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	<title>Corte de Apelaciones de Temuco - Araucanía Noticias Temuco</title>
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		<title>Tras fallo en Temuco: &#191;Se puede despedir a un trabajador por espiar un WhatsApp?</title>
		<link>https://araucanianoticias.cl/2025/tras-fallo-en-temuco-se-puede-despedir-a-un-trabajador-por-espiar-un-whatsapp/1118293956</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Editor]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 18 Nov 2025 14:46:36 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Crónica Roja]]></category>
		<category><![CDATA[Corte de Apelaciones de Temuco]]></category>
		<category><![CDATA[despedir trabajador por whatsapp]]></category>
		<category><![CDATA[despido por watsapp en villarrica]]></category>
		<category><![CDATA[se puede despedir a alguien por whatsapp]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Un reciente fallo judicial en la Corte de Apelaciones de Temuco reaviva el debate laboral sobre la privacidad digital y su impacto en el despido. <a class="mh-excerpt-more" href="https://araucanianoticias.cl/2025/tras-fallo-en-temuco-se-puede-despedir-a-un-trabajador-por-espiar-un-whatsapp/1118293956" title="Tras fallo en Temuco: &#191;Se puede despedir a un trabajador por espiar un WhatsApp?">[...]</a></p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><i><strong>Un reciente fallo judicial en la Corte de Apelaciones de Temuco reaviva el debate laboral sobre la privacidad digital y su impacto en el despido. En el caso, una empleada que accedió al WhatsApp de su jefa &shy;–grabó y difundió la conversación– fue despedida, pero terminó siendo indemnizada porque se consideró que su conducta no justificaba un despido sin compensación.</strong></i></p>
<p><a href="https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2025/11/wsp-trabajo.jpg"><img fetchpriority="high" decoding="async" width="321" height="215" title="Dise&ntilde;o sin t&iacute;tulo - 1" align="left" style="margin: 0px 8px 0px 0px; float: left; display: inline; background-image: none;" alt="Dise&ntilde;o sin t&iacute;tulo - 1" src="https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2025/11/wsp-trabajo-thumb.jpg" border="0"><br /></a></p>
<p>Fue en agosto del 2023 cuando una trabajadora de una sucursal de una empresa en Villarrica fue notificada de su despido, tras revisar, grabar y difundir una conversación privada de su superiora, la que quedó abierta en la plataforma Whatsapp Web de un computador de la compañía.</p>
<p>Invocando la causal de “incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato de trabajo”, al estimar que hubo una vulneración del derecho a la privacidad de la jefa y de las normas internas de la empresa, es que decidió desvincularla, instancia que fue ratificada por el Juzgado de Letras de Villarrica, aceptando el despido sin indemnización.</p>
<p>El problema vino cuando la discusión llegó a la Corte de Apelaciones de Temuco, la que revirtió el fallo de primera instancia, detallando que si bien la conducta de la trabajadora constituyó un incumplimiento contractual, no alcanzó la gravedad necesaria para justificar un despido sin indemnización según lo previsto en el artículo 160° N° 7 del Código del Trabajo.</p>
<p>Así, la empresa fue condenada a pagar indemnización sustitutiva del aviso previo, indemnización por años de servicio y recargo, sumando un monto cercano a los 12,5 millones de pesos chilenos. Ahora, se espera si se apelará a la Corte Suprema, quien tendrá la última palabra.</p>
<p><b>¿Qué dice la Ley?</b></p>
<p>Luis Patricio Ríos, director de la carrera de Derecho de la Universidad del Alba, explica que “aquí hay que hacer un alcance respecto del caso en particular, porque si bien las conversaciones son privadas y están protegidas por el derecho a la intimidad, la jefa dejó la conversación en un computador que era de uso común, no era de uso exclusivo de ella. Además, según los antecedentes conocidos, ella misma les pedía a sus trabajadores que le revisaran el WhatsApp en esa computadora y que pudiesen responder algunos mensajes”.</p>
<p>Aquello es una ponderación importante para los análisis de este tipo de casos. Si bien acceder a comunicaciones privadas de un superior sin autorización puede ser causal de despido; sin embargo, el hecho de que sea causal no garantiza automáticamente que el despido sea legítimo y sin derecho a indemnización.</p>
<p> “La ley es clara respecto de ciertas bases, y dentro de esas bases, la ley laboral establece el principio pro-operario, que es que todas las normas y circunstancias laborales deben ser interpretadas siempre en el sentido más beneficioso para el trabajador. Pero ¿se arriesga una pena en el caso de meterse en un whatsapp ajeno? Efectivamente, se podría recurrir a normas que tengan que ver con la protección de la intimidad, de la vida privada, de la honra a las personas”, agrega el docente de la Universidad del Alba.</p>
