En la Región de La Araucanía, el Hospital es el principal establecimiento aprobado como prestador para la Ley Ricarte Soto, debido a la cantidad de patologías que cubre. Su objetivo es brindar protección financiera que garantiza tratamientos especiales y de alto costo a algunos pacientes con condiciones de salud definidas por Ley, según protocolos, tanto para el ámbito público como privado.
Más de 2 mil 500 han sido los usuarios ingresados a partir del año 2015 a la Ley Ricarte Soto del Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena, que llegó a su cifra máxima el año 2021 con más de 400 pacientes nuevos.
Actualmente, están bajo seguimiento y tratamiento mil 234 pacientes de los cuales 31 corresponden a bombas de insulina, 178 a artritis psoriásica, 87 con cáncer de mama y 61 con esclerosis múltiple, entre otras patologías y condiciones.
La Dra. Pía García Figueroa, neuróloga, jefa y gestora de la Unidad Ley Ricarte Soto del Hospital, explicó que cada médico que atiende a un paciente potencial para la esta Ley, debe postular su caso. “Somos uno de los hospitales públicos del país con mayor cantidad de beneficiarios en la LRS. Estamos acreditados en 24 de 27 patologías y algunas que nos faltan podrían estudiarse para ser postuladas a futuro. Nos destacamos porque hemos ido mejorando la comunicación y contamos con un registro clínico electrónico lo que brinda mejor coordinación. Además, nuestro sello es la fuerte coordinación con la atención primaria, para dar continuidad al proceso de atención al paciente y la formación continua de los profesionales de los distintos equipos”.
Agregó que “en este momento, a nivel nacional, hay 27 patologías que son cubiertas por esta ley. El médico debe elegir al paciente y definir en el centro de salud donde se atenderá. Una vez que aparece esta derivación a un centro, hecha vía plataforma, se hace la coordinación por parte de los gestores de la LRS”.
PROCEDIMIENTO
Según aclara la especialista, el médico tratante es el principal responsable de inscribir a un paciente para la LRS, quien puede acceder teniendo las previsiones de CAPREDENA, DIPRECA, ISAPRE o FONASA.
La Dra. García aclaró que los médicos del sector privado, ya sea con ejercicio libre de la profesión o pertenecientes a clínicas privadas, también pueden postular a los pacientes a la LRS, pero una vez confirmado el caso debe ser derivado para tratamiento y/o seguimiento en centros aprobados.
CALIDAD DE ATENCIÓN
Josué Bustamante, enfermero gestor de la Ley Ricarte Soto del Hospital, señaló que “el Hospital da cumplimiento a la LRS no tan solo en los tiempos que se establecen para la entrega de las garantías que benefician a los usuarios, sino también antes de la llegada a esta condición de beneficiario de la Ley, partiendo desde la calidad de atención que se les brinda a los pacientes por parte del personal, como las gestiones que se realizan en la Unidad y por los distintos profesionales involucrados, en el compromiso con la atención”.
El profesional recalcó que los usuarios se benefician gracias a la articulación del Hospital con otros prestadores, ya sea de carácter público como con instituciones de atención primaria, y otros establecimientos de alta complejidad, a través de acciones de difusión y de compromiso, de modo que la continuidad de los cuidados no se pierda para los usuarios que estén en el Hospital o, por su patología, en otro establecimiento de salud.
Finalmente, el Hospital coordina capacitaciones con proveedores, laboratorios y equipos de infusión domiciliaria para que los profesionales e involucrados en la red de atención del paciente puedan tener las mejores competencias de modo de brindar una atención integral, actualizada y de calidad.
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