El senador destacó que se trata de “una importante señal de la política a la ciudadanía, que viene a subsanar la problemática que de las personas, cuando cambian de prestador de salud, deben repetir exámenes y procedimientos, un costo y un esfuerzo que hoy es sólo asumido por los pacientes”.
El senador Francisco Huenchumilla informó a la región que fue aprobado el proyecto de ley que busca establecer la interoperabilidad de las fichas clínicas, iniciativa que permitirá que la información fundamental de los pacientes de salud deje de estar disgregada en el sistema de distintos prestadores de salud, y esté unificada en un sistema consultable y reutilizable en línea.
El parlamentario destacó la medida, que pronto pasará a ser ley, porque “hasta el momento un paciente que, por cualquier motivo, necesita cambiar de prestador de salud, no puede acceder a sus fichas clínicas en el nuevo centro asistencial y debe incurrir en costos nuevos de exámenes y procedimientos, lo cual es un costo y trámite que dicho paciente asume completamente”.
Realidad actual
En este sentido, el parlamentario explicó que “en la actualidad, y para poder unificar de alguna manera la información de salud de los pacientes, las entidades públicas de salud, llámense servicios de salud o recintos asistenciales, utilizan varios tipos de formularios para recogerla. Ello aumenta la carga de los trabajadores del sector de la salud, y ese es un problema no menor” dijo el legislador.
“Además, el no contar con esta gran cantidad de antecedentes de salud de la población, información que bien podría estar estandarizada y tabulada, impide que se puedan diseñar políticas públicas con información más real y actualizada”, agregó el senador por La Araucanía.
Contenido de la iniciativa
En esta línea, el proyecto introduce una regulación específica en que la información de salud de los pacientes deberá ser dispuesta, y que regirá para todos los prestadores, independientemente que estos sean del sector público o privado.
“El proyecto enuncia específicamente que cuando un profesional de la salud, tratante de un paciente, requiera de esta información, el o los prestadores que la tengan deberán disponerla, y establece a quiénes puede ser entregada esta información, como copia de toda o parte de ella, a la Superintendencia de Salud, quien centralizará el proceso y la entregará al prestador y profesionales que sea necesario”.
El detalle sobre el sistema a utilizar –por ejemplo, la creación de algún sistema informático– no quedó, sin embargo, como materia de ley. “El Ministerio de Salud quedó mandatado para modificar el reglamento de la Ley de Derechos y Deberes del Paciente, donde deberá establecerse la forma en que los prestadores almacenarán las fichas, con los debidos resguardos de protección y seguridad de la información, con un plazo de 18 meses desde la entrada en vigencia de la ley”, concluyó.
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