· El aguinaldo se pagará antes de Fiestas Patrias y se incrementará en $8.295 por cada carga familiar que el beneficiario tenga acreditada al 31 de agosto de 2014.
El Seremi del Trabajo y Previsión Social, Joaquín Bascuñán junto a la directora regional del Instituto de Previsión Social, María Antonieta Faúndez, informaron que más de 119 mil pensionados recibirán el aguinaldo de Fiestas Patrias en la Araucanía .
El Seremi señaló que “para que los pensionados puedan pasar unas mejores fiestas, desde este lunes 1 de septiembre se comenzará a pagar el aguinaldo que este año asciende a $16.170, y que además se incrementará en $8.295 por cada carga familiar que el beneficiario tenga al 31 de agosto”.
Asimismo destacó que “el aguinaldo tiene un 3% de incremento en comparación al que fue entregado al año anterior, lo que significa que el Estado desembolsará un monto superior a los mil 999 millones de pesos en la región para materializar esta ayuda”.
Por su parte, la directora regional del IPS señaló que los favorecidos corresponden a los pensionados del Instituto de Previsión Social, del Instituto de Seguridad Laboral, de Dipreca y Capredena, de las Mutualidades de la Ley de Accidentes del Trabajo, y también a los pensionados del Sistema de AFP que perciban Aporte Previsional Solidario, que tengan alguna de estas calidades al 31 de agosto del año 2014”.
Además agregó que “todos los beneficiarios recibirán su aguinaldo antes de fiestas patrias, pues las fechas de pago fueron calendarizadas con ese objetivo y éstas están incluidas en la Liquidación de Pago Mensual de Septiembre, y sin necesidad de hacer ningún trámite adicional” aseguró, Faúndez.
Consideraciones Especiales.
Por otra parte, se aclaró que cada persona tiene derecho a sólo un Aguinaldo, aunque sea beneficiario de dos o más pensiones o beneficios, sean éstos pagados por el IPS o por las otras instituciones de Seguridad Social. Se señaló también que los pensionados de Orfandad que además tengan la calidad de Carga Familiar, recibirán Aguinaldo sólo en la calidad de Pensionado, y que quienes puedan impetrar el Aguinaldo como Trabajador, sólo podrán percibir en tal calidad el monto que exceda al que le corresponda como pensionado.
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