El diputado por Malleco, Jorge Rathgeb, con el apoyo de parlamentarios de diferentes bancadas políticas, envió al Ejecutivo una moción parlamentaria que busca el envío a la Cámara Baja de un proyecto de ley que instruya que los cuerpos de Bomberos de todo el país queden exentos del pago del impuesto específico al combustible.
La propuesta implica que para esta institución voluntaria, el valor del litro de combustible para el funcionamiento de sus carros sea un costo muy inferior al actual, provocando la necesaria economía de la institución y fomentar su desarrollo y actualización en otras áreas de la atención de urgencias.
“Sabemos que es la institución voluntaria más importante del país, aquella que va en ayuda directa de las personas en caso de catástrofe, por lo tanto, hemos estimado muy importante enviar un proyecto de acuerdo a la Presidencia de la República para efecto de que queden exentos del pago del impuesto específico cada vez que compren combustible. Este proyecto de acuerdo, del cual soy autor, fue aprobado por mayoría en la Cámara y espero que pronto se concrete en ley”, dijo el diputado RN por Malleco.
En la actualidad, afirma el parlamentario, las empresas mineras, aéreas y marítimas son las únicas exentas de este tributo, manifestando que sostendrá reuniones con cuerpos de bomberos de su región para promover esta propuesta y buscar los apoyos en la institución de la cual también forma parte como voluntario en su comuna de Traiguén.
En la argumentación, la propuesta estipula que el objetivo de esta propuesta es “dar respuesta a la intención de diseñar un sistema de exención de impuesto específico a los combustibles sólo para los Cuerpos de Bomberos como consumidor final, y no a la cadena completa de producción y comercialización. Por tal razón, la desgravación debiera operar sólo respecto de los vendedores al detalle. De esta manera, el minorista no recargaría el impuesto en la venta a sus clientes cuando estos sean Cuerpos de Bomberos. Para que la empresa no pierda el impuesto específico, debería poder compensarlo con el impuesto a la renta de primera categoría (impuesto a las utilidades), aplicándolo como gasto necesario para producir la renta”.
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