
Yerko Abel Mendoza Carrasco, de 27 años, fue formalizado este lunes por el femicidio de su expareja, estrangulada en su propio hogar. Había una denuncia por violación. Había medidas de protección. Y no bastaron.
El Juzgado de Garantía de Temuco decretó este lunes la prisión preventiva de Yerko Abel Mendoza Carrasco, de 27 años, formalizado como autor de los delitos de femicidio, violación de morada, desacato y amenazas a Carabineros. La víctima: Patricia Ojeda, de 32 años, funcionaria de la Municipalidad de Temuco y madre de dos hijas —de 14 y 4 años— que la mañana del viernes 26 de junio fue estrangulada en su domicilio de Labranza por el hombre que ya la había violado 41 días antes.
Porque eso es lo que hay que nombrar sin rodeos: Patricia Ojeda ya había denunciado a Mendoza Carrasco por agresión sexual el 18 de mayo. El Ministerio Público solicitó entonces una orden de detención verbal. El tribunal —presidido en esa ocasión por la jueza Marcia Castillo— no la concedió. El hecho, ocurrido dos días antes de la denuncia, estaba fuera del plazo de flagrancia. En su lugar, se decretaron medidas de protección: prohibición de acercamiento, prohibición de comunicación.
Mendoza Carrasco las incumplió. Ingresó por la fuerza al domicilio. Y mató a Patricia.
Lo que encontró Carabineros
La activación de una alarma comunitaria en Labranza alertó a personal de Carabineros, que al llegar encontró a Patricia Ojeda ya sin vida. El preinforme de autopsia confirmó estrangulación como causa de muerte. Dentro del domicilio estaba Mendoza Carrasco, quien al ser detenido amenazó a los funcionarios policiales portando dos cuchillos cartoneros.
En la audiencia de formalización, el fiscal Jorge Mandiola expuso el conjunto de los antecedentes ante el juez Luis Alberto Olivares, quien decretó la medida cautelar. «Con los antecedentes conocidos no podemos sino deducir que el imputado es el autor del delito de femicidio de la víctima», señaló el magistrado, destacando que en el domicilio no había ninguna otra persona y que la propia defensa del imputado no negó los hechos y reconoció su presencia en el lugar y una discusión previa al crimen.
Peligro para la sociedad
El juez Olivares fundamentó la prisión preventiva en la peligrosidad que representa la libertad del imputado para la seguridad de la sociedad, considerando la gravedad de la pena asignada al femicidio —que va desde el presidio mayor en su grado máximo hasta el presidio perpetuo calificado— y la naturaleza del delito cometido al interior de un domicilio.
Gendarmería de Chile deberá determinar la unidad penal en que cumplirá la medida, con instrucción expresa del tribunal de resguardar la integridad física del imputado. El plazo de investigación fue fijado en cuatro meses.
Una comunidad que exige respuestas
La muerte de Patricia Ojeda no fue recibida en silencio. Un importante número de personas se congregó frente a tribunales para manifestar su rechazo. La indignación tiene una dimensión adicional que es imposible ignorar: ella había pedido ayuda y había sido violentada sexualmente. Había activado los mecanismos que el Estado dispone para proteger a las víctimas de violencia. Y esos mecanismos no alcanzaron.
El debate sobre los márgenes del sistema de medidas cautelares, sobre los plazos de flagrancia y sobre la capacidad real del Estado para proteger a quienes denuncian a sus agresores, está abierto. Patricia Ojeda lo pagó con su vida.