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	<title>corte suprema - Araucanía Noticias Temuco</title>
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	<title>corte suprema - Araucanía Noticias Temuco</title>
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		<title>Senador Huenchumilla cuestiona el sistema de nombramiento de ministros de la Corte Suprema y otros altos cargos: &#8220;Es hora de hacer un cambio&#8221;</title>
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		<pubDate>Wed, 13 May 2026 00:22:50 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Política]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>· Para el legislador, el actual sistema no ha sido la vía que permita asegurar nombramientos adecuados, recalcando que –para el caso de las nominaciones <a class="mh-excerpt-more" href="https://araucanianoticias.cl/2026/senador-huenchumilla-cuestiona-el-sistema-de-nombramiento-de-ministros-de-la-corte-suprema-y-otros-altos-cargos-es-hora-de-hacer-un-cambio/0512306766" title="Senador Huenchumilla cuestiona el sistema de nombramiento de ministros de la Corte Suprema y otros altos cargos: &#8220;Es hora de hacer un cambio&#8221;">[...]</a></p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><a href="https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2026/05/whatsapp-image-2025-08-26-at-17.23.03-1-1-1-2-1.jpg"><img fetchpriority="high" decoding="async" width="794" height="531" title="WhatsApp Image 2025-08-26 at 17.23.03 (1) (1) (1) (2) (1)" style="display: inline; background-image: none;" alt="WhatsApp Image 2025-08-26 at 17.23.03 (1) (1) (1) (2) (1)" src="https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2026/05/whatsapp-image-2025-08-26-at-17.23.03-1-1-1-2-1-thumb.jpg" border="0"></a></p>
<p><strong><em>· Para el legislador, el actual sistema no ha sido la vía que permita asegurar nombramientos adecuados, recalcando que –para el caso de las nominaciones revisadas desde que está en el Senado– “hemos tenido un 40% de fracaso”.</em></strong></p>
<p><p><strong>· <i>“Desde el año 2018, en que yo llegué al Senado y me tocó participar activamente en la Comisión de Constitución, hemos tenido más o menos, me puedo equivocar, unos 10 nombramientos en la Corte Suprema (…) de esos 10 hay dos personas que fueron expulsados del sistema, por sendas acusaciones constitucionales. Y una tercera integrante está investigada por la justicia”, recordó.</i></strong></p>
<p><i><strong></strong></i></p>
<p><strong>· <i>Con este argumento político, el parlamentario votó abstención en el nombramiento del ministro Dinko Franulic, sobre quien explicó en la sala: “esto no es nada personal con él, simplemente es una postura política respecto de la experiencia que yo he tenido”.</i></strong></p>
<p>En sesión de sala del Senado, el senador Francisco Huenchumilla volvió a cuestionar la idoneidad del sistema que permite nombrar, por parte de esa Corporación, a ministros de la Corte Suprema de Justicia y otras altas autoridades del Estado.</p>
<p>En la votación sobre el nombramiento del juez Dinko Franulic como ministro del máximo tribunal del país, el legislador optó por la opción de la abstención, y explicó que “no es nada personal” contra la persona de Franulic, sino una “postura política” para discutir sobre el sistema en cuestión.</p>
<p>“No tengo el gusto de conocer al señor ministro Dinko Antonio Franulic, y por lo tanto tengo el máximo respeto por una persona que no conozco personalmente, ni tampoco conozco sus antecedentes”, inició el legislador.</p>
<p>El senador Huenchumilla dijo haberse enterado de la situación “por la deferencia que tuvo el señor ministro de Justicia, a quien agradezco por su intermedio señora presidenta, de conversar conmigo y explicarme este proceso”.</p>
<p>Sin embargo, manifestó haber “perdido la fe en este procedimiento, porque desde el año 2018, en que yo llegué al Senado y me tocó participar activamente en la Comisión de Constitución, hemos tenido más o menos, me puedo equivocar, unos 10 nombramientos en la Corte Suprema. Pero tenemos un 40% de fracaso, porque de esos 10 hay dos personas que fueron expulsados del sistema, por sendas acusaciones constitucionales. Y una tercera integrante está investigada por la justicia, y así ha habido diversos cuestionamientos”, enfatizó.</p>
<p><b>Corrección al sistema</b></p>
<p>De esta manera, el parlamentario instaló: “Cuando este sistema tiene un 40% de fracaso, ¿no será hora de pensar y corregirlo, dónde está la falla? Porque yo me pregunto, de los 50 senadores, ¿quiénes participaron en el nombramiento del señor Franulic? ¿No será hora de tener una cosa más transparente?”, aseveró.</p>
<p>“Yo digo, en este nombramiento y en otros. Hoy día tuve la oportunidad de ver la discusión que se produjo en unas comisiones unidas, respecto del nombramiento del Consejo de la Ley de Datos. Y así siempre”, complementó.</p>
<p>El legislador reiteró su llamado, ahora el Ejecutivo: “Creo que es hora, y el Gobierno va a trabajar en esa dirección, de buscar un nuevo sistema que nos permita tener transparencia, y tener frente a la ciudadanía, que estamos haciendo las cosas como corresponde, para que tenga legitimidad el sistema. Para que la gente crea en nosotros. Y no sienta que, entre cuatro paredes, nosotros estamos en la cúpula del Estado, colocando personas que no han sido a lo mejor transparentemente colegiadas en su decisión”.</p>
<p>Finalmente, el parlamentario reiteró “al señor ministro Franulic que esto no es nada personal con él, simplemente es una postura política respecto de la experiencia que yo he tenido en estos años en el Senado, sin contar la experiencia que he tenido también en otras instancias y también en la Cámara de Diputados, respecto del funcionamiento del sistema”.</p>
<p>“Entiendo que esto funciona desde el año 1997. A lo mejor es hora de hacer un cambio”, puntualizó.</p>
