Consejo Nacional de CONADI sesionó por primera vez por videoconferencia debido a la contingencia del Coronavirus

3243a3d3-326a-4c96-9586-b3aa9e5c3fe8Es la primera vez en la historia que se recurre a esta tecnología para reunir al órgano superior de la institución presidida por el Director Nacional de CONADI, Ignacio Malig Meza, lo cual fue autorizado por la Contraloría.

Cumpliendo con el llamado a nivel mundial de no realizar reuniones por el peligro de contagio del Corona Virus, los consejeros nacionales de CONADI, representantes indígenas y de Gobierno, sesionaron a distancia mediante el sistema de videoconferencia.

“Hemos realizado constantes llamados a los pueblos indígenas por todos los medios para que permanezcan en sus casas, no organicen reuniones ni ceremonias, y nosotros estamos dando el ejemplo al sesionar por medio del sistema de videoconferencia. Frente a la contingencia actual debemos considerar todas las recomendaciones que se han hecho desde el Gobierno para prevenir el contagio que puede tener consecuencias muy graves e incluso fatales”, señaló Ignacio Malig Meza, Director Nacional de CONADI, agregando que “solicitamos la autorización a contraloría, ya que por primera vez nos vemos enfrentados a una contingencia de este tipo”.

Recordemos que para el pasado domingo 29 de marzo se encontraba programada la elección de nuevos consejeros indígenas de CONADI (ocho cupos), sin embargo, fue suspendida frente a la contingencia del Corona Virus.

“La suspensión de la elección de consejeros de CONADI para el periodo 2020-2024 fue una decisión responsable, meditada, que se tomó considerando un electorado de alrededor de 250 mil personas, donde además estarían involucrados cerca de 1.200 funcionarios públicos que requieren una cantidad importante de logística y traslados entre los locales de votación distribuidos en más de 500 recintos”, agregó el Director Nacional de CONADI, Ignacio Malig Meza.

Cabe destacar que el Consejo Nacional de la CONADI es el órgano directivo superior de la CONADI, que cuenta con la participación de ocho representantes de los pueblos originarios, de acuerdo a lo establecido en la Ley 19.253, teniendo un carácter consultivo, deliberativo y con decisiones en la política y la gestión institucional.

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