Categorías: Política y Economía

Diputada Naveillán destacó valentía de primer carabinero que demanda al Estado por violación de DD.HH

La diputada por el distrito 22, destacó la demanda interpuesta por el carabinero atacado en 2014 en Cañete, donde sufrió una lesión ocular en medio de un atentado anunciado, y llamó a otros carabineros a evaluar la misma acción para hacer valer sus derechos.

“Quiero felicitar de todo corazón al carabinero Gino Placencia y a su abogado, que han decidido emprender una demanda contra el Estado de Chile por violación de derechos humanos. Por fin un carabinero se atreve a hacer lo que siempre se pudo hacer y que el Instituto de Derechos Humanos siempre negó”, señaló la diputada Gloria Naveillán, tras la demanda donde el funcionario exige el pago de 200 millones de pesos como indemnización por daño moral.

“Los carabineros tienen derechos humanos igual que cualquier otro y el Estado se obliga a proveerlos de todos los implementos necesarios para cumplir su función. Este carabinero perdió un ojo producto de un atentado en Cañete, un atentado que se preveía que sucedería y lo mandaron igual sin los implementos de seguridad necesarios a cumplir su labor. Yo invito a carabineros, los invito de corazón a estudiar la posibilidad de que al fin sus derechos humanos tengan validez, no pueden seguir siendo enviados sin la debida protección a enfrentamientos donde claramente corren riesgo de resultar heridos o muertos”, dijo la parlamentaria.

“Desde la Biblioteca del Congreso se emitió un informe en el cual se establece que los carabineros también tienen derechos humanos y que cuando el Estado falla en darle los elementos de protección para cumplir con su labor, efectivamente es el Estado el que viola los derechos humanos de los carabineros, y por lo tanto, están en su justo derecho  a demandar al estado si es que sienten que sus derechos humanos han sido violados, porque esto es un delito de lesa humanidad e imprescriptible, y por lo tanto da lo mismo si el hecho pasó ahora o hace 5 o 10 años”, sentenció Naveillán.

Editor

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