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		<title>Caso Huracán da giro inesperado: Corte Suprema revoca sobreseimiento de fiscal y ordena reactivar investigación</title>
		<link>https://araucanianoticias.cl/2026/caso-huracan-da-giro-inesperado-corte-suprema-revoca-sobreseimiento-de-fiscal-y-ordena-reactivar-investigacion/0312302152</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Editor]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 13 Mar 2026 01:31:16 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[Judicial]]></category>
		<category><![CDATA[corte suprema]]></category>
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		<category><![CDATA[investigación]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El máximo tribunal acogió recursos de queja y dejó sin efecto la decisión que había cerrado la causa por obstrucción a la investigación contra el <a class="mh-excerpt-more" href="https://araucanianoticias.cl/2026/caso-huracan-da-giro-inesperado-corte-suprema-revoca-sobreseimiento-de-fiscal-y-ordena-reactivar-investigacion/0312302152" title="Caso Huracán da giro inesperado: Corte Suprema revoca sobreseimiento de fiscal y ordena reactivar investigación">[...]</a></p>
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<figure class="wp-block-image size-full"><img decoding="async" width="1200" height="656" src="https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2026/03/caso-huracan-da-giro-inesperado-corte-suprema-revoca-sobreseimiento-de-fiscal-y-ordena-reactivar-investigacion.jpg" alt="" class="wp-image-302153" srcset="https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2026/03/caso-huracan-da-giro-inesperado-corte-suprema-revoca-sobreseimiento-de-fiscal-y-ordena-reactivar-investigacion.jpg 1200w, https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2026/03/caso-huracan-da-giro-inesperado-corte-suprema-revoca-sobreseimiento-de-fiscal-y-ordena-reactivar-investigacion-768x420.jpg 768w" sizes="(max-width: 1200px) 100vw, 1200px" /></figure>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>El máximo tribunal acogió recursos de queja y dejó sin efecto la decisión que había cerrado la causa por obstrucción a la investigación contra el fiscal Luis Arroyo Palma, en el marco de la polémica Operación Huracán.</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">Un nuevo y decisivo capítulo se abre en el controvertido <strong>Caso Huracán</strong>. La <strong>Corte Suprema</strong> acogió recursos de queja y <strong>revocó el sobreseimiento definitivo</strong> que había puesto fin a la investigación por <strong>obstrucción a la investigación</strong> contra el fiscal <strong>Luis Gerardo Arroyo Palma</strong>, ordenando así que el proceso vuelva a reactivarse.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La decisión fue adoptada por la <strong>Segunda Sala del máximo tribunal</strong>, integrada por los ministros <strong>Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos, María Teresa Letelier, María Cristina Gajardo y el abogado integrante Juan Carlos Ferrada</strong>, en un fallo dividido que deja sin efecto la resolución dictada por la <strong>Corte de Apelaciones de Temuco</strong>, la cual había confirmado el cierre del caso.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La causa se remonta a la investigación abierta contra Arroyo Palma en el contexto de la denominada <strong>Operación Huracán</strong>, uno de los episodios judiciales más polémicos de los últimos años en La Araucanía.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Corte Suprema detecta falta o abuso en la resolución</h3>



<p class="wp-block-paragraph">El máximo tribunal concluyó que la decisión de cerrar definitivamente la investigación <strong>no estaba debidamente acreditada</strong>, por lo que estimó que los jueces que confirmaron el sobreseimiento incurrieron en una <strong>grave falta o abuso</strong>.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Según el fallo, el <strong>Juzgado de Garantía de Temuco</strong> había decretado el sobreseimiento en diciembre de 2023, argumentando que los hechos denunciados <strong>no constituían delito</strong> y que no se cumplían los requisitos legales para configurar las figuras penales investigadas.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Entre los antecedentes analizados se encontraba la acusación de que el fiscal habría eliminado comunicaciones desde su teléfono celular. Sin embargo, el tribunal de primera instancia consideró que ese hecho <strong>no acreditaba la incorporación de antecedentes falsos en la investigación</strong>, requisito clave para configurar el delito de obstrucción.</p>



<h3 class="wp-block-heading">El proceso no podía cerrarse aún</h3>



<p class="wp-block-paragraph">Para la Corte Suprema, sin embargo, <strong>no existían certezas suficientes</strong> para decretar el cierre definitivo del caso en esta etapa del proceso.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El fallo sostiene que <strong>los antecedentes disponibles no permiten acreditar de forma fehaciente que no se configuran los delitos investigados</strong>, por lo que declarar el sobreseimiento definitivo resultaba prematuro.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En ese contexto, el máximo tribunal concluyó que la resolución que puso término a la persecución penal <strong>perjudicó a las partes querellantes</strong>, motivo por el cual decidió dejarla sin efecto.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Investigación vuelve a abrirse</h3>



