El Ministerio de Hacienda incorporó nuevas medidas de índole tributarias, como parte de las iniciativas de apoyo a las Pymes y empresas afectadas por las crisis sanitaria y económica generadas por el Covid-19. Las medidas de carácter tributario son parte del Marco de Entendimiento por un Plan de Emergencia y Recuperación Económica alcanzado el 14 de junio entre el Gobierno, parlamentarios de Oficialismo y los principales partidos de la Oposición.
El Diario Oficial del viernes 3 de julio publicó un Decreto Supremo que amplía las medidas de liquidez implementadas por el Ejecutivo en el mes de marzo pasado, siendo el foco las empresas que han visto estos últimos meses afectadas su desarrollo económico.
El Ministro de Hacienda, Ignacio Briones, señaló, “las medidas tienen como objetivo inyectar liquidez a las Pymes y empresas, como además fomentar la reactivación de la economía del país, crear nuevos puestos de trabajo y apoyar a los emprendedores de Chile Necesitamos que todos los esfuerzos y las capacidades estén centradas en recuperar la economía y los puestos de trabajo”.
Las nuevas medidas tributarias del Decreto son las siguientes:
1. Ampliación de la suspensión de Pagos Provisionales Mensuales (PPM) al trimestre de julio, agosto y septiembre
El Decreto amplía la suspensión de PPM a los meses de julio, agosto y septiembre, para las todas las empresas que registren una caída de sus ingresos brutos igual o superior al 30% para el período enero-mayo 2020, respecto de igual período en 2019.
Los PPM son desembolsos mensuales que efectúan las empresas como adelanto del pago anual del impuesto de primera categoría.
2. Ampliación de la postergación de IVA para el trimestre de julio, agosto y septiembre
De la misma forma, el nuevo Decreto amplía la postergación de IVA a los meses de julio, agosto y septiembre, para las empresas cuyos ingresos anuales sean iguales o inferiores a 350.000 UF y siempre que hayan experimentado una caída de sus ventas igual o superior al 30% para el trimestre de abril-junio de 2020, respecto de igual período en 2019.
El IVA postergado se comenzará a pagar a partir de octubre de 2020, en 12 cuotas mensuales, iguales y sucesivas, en el caso de las Pymes; o seis cuotas mensuales, iguales y sucesivas, tratándose del resto de las empresas cuyos ingresos anuales no excedan de 350.000 UF. Las cuotas postergadas se pagarán sin intereses ni multas de ningún tipo.
Estas iniciativas se suman al proyecto de ley presentado la semana pasada en la Cámara de Diputados que incorpora cuatro medidas tributarias para la reactivación económica:
I. La rebaja de 25% a 12,5% del impuesto de primera categoría para pymes en los ejercicios 2020, 2021 y 2022;
II. La devolución del crédito fiscal por IVA generado entre en enero y mayo de 2020 por Pymes con caídas en ventas iguales o mayores a 30%;
III. La depreciación y amortización instantánea del 100% de las inversiones en bienes físicos del activo fijo (nuevos o importados) y en ciertos intangibles protegidos por ley (propiedad industrial, derechos de autor y nuevas variedades vegetales) que se realicen hasta el 31 de diciembre de 2022;
IV. La liberación de la contribución del 1% regional para proyectos que ingresen al SEIA hasta el 31 de diciembre de 2021.
El Seremi de Hacienda, Patrick Dungan enfatizó que “en este momento lo más crucial es trabajar para mejorar y recobrar a la economía, poder entregar las herramientas de apoyo adecuadas y con la máxima premura para todas las personas que lo están pasando mal. Las medidas tributarias recientemente implementadas ayudan a entregar liquidez y mueven positivamente a los sectores productivos”.
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