<p><b>Protección para las empresas</b></p>
<p>Desde hace unos años, WhatsApp dejó de ser únicamente una plataforma de comunicación personal para posicionarse como una herramienta estratégica dentro del mundo empresarial. Su masiva adopción, su facilidad de uso y sus funcionalidades orientadas a la comunicación, colaboración y eficiencia han impulsado su incorporación en diversas empresas independiente de su tamaño y sector.</p>
<p>De ahí la necesidad de resguardarse desde políticas corporativas para garantizar la privacidad y buen funcionamiento interno. Para aquello, expertos confirman la necesidad de hacerse cargo del tema.</p>
<p>Por ejemplo, “normar el uso de la aplicación WhatsApp (prohibir o permitir el uso de WhatsApp Web) y capacitar a sus equipos en ciberseguridad básica y uso responsable de las plataformas y soluciones”, es un buen inicio explica Pedro Gallardo, director de Ciberseguridad en Minsait Chile.</p>
<p>Asimismo, aconsejan evitar el envío de datos sensibles, “activar la verificación en dos pasos y sensibilizar o promover el uso de contraseñas robustas, bloquear la pantalla del computador si se aparta del puesto de trabajo y no dejar dispositivos desatendidos. También sugieren considerar soluciones como WhatsApp Business API, que ofrece mayor control y trazabilidad”, puntualiza el experto de Minsait.</p>
<p>“En un entorno donde la inmediatez es clave, las organizaciones se enfrentan al desafío de equilibrar agilidad y seguridad”, sentencia Gallardo.</p>
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		<title>Alcalde de Cunco formalizado por abuso sexual reiterado queda en prisi&#243;n preventiva</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Editor]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 23 Apr 2024 17:41:36 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Regional]]></category>
		<category><![CDATA[Alcalde]]></category>
		<category><![CDATA[Corte de Apelaciones de Temuco]]></category>
		<category><![CDATA[Cunco]]></category>
		<category><![CDATA[formalización]]></category>
		<category><![CDATA[prisión preventiva]]></category>
		<category><![CDATA[Región de La Araucanía]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La Corte de Apelaciones de Temuco decidió este martes mantener en prisión preventiva al alcalde de Cunco, Alfonso Coke Candia, quien enfrenta acusaciones por abusos <a class="mh-excerpt-more" href="https://araucanianoticias.cl/2024/alcalde-de-cunco-formalizado-por-abuso-sexual-reiterado-queda-en-prisin-preventiva/0423257458" title="Alcalde de Cunco formalizado por abuso sexual reiterado queda en prisi&#243;n preventiva">[...]</a></p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p align="justify"><a href="https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2024/04/glycenmwyaawr4x.jpg"><img decoding="async" width="549" height="311" title="GLYcEnmWYAAWr4X" align="left" style="margin: 0px 5px 0px 0px; float: left; display: inline; background-image: none;" alt="GLYcEnmWYAAWr4X" src="https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2024/04/glycenmwyaawr4x-thumb.jpg" border="0"></a>La Corte de Apelaciones de Temuco decidió este martes mantener en prisión preventiva al alcalde de Cunco, Alfonso Coke Candia, quien enfrenta acusaciones por abusos sexuales reiterados a funcionarias municipales.</p>
<p align="justify">
La resolución revoca la medida adoptada en primera instancia por el juez de Garantía de Temuco, Luis Olivares, quien había decretado arresto domiciliario total para el alcalde.</p>
<p align="justify">
La Fiscalía había apelado la medida inicial, buscando la prisión preventiva, argumentos que fueron acogidos por los ministros de la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones.</p>
<p align="justify">
El tribunal deberá comunicar a los organismos pertinentes para determinar en qué penal de la región cumplirá la prisión preventiva.</p>
<p align="justify">
La fiscal Vania Arancibia expresó conformidad con la resolución, destacando que se acogieron los argumentos presentados en primera instancia.</p>
<p align="justify">
La medida se sustenta en que la libertad del imputado representa un peligro para la seguridad de la sociedad, considerando la gravedad de los hechos y el número de víctimas involucradas.</p>
<p align="justify">
Se precisa que son cuatro las víctimas de los hechos imputados al alcalde de Cunco. La fiscal subrayó que si el acusado no se presenta voluntariamente, se decretará una orden de detención en su contra.</p>
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