<p class="wp-block-paragraph">Con esta resolución, queda <strong>revocado el sobreseimiento definitivo</strong> que había beneficiado al fiscal Luis Arroyo Palma, lo que implica que <strong>la investigación podrá continuar su curso en la justicia</strong>.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La decisión fue adoptada con <strong>voto dividido</strong>, ya que las ministras <strong>María Teresa Letelier y María Cristina Gajardo</strong> estuvieron por rechazar los recursos presentados.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La Corte Suprema también resolvió <strong>no remitir los antecedentes al pleno del tribunal</strong> para eventuales sanciones disciplinarias, al estimar que la entidad de la falta observada <strong>no amerita una medida de ese tipo</strong>.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El fallo reabre un caso que durante años ha estado en el centro de la controversia judicial y política en La Araucanía, y que ahora vuelve a tomar fuerza en los tribunales.</p>
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		<item>
		<title>Corte Suprema frena intento de la Orden Franciscana: conservador de Traiguén actuó conforme a derecho</title>
		<link>https://araucanianoticias.cl/2026/corte-suprema-frena-intento-de-la-orden-franciscana-conservador-de-traiguen-actuo-conforme-a-derecho/0221300982</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Editor]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 21 Feb 2026 23:07:25 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Máximo tribunal rechazó el recurso y dejó firme la negativa a modificar una inscripción de dominio vinculada al antiguo Convento Misional Franciscano de Traiguén. La <a class="mh-excerpt-more" href="https://araucanianoticias.cl/2026/corte-suprema-frena-intento-de-la-orden-franciscana-conservador-de-traiguen-actuo-conforme-a-derecho/0221300982" title="Corte Suprema frena intento de la Orden Franciscana: conservador de Traiguén actuó conforme a derecho">[...]</a></p>
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<figure class="wp-block-image size-full"><img decoding="async" width="742" height="560" src="https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2026/02/corte-suprema-frena-intento-de-la-orden-franciscana-conservador-de-traiguen-actuo-conforme-a-derecho.jpg" alt="" class="wp-image-300983" srcset="https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2026/02/corte-suprema-frena-intento-de-la-orden-franciscana-conservador-de-traiguen-actuo-conforme-a-derecho.jpg 742w, https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2026/02/corte-suprema-frena-intento-de-la-orden-franciscana-conservador-de-traiguen-actuo-conforme-a-derecho-326x245.jpg 326w, https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2026/02/corte-suprema-frena-intento-de-la-orden-franciscana-conservador-de-traiguen-actuo-conforme-a-derecho-80x60.jpg 80w" sizes="(max-width: 742px) 100vw, 742px" /></figure>



<p class="wp-block-paragraph"><em><strong>Máximo tribunal rechazó el recurso y dejó firme la negativa a modificar una inscripción de dominio vinculada al antiguo Convento Misional Franciscano de Traiguén.</strong></em></p>



<p class="wp-block-paragraph">La disputa por una inscripción de propiedad en Traiguén llegó hasta la Corte Suprema, pero el desenlace fue categórico. En fallo unánime (causa rol 22.065-2024), la Cuarta Sala del máximo tribunal rechazó el recurso presentado por la Orden Franciscana de Chile y confirmó que el conservador de bienes raíces de Traiguén actuó correctamente al negar la anotación solicitada.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El conflicto se originó cuando la congregación pidió dejar constancia al margen de una inscripción de dominio que sería sucesora del Convento Misional Franciscano de Traiguén. Sin embargo, el conservador —en su calidad de ministro de fe— rechazó la solicitud, decisión que luego fue respaldada por la Corte de Apelaciones de Temuco y ahora ratificada por la Suprema.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En términos simples, los tribunales concluyeron que no se logró acreditar de manera suficiente que la Orden Franciscana de Chile sea efectivamente sucesora del antiguo convento. Y ese punto fue clave: sin esa certeza jurídica, no se puede modificar una inscripción de propiedad.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La Corte Suprema fue clara al señalar que, en este tipo de materias no contenciosas, los jueces valoran prudencialmente las pruebas presentadas. En este caso, esa evaluación llevó a determinar que no existían antecedentes suficientes para alterar el dominio inscrito.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Además, el máximo tribunal descartó que se hubieran vulnerado normas del derecho canónico o de la legislación civil. En particular, indicó que el certificado emitido por la vicecanciller de la Iglesia no tiene la calidad de instrumento público para los efectos legales pretendidos. También precisó que las normas que reconocen personalidad jurídica a las iglesias no permiten, por sí solas, modificar una inscripción de dominio en el registro de propiedad.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Con esta decisión, quedó firme el fallo dictado el 17 de mayo de 2024 por la Corte de Apelaciones de Temuco y se cerró definitivamente la vía judicial intentada por la congregación.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El caso deja un mensaje claro: las inscripciones de dominio no se alteran sin respaldo jurídico sólido, incluso cuando el debate involucra a instituciones religiosas con larga historia en el territorio.</p>



<figure class="wp-block-image size-full"><img loading="lazy" decoding="async" width="730" height="541" src="https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2026/02/corte-suprema-frena-intento-de-la-orden-franciscana-conservador-de-traiguen-actuo-conforme-a-derecho-1.jpg" alt="" class="wp-image-300985" srcset="https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2026/02/corte-suprema-frena-intento-de-la-orden-franciscana-conservador-de-traiguen-actuo-conforme-a-derecho-1.jpg 730w, https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2026/02/corte-suprema-frena-intento-de-la-orden-franciscana-conservador-de-traiguen-actuo-conforme-a-derecho-1-80x60.jpg 80w" sizes="auto, (max-width: 730px) 100vw, 730px" /></figure>
