Con el fin de conciliar la vida laboral y familiar, autoridades realizaron un plan de difusión para que trabajadores del comercio tengan claros sus derechos laborales.
En el marco del programa de la Gobernación de Cautín “Navidad Segura”, el Gobernador José Montalva, el Seremi del Trabajo, Joaquín Bascuñán y la directora regional de la cartera, Maite Núñez se trasladaron hasta el Mall Temuco para entregar material gráfico y dar a conocer a los funcionarios del comercio sus derechos en los días previos a las festividades de fin de año.
En la oportunidad el Gobernador de Cautín, José Montalva, enfatizó que es un compromiso del Gobierno velar por los derechos de los trabajadores en estas fechas, “es un compromiso por parte del Gobierno de fiscalizar que los empleadores cumplan con la normativa vigente y con ello se respete el trabajo de los empleados que muchas veces no se respetan en estas fechas, y al no ser respetados no solamente se ven afectados ellos como trabajadores, sino que también sus familias que no pueden celebrar estas fechas tan importantes”, indicó.
El seremi destacó que esta campaña está informando sobre los feriados irrenunciables de los días 25 de diciembre y 1º de enero próximos, además en caso que el empleador no cumpla con la normativa, el trabajador puede dirigirse a alguna oficina de la Dirección del Trabajo en la región o a través de la página www.direcciondeltrabajo.cl, “es un llamado que hacemos al empresariado para que cumpla con estas obligaciones legales y además los trabajadores debe estar atentos para hacer las denuncias respectivas en la dirección de trabajo a modo de fiscalizar y aplicar las multas que correspondan”, manifestó Joaquín Bascuñán, Seremi del Trabajo.
Las multas a los que se arriesgan las empresas por no respetar la normativa es de diez (cerca de 407 mil pesos), 40 (un millón 600 mil pesos aprox.) y 60 (dos millones 446 mil pesos aprox.) UTM por empresa, dependiendo de si tiene entre uno y 49, 50 y 199 y 200 y más trabajadores, respectivamente, por exceder el máximo de 45 horas semanales de la jornada ordinaria legal o exceder el máximo de dos horas extras por día.
Respecto a no respetar el descanso del 25 de diciembre o el 1 de enero, las multas son de cinco (203 mil 860 pesos aprox.), diez (407 mil 720 pesos aprox.) y 20 (815 mil 440 aprox.) UTM por cada trabajador en infracción, dependiendo del número de trabajadores de la empresa, así lo manifestó la Directora regional del Trabajo, Maite Núñez, “por programa nosotros nos vamos a desplegar a nivel regional y vamos a verificar que efectivamente las jornadas de trabajo, en este caso los días previos a la navidad, a las 23 horas estén todos los locales comerciales cerrados, porque se arriesgan a multas que van desde las 10 hasta las 60 UTM”, enfatizó.
Derechos de trabajadores
-Finalmente, debe señalarse que los días 25 de diciembre y 1 de enero de cada año constituyen días de descanso irrenunciables para los trabajadores del comercio.
-El empleador se encuentra facultado para extender, en forma unilateral, la jornada de los trabajadores del comercio hasta en dos horas diarias durante 9 días, distribuidos en los 15 días previos al 25 de diciembre de cada año.
-No se podrá laborar más allá de las 23 horas durante los días comprendidos desde el 10 y hasta el 23 de diciembre de cada año, ni después de las 20 horas los días 24 y 31 de diciembre.
-Las horas que comprenda la extensión de jornada se pagarán como extraordinarias
-Los locales que sí podrán abrir son cines, restaurantes, farmacias de turno, bencineras, pubs y tiendas de conveniencia donde se elaboren alimentos que se consuman en el lugar.
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