La acción de protección, presentada ante la Corte de Apelaciones junto con vecinas y vecinos afectados, se debe a una crisis que se inició luego de que se resolviera el retiro de los camiones aljibe que ayudaban a paliar las dificultades de suministro de agua potable.

La Corte de Apelaciones de Temuco declaró admisible el recurso de protección que la sede de La Araucanía del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) interpuso por la situación en que se encuentran vecinas y vecinos de la localidad rural de Mañío, quienes han tenido dificultades de acceso a agua potable por el retiro de los camiones aljibe que dispuso el Ministerio del Interior. El tribunal también ordenó a la Delegación Presidencial de La Araucanía restablecer el servicio de abastecimiento de los camiones.
En la presentación de este recurso, el jefe de la sede del INDH, Federico Aguirre, señaló que “la situación de estrés hídrico, como consecuencia de la crisis climática en la región, ha afectado especialmente a sectores rurales, y a sus comunidades, incluidos niños y niñas, personas mayores, personas con discapacidad, grupos especialmente vulnerables, respecto de los cuales existen deberes reforzados de debida diligencia, a los fines de efectivamente garantizar, respetar y proteger la dignidad de las personas”.
El recurso indica que el sector Mañío —ubicado en el camino a Cholchol— se abastece con un sistema de agua potable rural que es insuficiente para cubrir los actuales requerimientos. En 2018 un informe de la la Asociación Nacional de Empresas de Servicios Sanitarios indicó que se requería durante todo el año el apoyo de camiones aljibe. La situación ha empeorado con el tiempo y no se ha logrado garantizar el acceso al agua por parte de 2 mil 300 personas aproximadamente.
La acción está dirigida contra la Delegación Presidencial, la Municipalidad de Temuco y la Superintendencia de Servicios Sanitarios y tiene como objetivo que se adopten las medidas necesarias a fin de garantizar el acceso al agua a los habitantes del sector de Mañío.
Durante el verano el problema se agudizó. Según detectó el INDH a través de un oficio, la crisis se debe “al retiro de los camiones aljibe que abastecían a parte de la población del comité, por una decisión del Ministerio del Interior, que determinó que la cantidad de agua producida actualmente por el Comité era suficiente para abastecer a la población de sector”. Observaciones del INDH registraron que hay un sistema de racionamiento, es decir, la gente accede a agua día por medio. Así también consignaron que en marzo un establecimiento educacional suspendió sus clases debido a esta situación.
Ahora, luego de que la Corte ordenó a las autoridades reestablecer el flujo de agua a través de camiones aljibe, la abogada del INDH Pamela Nahuelcheo señaló que “esto quiere decir que mientras se tramita el recurso, las familias deberán volver a contar con este apoyo que había sido suspendido por la Delegación a fines del año pasado. Como INDH valoramos esta decisión de la Corte, por cuanto reconoce que estamos frente a una situación de urgencia y Esperamos que esta resolución sea cumplida de manera inmediata”.
En el recurso, el INDH recuerda que el estándar internacional de derechos humanos establece el deber de los Estados de garantizar el derecho a disponer de agua suficiente, salubre, aceptable, accesible y asequible para uso personal y doméstico. Siguiendo estos criterios, la Corte Suprema ha señalado que “toda persona tiene el derecho humano de acceso al agua potable, en condiciones de igualdad y no discriminación; derecho que posee, como correlato, el deber del Estado de garantizar el acceso en las mencionadas condiciones”. Esto implica que se acceda a una proporción no inferior a 100 litros diarios por persona.
Es importante recordar que 4,6% de la población de la región se abastece de agua por camiones aljibe, y en Biobío, Los Ríos y Los Lagos este porcentaje corresponde sólo al 1,3% de acuerdo al Censo 2024. La provisión de agua potable por camiones es una medida paliativa ante la escasez hídrica, que impacta a los sectores rurales. Pero pese a su carácter transitorio y de mitigación, se ha ido transformando en una medida permanente, sin la cual amplios sectores de la población no pueden subsistir.