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		<item>
		<title>Corte Suprema ordena devolver predio en Curacaut&#237;n a ecologista extranjero tras a&#241;os de ocupaci&#243;n irregular</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Editor]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 16 Jan 2026 20:40:33 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[<p>El terreno, ubicado en el sector Captrén camino al Parque Nacional Conguillío, deberá ser entregado a su dueño en un plazo de 30 días, luego <a class="mh-excerpt-more" href="https://araucanianoticias.cl/2026/corte-suprema-ordena-devolver-predio-en-curacautn-a-ecologista-extranjero-tras-aos-de-ocupacin-irregular/0116298591" title="Corte Suprema ordena devolver predio en Curacaut&#237;n a ecologista extranjero tras a&#241;os de ocupaci&#243;n irregular">[...]</a></p>
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										<content:encoded><![CDATA[<h4><strong><a href="https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2026/01/whatsapp-image-2026-01-16-at-9.41.55-am-1.jpg"><img loading="lazy" decoding="async" width="302" height="228" title="WhatsApp Image 2026-01-16 at 9.41.55 AM (1)" align="left" style="margin: 0px 10px 0px 0px; float: left; display: inline; background-image: none;" alt="WhatsApp Image 2026-01-16 at 9.41.55 AM (1)" src="https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2026/01/whatsapp-image-2026-01-16-at-9.41.55-am-1-thumb.jpg" border="0"></a>El terreno, ubicado en el sector Captrén camino al Parque Nacional Conguillío, deberá ser entregado a su dueño en un plazo de 30 días, luego de que el máximo tribunal determinara que la ocupación afectó su derecho de propiedad.</strong></h4>
<p>La <strong>Corte Suprema</strong> resolvió que un predio ubicado en el sector <strong>Captrén</strong>, en la comuna de <strong>Curacautín</strong>, debe ser <strong>restituido a su propietario</strong>, poniendo fin a una disputa que se extendió por varios años y que combinó acciones judiciales y trámites administrativos.</p>
<p>El fallo, que revocó el criterio de la corte de Temuco, devuelve a <strong>John Garrison Adams</strong>, ciudadano estadounidense con vocación conservacionista, que adquirió en <strong>2015</strong> la llamada <strong>Parcela La Cascada</strong>, un terreno de <strong>3,5 hectáreas</strong> emplazado en una zona precordillerana cercana al Parque Nacional Conguillío. Según consta en la resolución, el terreno estaba inscrito legalmente a su nombre, pero durante su ausencia del país fue <strong>ocupado por Carolina Angulo Pérez</strong>, quien instaló cierres, levantó construcciones y restringió el acceso al lugar.</p>
<p>De acuerdo con los antecedentes revisados por el tribunal, el propietario tomó conocimiento de esta situación en <strong>2024</strong>, cuando fue informado de que el portón original del predio había desaparecido y que existían <strong>nuevas viviendas y cercos</strong> al interior del terreno. Al concurrir personal de <strong>Carabineros</strong> en marzo de 2025, se constató la existencia de una casa, un quincho, instalación eléctrica, un pozo de agua y trabajos de despeje de vegetación y tala de árboles, todos realizados mientras el predio seguía inscrito a nombre de Adams.</p>
<p>Durante ese procedimiento, una persona identificada como <strong>Carolina Angulo Pérez</strong> señaló que ocupaba el terreno desde hace años y que había iniciado un <strong>proceso de regularización</strong> ante el <strong>Ministerio de Bienes Nacionales</strong>, mecanismo que permite solicitar el reconocimiento de la posesión de un inmueble. Sin embargo, la Corte Suprema aclaró que <strong>ese trámite no otorga dominio ni autoriza a ocupar un terreno que tiene dueño inscrito</strong>, mientras no exista una resolución definitiva.</p>
<p>En su fallo, el máximo tribunal explicó que las acciones realizadas en el predio —como instalar candados, construir y realizar talas— <strong>impidieron al dueño usar su propiedad</strong>, lo que constituye una afectación directa a su derecho de propiedad. Por ello, resolvió que correspondía <strong>restablecer la situación original</strong>.</p>
<p>La sentencia ordena que <strong>Carolina Angulo Pérez</strong> haga abandono voluntario del terreno en un <strong>plazo máximo de 30 días</strong>. Si eso no ocurre, la justicia autorizó que el desalojo se realice con <strong>apoyo de la fuerza pública</strong>.</p>
<p>Si bien la Corte dejó abierta la posibilidad de que las partes continúen otros procesos legales o administrativos, el fallo es claro en un punto central: <strong>la Parcela La Cascada debe volver a manos de su propietario</strong>, cerrando así —al menos en esta etapa— un conflicto que se arrastró por años la cordillerana comuna de Curacautín.</p>
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		<title>Con protesta alcaldesa de Pitrufqu&#233;n, concejales y dirigentes del sector Huefel exigen al MOP que cumpla fallo de la Corte Suprema</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Editor]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 11 Nov 2025 02:43:56 +0000</pubDate>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><a href="https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2025/11/dsc05734-1.jpg"><img loading="lazy" decoding="async" width="323" height="183" title="DSC05734 (1)" align="left" style="margin: 0px 10px 0px 0px; float: left; display: inline; background-image: none;" alt="DSC05734 (1)" src="https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2025/11/dsc05734-1-thumb.jpg" border="0"></a>Comunidades y pobladores del sector costa de Pitrufquén, cercanos al afamado socavón de Huefel, exigieron al Ministerio de Obras Públicas, MOP, el inicio inmediato de las acciones para la ejecución de un plan definitivo que proyecte el enrocamiento definitivo de esta falla geográfica que sigue aumentando producto del caudal del Río Toltén.</p>
