El Parlamentario Mallequino hizo la solicitud durante su intervención en la discusión del proyecto de ley que busca ofrecer este tipo de atención a las personas con discapacidades.
El diputado por el Distrito 22, Juan Carlos Beltrán Silva votó a favor del proyecto de ley que modifica la Ley 20.422 para autorizar en los servicio públicos la atención prioritaria de los inscritos en el Registro Nacional de Discapacidad que fue aprobado durante la jornada de este martes 8 de octubre con 138 votos a favor en la Cámara de Diputados. El proyecto fue derivado a segundo trámite.
Durante su intervención ante el pleno de la Cámara Baja por este tema, el Parlamentario Mallequino manifestó que “son decenas de casos los que he podido conocer, en donde personas en situación de discapacidad, sienten que su condición les genera una gran desventaja para ser considerados en escuelas, centros de salud, oficinas públicas y otros servicios”.
“Es que —aseguró— si bien hemos avanzado como sociedad en esta materia, aún nos falta mucho para que todos se sientan parte de nuestro país. Por eso, apoyo con fuerza este proyecto de ley, que autorizará en los servicios públicos la atención prioritaria de los inscritos en el Registro Nacional de Discapacidad”.
En ese sentido, el diputado Beltrán consideró que esta atención prioritaria es necesaria, puesto que “si para una persona sin dificultades físicas o mentales, es complejo muchas veces realizar trámites o dirigirse a alguna oficina del Estado, imagínese para quienes, por ejemplo, deben hacerlo en silla de ruedas, con algún burrito o simplemente con la ayuda de un tercero ya que solos, están imposibilitados de salir fuera de sus hogares”.
Asimismo hizo especial énfasis en la atención de los adultos mayores en las entidades bancarias. “Es necesario que realmente tengan una atención preferencial en las distintas instituciones financieras, pues no pueden estar esperando por largos períodos”.
De igual modo subrayó que “siempre votaré a favor de las iniciativas que vayan en ayuda de quienes más lo necesitan, como es en este caso, en apoyo de mis vecinos que sufren alguna discapacidad”.
En importante señalar que el beneficio establecido en este proyecto de ley se dirige a las personas que cuentan con credencial o certificado de discapacidad vigente emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación y se amplía también para sus cuidadores que cuenten con el certificado respectivo. Específicamente se les entrega el derecho a ser atendidas, preferente y oportunamente, en todas las instituciones públicas y privadas que brinden atención al público.
En el caso de atenciones en salud, regirá lo dispuesto en la Ley 20.584, normativa que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud. Específicamente, se apunta a la norma que reglamenta el derecho a la atención preferente que incluye a los mayores de 60 años, las personas con discapacidad y sus cuidadores.
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