martin Pradena" src="https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2025/12/a-uno-1198909-1-thumb.jpg" border="0"></a>El Juzgado de Garantía condenó a un funcionario de Carabineros por vejaciones injustas y obstaculizar la libre difusión de informaciones durante una manifestación en 2020.</strong></em></p>
<p>El <strong>Juzgado de Garantía de Temuco</strong> dictó la <strong>primera condena a nivel nacional por la Ley de Prensa</strong>, al sancionar a un funcionario de <strong>Carabineros de Chile</strong> por los delitos de <strong>vejaciones injustas</strong> y <strong>obstaculización a la libre difusión de informaciones</strong>, tras la agresión a un <strong>camarógrafo de un medio regional</strong> mientras cumplía labores periodísticas.</p>
<p>En procedimiento abreviado, el tribunal condenó al <strong>cabo F.A.R.V.</strong>, integrante de la unidad de <strong>Control de Orden Público</strong>, a <strong>dos penas de 21 días de presidio</strong>, en calidad de autor de los hechos cometidos en contra del <strong>camarógrafo de UFROMEDIOS, Carlos Morales Cárdenas</strong>, quien se encontraba cubriendo una manifestación vinculada al <strong>caso Pradenas</strong>, el <strong>22 de julio de 2020</strong>, en la ciudad de Temuco.</p>
<p>La causa fue impulsada por una querella del <strong>Colegio de Periodistas de Chile</strong> y del <strong>Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH)</strong>, luego de que el comunicador fuera detenido de manera violenta mientras registraba un procedimiento policial de interés público.</p>
<p>El presidente del <strong>Consejo Regional Araucanía del Colegio de Periodistas de Chile</strong>, <strong>Carlos Valverde Ortega</strong>, destacó la trascendencia del fallo. “<strong>Este fallo es un hito porque logramos tener la primera condena por ley de prensa a nivel nacional. Hemos acompañado a Carlos Morales durante varios años en esta causa, por lo que nos da mucha satisfacción que se haya hecho justicia. En este caso estamos defendiendo la labor de la prensa y el trabajo que realizan los periodistas y los profesionales de las comunicaciones</strong>”, señaló.</p>
<h5>Hechos acreditados por el tribunal</h5>
<p>El fallo estableció que “<strong>en horas de la tarde del 22 de julio de 2020 la víctima, quien por entonces se desempeñaba laboralmente como camarógrafo para ‘UFRO Medios’, se encontraba en las inmediaciones de la intersección de las calles Olimpia y Las Encinas, Temuco, lugar en el que, junto a otros trabajadores de distintos medios de comunicación social, registraba un procedimiento adoptado por Carabineros de Chile en razón a una manifestación pública desarrollada en dicho lugar</strong>”.</p>
<p>La resolución agrega que “<strong>el afectado comenzó a registrar con su cámara la detención de un sujeto, instante en el que el, por entonces, cabo 2° F.A.R.V., quien participaba del procedimiento, a efectos de evitar el registro periodístico del actuar policial, acometió en forma injustificada y desproporcionada en contra del ofendido</strong>”.</p>
<p>Producto de la agresión, el camarógrafo cayó al suelo y se golpeó el rostro con su cámara. El tribunal dio por acreditado que “<strong>resultó con un hematoma en el párpado inferior derecho asociado a una herida contuso erosiva y dolor en el piso orbitario, lesión médicamente calificada de leve, la que tardó entre 10 a 12 días en sanar con igual periodo de incapacidad laboral</strong>”.</p>
<p>En la audiencia correspondiente a la <strong>causa rol 7792-2021</strong>, la magistrada <strong>Marcia Castillo Monjes</strong> decretó además la <strong>suspensión del cargo u oficio público del carabinero durante el tiempo de las condenas</strong>, eximiéndolo del <strong>pago de las costas de la causa</strong>.</p>
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		<item>
		<title>Condenan a 20 a&#241;os de c&#225;rcel a hombre que asesin&#243; a v&#237;ctima con cerca de 50 pu&#241;aladas en Victoria</title>
		<link>https://araucanianoticias.cl/2025/condenan-a-20-aos-de-crcel-a-hombre-que-asesin-a-vctima-con-cerca-de-50-pualadas-en-victoria/1021291817</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Editor]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 21 Oct 2025 20:52:18 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[asesinato]]></category>
		<category><![CDATA[condena]]></category>
		<category><![CDATA[judicial]]></category>
		<category><![CDATA[Región de La Araucanía]]></category>
		<category><![CDATA[Victoria]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Un hombre de 41 años fue condenado a 20 años de prisión por el delito de homicidio calificado, tras ser declarado responsable del crimen ocurrido <a class="mh-excerpt-more" href="https://araucanianoticias.cl/2025/condenan-a-20-aos-de-crcel-a-hombre-que-asesin-a-vctima-con-cerca-de-50-pualadas-en-victoria/1021291817" title="Condenan a 20 a&#241;os de c&#225;rcel a hombre que asesin&#243; a v&#237;ctima con cerca de 50 pu&#241;aladas en Victoria">[...]</a></p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p align="justify"><a href="https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2025/10/image-46.png"><img loading="lazy" decoding="async" width="500" height="257" title="image" align="left" style="margin: 0px 5px 0px 0px; float: left; display: inline; background-image: none;" alt="image" src="https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2025/10/image-thumb-46.png" border="0"></a>Un hombre de 41 años fue condenado a 20 años de prisión por el delito de homicidio calificado, tras ser declarado responsable del crimen ocurrido en el sector de Rucamilla, comuna de Victoria.</p>