<p>La petición fue expresada con una reunión y posterior protesta en el sitio del socavón a la cual asistió la alcaldesa Jacqueline Romero, junto a los concejales Valeria Brun y Luis Maricán, en la cual informaron el fallo definitivo de la Corte Suprema que obliga – en un plazo no superior a los 90 días- a iniciar los estudios técnicos y las obras de mitigación, dejando sin efecto los recursos legales presentados por el Consejo de Defensa del Estado (CDE).</p>
<p>La alcaldesa Jacqueline Romero indicó que “el dictamen de la Corte Suprema es importante porque marca un hito jurídico, donde un recurso legal presentado por un municipio es acogido y resuelto, obligando al Estado a través de un ministerio, resolver a la brevedad una gran necesidad de la población. Si bien el MOP corrió la calzada que estaba en riesgo, debemos ser claros que esa no era la solución. Hoy el MOP debe presentar el plan definitivo para resolver el tema de socavón. Este resultado nos pone contentos porque trabajamos en unión”.</p>
<p><b>VECINOS</b><br />Habitantes aledaños al socavón afirman que esta falla sigue creciendo. El caudal del Río Toltén sigue provocando el desmoronamiento de terrenos habitables aledaños, inquietando a las comunidades cercanas.</p>
<p>“Estamos contentos con el fallo, y con ello comprobamos que unidos todo se puede hacer. Nada más que decir y que prontamente esperamos tener nuestro enrocado aquí en el Río Toltén”, precisó Octavio Cortés presidente de la JJ.VV de Huefel.</p>
<p>Margareth Ancán, presidenta de la comunidad indígena “Huefel Mapu”, exigió que “el MOP haga su trabajo, que cumpla con lo que se ha articulado por ley. El socavón necesita con urgencia que el enrocado se haga y estamos unidos en el territorio para que lo dictado por la Corte se cumpla”.</p>
<p> La protesta se llevó en completa calma y consideró diversos mensajes en pancartas hacia el MOP a fin que inicie su trabajo de acuerdo a lo dictado por la Corte a partir de las demandas presentadas por el Municipio y las comunidades afectadas el 2024. </p>
<p><a href="https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2025/11/dsc05731.jpg"><img loading="lazy" decoding="async" width="791" height="447" title="DSC05731" style="display: inline; background-image: none;" alt="DSC05731" src="https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2025/11/dsc05731-thumb.jpg" border="0"></a></p>
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		<title>Corte Suprema rechaza divorcio por incumplimiento reiterado de pensi&#243;n de alimentos y sienta precedente</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Editor]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 17 Oct 2025 14:52:37 +0000</pubDate>
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		<category><![CDATA[corte suprema]]></category>
		<category><![CDATA[Divorcio]]></category>
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		<category><![CDATA[Región de La Araucanía]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El tribunal de primera instancia y la Corte de Apelaciones de Temuco habían acogido el divorcio, argumentando que la cónyuge tenía otros mecanismos para cobrar <a class="mh-excerpt-more" href="https://araucanianoticias.cl/2025/corte-suprema-rechaza-divorcio-por-incumplimiento-reiterado-de-pensin-de-alimentos-y-sienta-precedente/1017291522" title="Corte Suprema rechaza divorcio por incumplimiento reiterado de pensi&#243;n de alimentos y sienta precedente">[...]</a></p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p align="justify"><a href="https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2025/10/image-28.png"><img loading="lazy" decoding="async" width="518" height="319" title="image" align="left" style="margin: 0px 5px 0px 0px; float: left; display: inline; background-image: none;" alt="image" src="https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2025/10/image-thumb-28.png" border="0"></a>El tribunal de primera instancia y la Corte de Apelaciones de Temuco habían acogido el divorcio, argumentando que la cónyuge tenía otros mecanismos para cobrar la deuda. Sin embargo, el máximo tribunal el país determinó que ambos tribunales cometieron un error de derecho al no considerar la “cláusula de dureza”.</p>
<p align="justify">La Corte Suprema rechazó una demanda de divorcio unilateral por incumplimiento reiterado del pago de la pensión de alimentos, y estableció un precedente clave sobre la aplicación de la llamada “cláusula de dureza”, que protege al cónyuge más vulnerable en estos procesos.</p>
<p align="justify">El caso se originó tras la demanda de divorcio presentada por el esposo, luego de más de tres años de separación. Sin embargo, la esposa se opuso alegando que el marido había incumplido reiteradamente su obligación de pagar la pensión de alimentos, pese a estar en condiciones de hacerlo, invocando el artículo 55, inciso tercero, de la Ley de Matrimonio Civil.</p>
<p align="justify">Los tribunales de primera instancia y la Corte de Apelaciones de Temuco rechazaron la acción judicial de la mujer y decretó el divorcio, argumentando que la cónyuge contaba con otros mecanismos para cobrar la deuda alimentaria. Pero la Corte Suprema revocó esas decisiones, señalando que ambos tribunales cometieron un error al no aplicar correctamente la “cláusula de dureza”. De esta forma, el fallo unánime acogió el recurso de casación interpuesto por la esposa, representada por la Corporación de Asistencia Judicial de La Araucanía y Metropolitana.</p>
<p align="justify"> Al respecto, el abogado jefe de Segunda Instancia de la CAJ Araucanía, Mauricio Colil, afirmó que “este fallo nos lleva a razonar en cómo una ley clara, que entrega una alternativa jurídica de cómo reaccionar ante una acción de divorcio, establecida en el artículo 55, inciso tercero de la Ley de Matrimonio Civil, debe ser respetada por los jueces de instancia. Y que, de no ser así, nosotros como Corporación de Asistencia Judicial recurrimos al máximo tribunal del país para buscar y alcanzar ese respeto al Derecho en beneficio de nuestros consultantes, en este caso, conseguir algo básico como recibir el pago de una pensión de alimentos fijada por resolución judicial”.</p>
