En dicho encuentro se leerá el decreto municipal, el cual dispone el izamiento del pabellón patrio en todos los edificios de servicios públicos de la comuna, como así centro educacionales, comerciales y particulares.
Según la ley 20.537 del 03 de octubre de 2011 del Ministerio de Defensa Nacional, el uso e izamiento del pabellón patrio establece –en su Artículo 2º–, que: “La Bandera Nacional podrá usarse o izarse sin autorización previa, cuidando siempre resguardar el respeto de la misma y de observar las disposiciones que reglamenten su uso o izamiento”.
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