Ante la proximidad del 28 de agosto, plazo establecido para que los municipios cumplan con esta Ley, el interés de la Amra es aportar en la preparación de los municipios para mejorar su capacidad de respuesta frente a distintos requerimientos de información sobre la gestión municipal, mejorar indicadores de transparencia y aumentar nivel de satisfacción de la ciudadanía respecto de los servicios que los municipios entregan a la población.
La exposición estuvo a cargo del abogado municipalista, Sergio Núñez Barruel, profesional con vasta trayectoria y conocimiento de municipalismo quien señaló que “El principal fundamento de esta norma, es transparentar, publicitar para conocimiento público y generalizado las actividades de lobby que tengan los alcaldes, concejales, DOM y SECMUN, considerados en la Ley como "sujetos pasivos". Y esto lo hemos hecho en un lenguaje directo y adecuado, es decir, no se trata de una exposición que se hace solamente desde un pulpito como abogado, donde se hace una lectura neutral y abstracta sobre un conjunto de normas que son dictadas por el parlamento, sino que estamos tratando de dar sentido y aplicación práctica a esta normativa, sustentando esta presentación en mi experiencia de más de 15 años de trabajo en el ámbito municipal , conozco la cultura y arquitectura jurídica de los Municipios, lo que me permite dialogar de manera fluida y efectiva con los funcionarios municipales". y agregó "Estoy muy contento con este encuentro porque están prácticamente la totalidad de los municipios de la región y eso es tremendamente importante porque muchas veces los participantes de las capacitaciones no son necesariamente las personas que requieren tenerlas para el efecto de la implementación de estas leyes. Agradecer a la AMRA que de forma gratuita haya invitado a todas las comunas, lo que permite transferir conocimiento práctico y aportar a mejorar el desempeño y potenciar las capacidades de los funcionarios municipales, en particular de quienes tienen harta experiencia, como es el caso de los participantes de esta actividad”, precisó Sergio Núñez.
COMO OPERARÁ LA LEY DEL LOBBY EN LOS MUNICIPIOS
La ley establece dos tipos de sujetos pasivos que son las personas dentro del municipio que están obligadas a llevar registros públicos y que son fundamentalmente 3: un registro de las audiencias: vale decir, con quien me reúno para efectos de lobby: un registro de viajes: para dónde voy, cuánto cuesta y a qué voy; y un registro de donativos: qué regalo recibí,quién me lo dio y por qué me lo dieron. Estos 3 registros tienen que ser llevados en forma exhaustiva y la Contraloría General de la República (CGR) será el organismo facultado para fiscalizar en forma directa el cumplimiento dela Ley y aplicar las sanciones en forma directa a aquellos municipios que no cumplan sus disposiciones. Cabe destacar que el alcalde está facultado para incorporar a otros directivos como sujetos pasivos.
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