<p align="justify">El condenado, identificado como Alfredo Bravo Ramírez, fue hallado culpable del asesinato de Rodrigo Faúndez Clavería, ocurrido el 24 de febrero de 2024. De acuerdo con los antecedentes entregados por el fiscal jefe de Victoria, Héctor Leiva, el acusado atacó a la víctima tanto de frente como por la espalda, provocándole 49 puñaladas.</p>
<p align="justify">El fiscal calificó el caso como de “suma gravedad”, debido al ensañamiento con que se cometió el delito, indicando que el agresor continuó hiriendo a la víctima cuando esta ya se encontraba en el suelo e indefensa. El arma utilizada habría sido una tijera de punta fina, de la cual se halló una de sus hojas afiladas en el domicilio del acusado.</p>
<p align="justify">Entre las pruebas presentadas se incluyó la declaración de un testigo que observó al imputado cerca del lugar del crimen, con su vestimenta desordenada y una mancha en el pantalón que se interpretó como sangre. Posteriormente, peritajes confirmaron la presencia de ADN de la víctima en esa prenda.</p>
<p align="justify">Con estos antecedentes, el tribunal determinó que se acreditó la participación de Alfredo Bravo Ramírez en los hechos investigados por el Ministerio Público.</p>
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		<title>Solo 81 personas privadas de libertad obtuvieron la libertad condicional en La Araucan&#237;a</title>
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		<pubDate>Tue, 14 Oct 2025 13:00:31 +0000</pubDate>
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		<category><![CDATA[Araucanía]]></category>
		<category><![CDATA[condena]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La Comisión de Libertad Condicional de Temuco revisó 295 solicitudes presentadas por internos e internas de las 14 cárceles de la región, pero solo 81 <a class="mh-excerpt-more" href="https://araucanianoticias.cl/2025/solo-81-personas-privadas-de-libertad-obtuvieron-la-libertad-condicional-en-la-araucana/1014291325" title="Solo 81 personas privadas de libertad obtuvieron la libertad condicional en La Araucan&#237;a">[...]</a></p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><strong><em>La Comisión de Libertad Condicional de Temuco revisó 295 solicitudes presentadas por internos e internas de las 14 cárceles de la región, pero solo 81 fueron aprobadas. El proceso se desarrolló entre el 6 y 10 de octubre con participación de jueces, Gendarmería y la Defensoría Penal Pública.</em></strong></p>
<p>Entre el <strong>6 y el 10 de octubre</strong>, la <strong>Comisión de Libertad Condicional de La Araucanía</strong> analizó un total de <strong>295 solicitudes</strong> de personas privadas de libertad que buscaban acceder al beneficio. Tras revisar los antecedentes caso a caso, el grupo de comisionados <strong>aprobó 81 solicitudes</strong>, lo que equivale al <strong>27,4% del total</strong>.</p>
<p>El proceso fue encabezado por la <strong>ministra María Georgina Gutiérrez</strong>, de la Corte de Apelaciones de Temuco, junto a los jueces <strong>Cecilia Subiabre, Federico Gutiérrez, Leticia Rivera</strong> y <strong>Eduardo Pérez</strong>. El secretario de la Corte, <strong>Germán Varas</strong>, actuó como ministro de fe.</p>
<p>La magistrada <strong>Leticia Rivera</strong> explicó que “<strong>se tuvo a la vista cada uno de los informes de Gendarmería de Chile y las solicitudes de la defensa (&#8230;). Como conclusión, se concedió el beneficio a 81 personas, lo que equivale al 27,4% de las postulaciones</strong>”.</p>
<p>En total, <strong>214 postulaciones fueron rechazadas</strong>, lo que representa un <strong>72,5%</strong>. En la revisión participaron también los <strong>defensores penales penitenciarios</strong> de la Defensoría Penal Pública y una <strong>dupla psicosocial de Gendarmería de Chile</strong>.</p>
<p>Los beneficiados quedarán bajo control de Gendarmería y, si cometen un nuevo delito mientras cumplen el resto de su condena, <strong>perderán el beneficio</strong>.</p>
<p>De acuerdo con la ley, para optar a la libertad condicional las personas deben <strong>haber cumplido la mitad de su condena</strong> —o dos tercios si se trata de delitos graves—, <strong>mantener buena conducta</strong> y <strong>contar con un informe psicosocial favorable</strong> que evalúe su riesgo de reincidencia.</p>
<p>La próxima sesión de la Comisión de Libertad Condicional en Temuco se realizará en <strong>abril de 2026</strong>, donde se evaluarán nuevos casos.</p>
<p><a href="https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2025/10/image-23.png"><img loading="lazy" decoding="async" width="814" height="460" title="image" style="display: inline; background-image: none;" alt="image" src="https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2025/10/image-thumb-23.png" border="0"></a></p>
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