Se encuentran exentos de pago todos los contribuyentes cuya única propiedad tenga un avalúo igual o inferior a 225 UTM.
Más de 5 mil contribuyentes de Pucón se encuentran en situación de morosos, por el no pago de los derechos de aseo en la comuna. Situación que debe ser cancelada en la oficina de Aseo y Ornato del municipio local, de lunes a viernes, de 8 a 14 horas.
Los derechos de aseo que cobran los municipios del país, son por la extracción o retiro de basura de residuos sólidos que realiza el camión recolector. Este pago está contemplado en los artículos 7, 8 y 9 de la ley 3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales, para los predios con un avalúo superior a las 225 UTM (Ley 20.033/2005); donde este valor no está relacionado al tamaño del predio o si está desocupado o deshabitado.
Sin embargo, varios se preguntan: ¿qué son los derechos de aseo? Estos se entienden –por derecho de aseo– a las extracciones usuales y ordinarias provenientes de los servicios domésticos y de los barridos de las unidades habitacionales; como también fábricas, oficinas, kioskos, locales, sitios eriazos o negocios.
Aquellos que se encuentran “exentos de pago”, de la tarifa del servicio domiciliario de aseo, son todos los contribuyentes cuya única propiedad tenga un avalúo igual o inferior a 225 UTM.
Rebaja tarifaria
De igual forma, podrán postular para quedar exentos o acceder a una rebaja de la tarifa, aquellos usuarios que se encuentren en las siguientes condiciones:
1. Personas residentes, propietarios, arrendatarios o usufructuarios de un bien raíz (sólo de uso habitacional que acredite dicha condición). Debiendo presentar el Registro Social de Hogares (antes conocida como Ficha de Protección Social).
2. Jubilados, pensionados o montepiados, que acrediten un ingreso familiar per cápita mensual igual o inferior a 3 UTM, debiendo presentar colillas de pago de sus respectivas pensiones o jubilaciones.
3. Las jefas de hogar, con Registro Social de Hogares (ex Ficha de Protección Social) vigente en la comuna, que acrediten un ingreso familiar per cápita mensual o inferior a 3 UTM, debiendo para ello presentar liquidaciones de sueldos, fotocopia de libretas de pago de pensiones alimenticias pro tribunal, colillas de pago de pensiones o declaraciones notariales de ingresos.
4. Los usuarios o sus familiares cohabitantes que padezcan una enfermedad catastrófica o invalidante, que afecte el ingreso familiar por concepto de gastos médicos en un monto igual o superior al 30% total familiar.
5. Los jefes de hogar con discapacidad de carácter invalidante permanente, que le impide generar ingresos. Dicha condición debe ser acreditada por la Comisión Médica, con credencial de discapacidad o colilla de pago de pensión de invalidez.
6. Las familias donde algunos de sus miembros se encuentren cursando enseñanza superior (Universidad, Institutos o Centros de Formación Técnica), y cuyo desembolso por matrícula y mensualidad afecten un monto igual o superior al 30% del ingreso familiar.
7. Las familias cuyo ingreso mensual per cápita sea igual o inferior a 3 UTM, cuya situación socioeconómica comprometa severamente el presupuesto familiar, y cuyas atenuantes no hayan sido consideradas en los puntos anteriores.
La directora de Aseo y Ornato de la Municipalidad de Pucón señaló que “es importante que los usuarios se acerquen a regularizar estas deudas, donde muchas vienen desde el año 2002 a la fecha. También, a quienes deseen obtener alguna rebaja o eximirse del pago, deben hacer las consultas en nuestra oficina para analizar los casos, ya que muchos vecinos no saben de estos beneficios que tienen el municipio para ellos”.
Asimismo, destacó que es relevante contar con estos recursos que adeudan. “Debido a que podemos mejorar considerablemente el trabajo de recolección de basura en la comuna, tanto en los sectores rurales y urbanos”.
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