La Seremi del Trabajo y Previsión Social Claudia Tapia de la Peña, junto al Director Regional de IPS ChileAtiende, Joaquín Núñez, visitaron a dos matrimonios de la comuna de Villarrica para entregarles la noticia de que fueron favorecidos por el Bono Bodas de Oro, un beneficio económico que se otorga a parejas que demuestren 50 años de matrimonio, y cumplan con los requisitos establecidos por la ley.
Según lo informado por la Seremi “el objetivo de estas visitas, es acercar los beneficios del Estado a las personas más vulnerables y principalmente a las personas mayores, un segmento prioritario para el gobierno del Presidente Gabriel Boric y de nuestra Ministra Jeanette Jara, por lo que acciones coordinadas, como las que realiza el IPS ChileAtiende para llegar a lugar más apartados de la región de forma oportuna, permiten que hoy un matrimonio de la comuna de Villarrica que cumple con los requisitos pueda cobrar este beneficio, y que otro pueda hacer su solicitud dentro de los plazos que establece la ley, gracias a la visita de una funcionaria que permite a los beneficiarios realizar el trámite en su propio domicilio”.
Postulación y requisitos
Por su parte, Núñez explicó que “el valor actual del bono es de $353.996 y se entrega una sola vez en partes iguales, es decir, 176 mil 998 pesos para cada cónyuge vivo. Este beneficio debe ser solicitado en conjunto por los dos cónyuges. Una vez que el matrimonio cumple su 50º aniversario, tiene plazo de un año para realizar el trámite. Sin embargo, debido a la contingencia ocasionada por el Coronavirus, quienes cumplan los 50 años de casados entre el 8 de febrero de 2019 y el 31 de marzo de 2022, podrán presentar sus solicitudes hasta el 31 de marzo de 2023”.
En cuanto a los requisitos para acceder al beneficio, se debe considerar que los cónyuges no se encuentren separados o divorciados (término del matrimonio por cualquier causa legal). Además deben estar inscritos en el Registro Social de Hogares (RSH), y, de acuerdo a su calificación, pertenezcan al 80% más vulnerable de la población y convivir en el mismo hogar o acrediten residencia en hogares de larga estadía (uno o ambos), reconocido por la autoridad correspondiente.
Asimismo, los postulantes deben acreditar residencia en el territorio nacional por un período de cuatro años, dentro de los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
La Seremi puntualizó además que las personas viudas también tienen derecho al bono, si habiendo cumplido 50 años de matrimonio, uno de los cónyuges fallece después de esa fecha. En estos casos, el sobreviviente puede optar a su parte del bono, siempre que el fallecimiento de alguno de los cónyuges se produzca dentro del año de plazo que indica la ley para solicitar el beneficio. De la misma forma, en estos casos, podrán ser beneficiados quienes habiendo presentado la solicitud y verificado el cumplimiento de los requisitos, cualquiera de los cónyuges fallece durante la tramitación del beneficio. Una vez que se conceda el monto correspondiente a la persona fallecida, formará parte de su herencia.
Finalmente, las autoridades informaron que en las siguientes semanas se seguirá entregando este bono en diversas comunas de la Región, además de hacer un seguimiento de probables beneficiarios que por desconocimiento aún no han realizado su postulación.
Para acceder a más información sobre este beneficio, los interesados pueden recurrir de manera presencial a las oficinas de ChileAtiende más cercana, visitar página web www.chileatiende.cl o la página del IPS en www.ips.gob.cl, y hacer clic en “iniciar video atención”, y será atendido por un ejecutivo/a de atención a través de videollamada.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Para solicitud presencial:
• Cédula de identidad.
• Poder notarial, si el trámite se realiza a través de un apoderado o apoderada.
Para solicitud remota:
• Copia de la cédula de identidad por ambos lados (fotografía digital).
• Si desea su pago en una cuenta bancaria, deberá agregar los datos de las cuentas personales de ambos cónyuges (banco, tipo de cuenta, número de la cuenta) y formalizarlo a través del correo electrónico que le indique el funcionario o funcionaria.
¿Cuál es el costo del trámite?
• No tiene costo.
¿Qué vigencia tiene?
• Si el bono no es cobrado dentro de un plazo de seis meses luego de haber sido emitido, se entenderá como una renuncia al beneficio.
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