Senador Tuma valoró aprobación de proyecto que perfecciona asignaciones y condiciones laborales en centros asistenciales: “Se está haciendo justicia con los funcionarios del sector salud de La Araucanía”

TUMALa iniciativa mejora sustantivamente las asignaciones de urgencia, de estímulo por experiencia y desempeño, bonificación a conductores que trasladan equipos de salud, por desarrollo y estímulo de desempeño colectivo, de acreditación de competencias, de turno, y de fortalecimiento de la autoridad sanitaria.

Como una gran noticia para las funcionarias y funcionarios del sector salud de La Araucanía y el país, catalogó el senador Eugenio Tuma, la aprobación del proyecto que establece perfeccionamientos en materias de asignaciones para los funcionarios del sector salud y delega facultades para la fijación de las plantas de personal de los Servicios de Salud y del Fondo Nacional de Salud (Fonasa).

“Este es uno de los proyectos más esperados por este importante gremio, de hecho hace un año se firmó un protocolo en este sentido y dentro de los puntos, quiero destacar la modificación de las plantas de personal, que permite formalizar una serie de derechos que tienen las personas que por años se han desempeñado en los servicios de salud pública”.

El proyecto de ley, según el legislador PPD de La Araucanía, tiene por objeto fortalecer el desarrollo del recurso humano en salud, mediante el mejoramiento de un conjunto de asignaciones que perciben los funcionarios de los Servicios de Salud y los funcionarios traspasados a la Subsecretaria de Salud, a través del reconocimiento de la labor que cada uno realiza en sus distintos ámbitos de acción.

Los alcances del proyecto

La iniciativa permitirá extender la asignación permanente de urgencia al personal del Sistema de Atención Médica de Urgencia (SAMU) y al personal de otras unidades homologables, definidas estas últimas cada tres 3 años, mediante resolución del Subsecretario de Redes Asistenciales, visada por la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda.

Aumenta de 30 a 39 años el tiempo contemplado para la contabilización de los trienios establecidos para el cálculo de la asignación de estímulo por experiencia y desempeño funcionario.

Permite que aquellos funcionarios que no hayan sido objeto de calificaciones en el período anterior, como consecuencia de licencias médicas por accidentes del trabajo o enfermedades profesionales, o a licencias médicas por enfermedad o accidente común, puedan acceder igualmente la asignación de estímulo por experiencia y desempeño.

Extiende la bonificación mensual que hoy perciben en los Servicios de Salud los conductores de ambulancia, a quienes se desempeñen cumpliendo funciones de conductor de equipos de salud, y se aumenta en 635 cupos el número de personas que podrán percibir la bonificación, dando con ello cobertura a 2.155 funcionarios.

Incrementa los porcentajes de cálculo de la asignación de desarrollo y estímulo al desempeño colectivo que corresponde a los funcionarios técnicos igualándolos a los funcionarios administrativos y auxiliares.

Perfecciona el procedimiento de acreditación de competencias para funcionarios de las plantas de técnicos, administrativos y auxiliares de los Servicios de Salud, modificando las ponderaciones de los factores a evaluar: capacitación (de 33% a 30%), experiencia calificada (de 33% a 40%) y calificación obtenida por el personal (de 34% a 30%).

Aumenta en 2% la base de cálculo de la asignación turno para el personal que labora efectiva y permanentemente en puestos de trabajo que requieren atención las 24 horas del día, durante todos los días del año, en sistema de turno integrado por 4 funcionarios.

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