El Congreso Nacional acaba de despachar el proyecto de ley que modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones y leyes complementarias, para establecer un sistema de aportes al espacio público aplicable a los proyectos de construcción, iniciativa que fuera ampliamente apoyada por parlamentarios del país.
El proyecto –que deberá cumplir con su último trámite en el Tribunal Constitucional previo a su promulgación- establece que los proyectos inmobiliarios (públicos y privados) mitiguen los impactos urbanos que generan en su entorno directo, y que los proyectos inmobiliarios por densificación (en altura) cumplan con la obligación de ceder terrenos para vialidad, equipamiento y áreas verdes a través de un mecanismo alternativo.
Al respecto, la Ministra de Vivienda y Urbanismo, Paulina Saball explicó que la iniciativa ha sido formulada en base a cuatro criterios: universalidad, que incluye a todos los proyectos inmobiliarios públicos y privados; proporcionalidad, para que las mitigaciones sean equivalentes a las externalidades generadas por el proyecto; predictibilidad, calculando las mitigaciones según métodos objetivos y en base a procedimientos y plazos predefinidos y estandarizados; y gradualidad, para que el sistema, tanto de mitigaciones directas como de aportes, sólo comience a operar 18 meses después que se publique el reglamento de la ley.
¿Cómo funciona el sistema?
Este proyecto persigue equidad urbana, ya que permite beneficios tanto para la ciudad como a los proyectos en sí mismos, al permitir su instalación en condiciones más armónicas con el lugar en que se insertan. Por otro lado, busca que los nuevos desarrollos inmobiliarios resuelvan de manera adecuada sus impactos, permitiendo que los nuevos proyectos (sobre todo en altura) eleven sus estándares de espacio público.
Los malls, por ejemplo, o grandes centros comerciales, tienen ciertas exigencias al momento de ser construidos: el número de estacionamientos y accesos exclusivos, entre otras. A partir de la promulgación de la Nueva Ley, los estándares serán más exigentes, lo que permitirá que en las futuras construcciones, el desarrollador inmobiliario mejore los espacios públicos de su construcción o, a modo de compensación, entregue un porcentaje del valor a su municipio, para que posteriormente se ocupe ese dinero en un espacio público existente o a construir. Obviamente, la municipalidad debe demostrar el uso de estos ingresos.
Esta lógica cobra mayor importancia en las nuevas propuestas de proyectos habitacionales de gran densidad, que actualmente se construyen con bajos estándares de aporte al espacio público, lo que hace que sólo se vean casas y edificios y pocas áreas verdes, plazas, vías, de circulación y espacios de recreación.
¿Qué hay de La Araucanía?
La Seremi de Vivienda y Urbanismo, Romina Tuma, señaló que el proyecto permite conciliar en forma prudente y justa los intereses personales de las constructoras con los de las personas. “Como Ministerio buscamos el bien común, mediante la creación de las condiciones que permitan el acceso a bienes públicos de calidad y equidad urbana”, agregó.
“Las grandes ciudades del país, que tienen proyectos inmobiliarios de alta densificación, tienen la oportunidad de incorporar incentivos urbanísticos en sus Instrumentos de Planificación, y asi lograr el mejor desarrollo de espacios públicos. Para el caso particular de Temuco, será de gran importancia, ya que acaba de iniciarse el estudio del Plan Regulador Intercomunal Temuco- Padre las Casas. Además, el Municipio va a realizar un estudio de modificación del actual Plan Regulador Comunal de Temuco; ambos instrumentos podrán considerar esta ley”, finalizó la Seremi.
Cabe mencionar, finalmente, que la entrada en vigencia de estas normas se plantea 18 meses después de publicado el reglamento de la Ley (la dictación del reglamento debe hacerse en los 6 meses posteriores a la publicación de la Ley, considerando una consulta pública que durará treinta días). Se estima, en consecuencia, que la ley regirá a partir del año 2019.
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