<p align="justify">Al respecto, la abogada de la Oficina de Corte de la Corporación de Asistencia Judicial Metropolitana, Sara Lareu, explicó que la Corte Suprema sienta una jurisprudencia importante, pues establece que “si bien es cierto que el juez tiene facultades para analizar la prueba, el análisis que hace el magistrado no puede ser discrecional y tiene que revisar en el caso concreto la concurrencia de todos los elementos objetivos que revelen el incumplimiento”. </p>
<p align="justify">Con esta resolución, la Corte Suprema reafirma que el incumplimiento reiterado y sin justificación de la pensión alimenticia es un impedimento para decretar el divorcio unilateral, privilegiando la protección del cónyuge más débil.</p>
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		<item>
		<title>Presidencia recurre a la Corte Suprema para frenar orden de entregar correos del caso Monsalve</title>
		<link>https://araucanianoticias.cl/2025/presidencia-recurre-a-la-corte-suprema-para-frenar-orden-de-entregar-correos-del-caso-monsalve/1016291439</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Editor]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 16 Oct 2025 19:38:43 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Nacional]]></category>
		<category><![CDATA[correos]]></category>
		<category><![CDATA[corte suprema]]></category>
		<category><![CDATA[crispi]]></category>
		<category><![CDATA[La Moneda]]></category>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><a href="https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2025/10/6ikzaktkyvgunjsnuzqyrl5bxy.jpg"><img loading="lazy" decoding="async" width="683" height="386" title="6IKZAKTKYVGUNJSNUZQYRL5BXY" style="display: inline; background-image: none;" alt="6IKZAKTKYVGUNJSNUZQYRL5BXY" src="https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2025/10/6ikzaktkyvgunjsnuzqyrl5bxy-thumb.jpg" border="0"></a></p>
<p>La Moneda presentó un recurso de queja para revertir la resolución del Consejo Para la Transparencia y la Corte de Apelaciones que la obliga a revelar los correos entre Miguel Crispi y Carlos Durán. El Ejecutivo insiste en que los mensajes “no existen”.</p>
<p>La <b>Presidencia de la República</b> acudió a la <b>Corte Suprema</b> buscando anular una orden del <b>Consejo Para la Transparencia</b>.</p>
<p>La solicitud obliga a<b> entregar copias de los correos institucionale</b>s intercambiados entre los asesores del Segundo Piso, <b>Miguel Crispi Serrano </b>y <b>Carlos Durán Faúndez</b>, en el marco del denominado <b>caso Monsalve.</b></p>
<p>Según consta en <a href="https://www.biobiochile.cl/especial/bbcl-investiga/noticias/de-pasillo/2025/10/14/presidencia-vs-transparencia-la-jugada-de-la-moneda-para-revertir-fallo-por-correos-del-caso-monsalve.shtml">Radio Biobio</a>, el origen del conflicto está en una solicitud de acceso presentada por el diputado<b> Tomás Lagomarsino</b> a fines de 2024, quien pidió conocer los correos enviados y recibidos por ambos asesores entre el 14 y el 18 de octubre de ese año, cuando se buscaba reemplazo para el entonces subsecretario denunciado por violación.</p>
<p>Tras la negativa inicial del Ejecutivo, el parlamentario recurrió al Consejo Para la Transparencia, que falló a su favor. La Moneda apeló sin éxito ante la Corte de Apelaciones de Santiago, cuyo fallo fue nuevamente adverso, y ahora el caso llegó al máximo tribunal.</p>
<p>El Consejo de Defensa del Estado, en representación de Presidencia, presentó un recurso de queja contra las ministras Marisol Rojas, Elsa Barrientos y la abogada integrante Magaly Correa,<b> acusando “faltas o abusos graves” </b>en la sentencia dictada el 9 de septiembre de 2025.</p>
<p>Según el escrito, la Corte de Apelaciones habría ordenado “entregar correos electrónicos que no existen”.</p>
<p><b>Presidencia asegura que, tras revisar las casillas de Crispi y Durán, no se hallaron comunicaciones sobre el caso Monsalve en las fechas solicitadas.</b></p>
<p>El argumento de la inexistencia, sin embargo, fue desestimado previamente, pues no se alegó durante la etapa administrativa. El CDE sostiene que no podía hacerlo antes, ya que los funcionarios ejercieron su derecho a oponerse a la revisión de sus correos.</p>
<p>En su presentación, el organismo afirma que tanto Crispi como Durán están amparados por el artículo 20 de la Ley de Transparencia y el artículo 19 N°5 de la Constitución, que<b> protege la inviolabilidad de las comunicaciones privadas.</b></p>
<p>Mientras tanto, en el sistema judicial la sentencia de la Corte de Apelaciones figura como “firme y ejecutoriada”, lo que implicaría que los correos ya deberían haberse entregado. Sin embargo, el recurso ante la Suprema mantiene el proceso en suspenso.</p>
<p>El diputado Lagomarsino, solicitante de la información, acusa que el fallo no se ha cumplido y que la presentación del recurso “no constituye apelación y, por tanto, la resolución está firme”.</p>
<p>Desde Presidencia confirmaron que el Consejo de Defensa del Estado interpuso el recurso de queja el 15 de septiembre y que la tramitación “aún se encuentra en curso”. El Consejo Para La Transparencia, en tanto, optó por no pronunciarse hasta que la Corte Suprema resuelva.</p>
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		<item>
		<title>Acci&#243;n legal de comunidades mapuche contra Consulta Ind&#237;gena llega a la Corte Suprema</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Editor]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 14 Aug 2025 14:02:07 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[acción legal]]></category>
		<category><![CDATA[caifal]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Apelación busca frenar el proceso por el Nuevo Sistema de Tierras, en medio de cuestionamientos al diseño del mecanismo y a la seguridad de los <a class="mh-excerpt-more" href="https://araucanianoticias.cl/2025/accin-legal-de-comunidades-mapuche-contra-consulta-indgena-llega-a-la-corte-suprema/0814287529" title="Acci&#243;n legal de comunidades mapuche contra Consulta Ind&#237;gena llega a la Corte Suprema">[...]</a></p>
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										<content:encoded><![CDATA[<h4><strong><a href="https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2025/08/bandera-mapuche-1-750x400-1.png"><img loading="lazy" decoding="async" width="331" height="178" title="bandera-mapuche-1-750x400" align="left" style="margin: 0px 12px 0px 0px; float: left; display: inline; background-image: none;" alt="bandera-mapuche-1-750x400" src="https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2025/08/bandera-mapuche-1-750x400-thumb.png" border="0"></a>Apelación busca frenar el proceso por el Nuevo Sistema de Tierras, en medio de cuestionamientos al diseño del mecanismo y a la seguridad de los funcionarios en terreno.</strong></h4>
<p>En La Araucanía, la controversia por la Consulta Indígena del Nuevo Sistema de Tierras sumó un nuevo capítulo luego de que la Corte Suprema recibiera una apelación presentada por comunidades mapuche que buscan detener el proceso.</p>
<p>La iniciativa, impulsada por los ministerios del Interior y de Desarrollo Social, comenzó este miércoles 13 de agosto su primera etapa en Melipeuco, Lonquimay y Toltén. Sin embargo, sus detractores acusan que el mecanismo “excluye a otros pueblos originarios” y solicitan que todos sean incluidos en la consulta.</p>
<p>La werkén Gloria Cayupi, presentó un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Temuco, que fue declarado inadmisible. Posteriormente, interpuso una reposición y un recurso de apelación. Aunque el tribunal regional rechazó la reposición, resolvió enviar la apelación a la Corte Suprema, que deberá pronunciarse. Según Cayupi, “no se oponen al diálogo, pero exigen que se respeten los derechos indígenas y se cumpla con los procedimientos” que, afirma, el Gobierno omitió.</p>
<p>El inicio de la consulta estuvo marcado por incidentes en Melipeuco, donde comuneros impidieron el comienzo del proceso. El diputado de Renovación Nacional y presidente regional en La Araucanía, Jorge Rathgeb, advirtió que “debe ser prioridad la seguridad de los funcionarios en terreno”. Agregó que “si en Melipeuco, en algunos instantes el clima fue difícil, esto perfectamente se puede repetir en otras comunas (…) la responsabilidad será completa del Gobierno al no evitar que esto podía ocurrir”.</p>
<p>Rathgeb insistió en que “este tipo de consultas siempre son complejas, por lo tanto, cualquier situación tensa debe asumirse rápidamente. Se decía que se habían tomado los resguardos del caso, cosa que lamentablemente no ocurrió, poniéndose en riesgo la integridad física de los funcionarios”.</p>
<p>Desde las comunidades mapuche, el presidente de la Comunidad Juan Manquilef, Diego Manquilef, afirmó que la propuesta de la Comisión por la Paz y el Entendimiento “no considera la restitución del territorio ancestral” y que los mecanismos de reparación planteados implican “un incentivo perverso”.</p>
<p>En tanto, el director ejecutivo de la Corporación de Profesionales Mapuche (Enama), Richard Caifal, consideró que el optimismo del Gobierno es “extremo” y recordó que “hasta la fecha se han presentado —al menos— 4 recursos de protección para intentar frenar el proceso”.</p>
<p>El Gobierno ha defendido la consulta como un “proceso histórico” y asegura que el objetivo es “poner a disposición todas las herramientas para que el diálogo se produzca”. Sobre lo ocurrido en Melipeuco, reconoció que los comuneros impidieron el proceso y solicitaron una conversación interna, quedando a la espera de recibir una carta para continuar la consulta indígena por un nuevo sistema de tierras.</p>
<p>The post <a href="https://araucanianoticias.cl/2025/accin-legal-de-comunidades-mapuche-contra-consulta-indgena-llega-a-la-corte-suprema/0814287529">Acci&oacute;n legal de comunidades mapuche contra Consulta Ind&iacute;gena llega a la Corte Suprema</a> appeared first on <a href="https://araucanianoticias.cl">Araucanía Noticias Temuco</a>.</p>
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		<item>
		<title>Corte Suprema ratifica millonaria multa a CGE por cortes de luz en La Araucan&#237;a</title>
		<link>https://araucanianoticias.cl/2025/corte-suprema-ratifica-millonaria-multa-a-cge-por-cortes-de-luz-en-la-araucana/0625284062</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Editor]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 25 Jun 2025 19:01:31 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[corte suprema]]></category>
		<category><![CDATA[multa]]></category>
		<category><![CDATA[Región de La Araucanía]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://araucanianoticias.cl/?p=284062</guid>

					<description><![CDATA[<p>La Corte Suprema ratificó una multa de más de 1.170 millones de pesos contra la empresa eléctrica CGE, debido a cortes de suministro que afectaron <a class="mh-excerpt-more" href="https://araucanianoticias.cl/2025/corte-suprema-ratifica-millonaria-multa-a-cge-por-cortes-de-luz-en-la-araucana/0625284062" title="Corte Suprema ratifica millonaria multa a CGE por cortes de luz en La Araucan&#237;a">[...]</a></p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p align="justify"><a href="https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2025/06/opera-captura-de-pantalla-2025-06-25-131044-upload.wikimedia.org-.png"><img loading="lazy" decoding="async" width="506" height="261" title="Opera Captura de pantalla_2025-06-25_131044_upload.wikimedia.org" align="left" style="margin: 0px 5px 0px 0px; float: left; display: inline; background-image: none;" alt="Opera Captura de pantalla_2025-06-25_131044_upload.wikimedia.org" src="https://araucanianoticias.cl/wp-content/uploads/2025/06/opera-captura-de-pantalla-2025-06-25-131044-upload.wikimedia.org-thumb.png" border="0"></a>La Corte Suprema ratificó una multa de más de 1.170 millones de pesos contra la empresa eléctrica CGE, debido a cortes de suministro que afectaron durante 2021 a las comunas de Pucón, Curarrehue, Villarrica y Lonquimay, en la región de La Araucanía.</p>
<p align="justify">La sanción fue impuesta inicialmente por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) en diciembre de 2023, tras comprobarse un promedio de interrupciones del servicio eléctrico considerado inaceptable entre marzo y diciembre de ese año. CGE presentó un recurso de reposición que fue rechazado, lo que llevó el caso a la Corte Suprema.</p>
<p align="justify">El alcalde de Pucón, Sebastián Álvarez, señaló que esta multa no compensa el daño que sufrieron los comerciantes de la comuna a causa de los apagones. Por su parte, el seremi de Energía, Camilo Villagrán, expresó que espera que el fallo impulse a CGE a invertir y mejorar la infraestructura eléctrica en la zona lacustre.</p>
<p align="justify">Consultada por BioBioChile, CGE no emitió comentarios sobre el dictamen del máximo tribunal ni sobre el pago de la sanción.</p>
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		<title>Héctor Llaitul recurre a la Corte Suprema y solicita traslado a la cárcel de Temuco</title>
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		<pubDate>Sat, 07 Jun 2025 04:35:02 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La defensa del líder de la CAM acusa vulneraciones a sus derechos culturales y familiares por su permanencia en El Manzano. Gendarmería insiste en que <a class="mh-excerpt-more" href="https://araucanianoticias.cl/2025/hector-llaitul-recurre-a-la-corte-suprema-y-solicita-traslado-a-la-carcel-de-temuco/0607282724" title="Héctor Llaitul recurre a la Corte Suprema y solicita traslado a la cárcel de Temuco">[...]</a></p>
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<p class="wp-block-paragraph"><strong><em>La defensa del líder de la CAM acusa vulneraciones a sus derechos culturales y familiares por su permanencia en El Manzano. Gendarmería insiste en que su reclusión en Concepción responde a criterios de seguridad.</em></strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">El comunero mapuche <strong>Héctor Llaitul</strong>, líder de la <strong>Coordinadora Arauco Malleco (CAM)</strong>, presentó este jueves un <strong>recurso de amparo ante la Corte Suprema</strong> para solicitar su traslado desde el penal de <strong>El Manzano</strong>, en Concepción, al <strong>módulo especial para comuneros mapuche de la cárcel de Temuco</strong>.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Llaitul fue detenido en agosto de 2022 y condenado en mayo de 2023 a <strong>23 años de prisión</strong> por los delitos de <strong>usurpación violenta</strong>, <strong>atentado contra la autoridad</strong> y <strong>vulneración de la Ley de Seguridad Interior del Estado</strong>. Desde entonces, cumple su condena bajo <strong>régimen de alta seguridad</strong>, con una pena que se extiende hasta el año 2045.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Según el recurso presentado por sus defensoras, <strong>Verónica Bórquez y Josefa Ainardi</strong>, la actual condición de reclusión de Llaitul <strong>“constituye una vulneración de derechos fundamentales, en particular aquellos vinculados a su identidad cultural mapuche”</strong>, según consignó La Tercera.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En el escrito se argumenta que el <strong>encierro en un módulo evangélico dentro de El Manzano</strong> lo obliga a presenciar <strong>prácticas religiosas ajenas a su cosmovisión</strong>, y que el penal no ofrece las condiciones culturales necesarias para resguardar su integridad espiritual.</p>



<blockquote class="wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow">
<p class="wp-block-paragraph">“El alejamiento de su entorno familiar y comunitario impacta negativamente en su integridad psicológica y espiritual”, señalaron sus defensoras, quienes adjuntaron una <strong>carta de su madre</strong>, una <strong>carta firmada por internos mapuche del penal de Temuco</strong>, incluido su hijo Pelantaro, y un <strong>informe antropológico</strong> que respalda su solicitud.</p>
</blockquote>



<p class="wp-block-paragraph">Por su parte, <strong>Gendarmería</strong> respondió que el penal de Concepción <strong>sí ha garantizado los derechos culturales del interno</strong>, indicando que Llaitul ha recibido <strong>autorizaciones para alimentación cultural, visitas de una machi, vestimenta tradicional y participación en ceremonias mapuche</strong>.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Además, desde la institución subrayaron que la permanencia del líder de la CAM en El Manzano responde a <strong>criterios de seguridad</strong>.</p>



<blockquote class="wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow">
<p class="wp-block-paragraph">“El Manzano es un recinto de alta seguridad, condición que justifica su permanencia. El penal de Temuco, en cambio, es de mediana seguridad”, indicaron desde Gendarmería, descartando que el traslado sea viable en las condiciones actuales.</p>
</blockquote>



<p class="wp-block-paragraph">La decisión ahora queda en manos de la <strong>Corte Suprema</strong>, que deberá evaluar si existen fundamentos jurídicos y humanitarios suficientes para autorizar el cambio de penal. El recurso presentado se enmarca en el debate sobre el <strong>respeto de derechos culturales de los presos mapuche</strong> y las condiciones diferenciadas en contextos penitenciarios de alta seguridad.</p>
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