Litio: a poner los ojos en los desafíos globales

Francisco Huenchumilla Jaramillo
Senador

El dominio “.cl” es la puerta de identidad de Chile en el mundo digital. En esos tres caracteres se resume buena parte del desenvolvimiento nacional en el mundo global. Es un “dominio” que refleja en la Web, o los correos electrónicos, la dirección en Chile de una persona o empresa. En lenguaje global, es un acceso a un emprendimiento.

Pero “dominio.cl” puede ser leído como el dominio estatal de cobre + litio, por cierto, como acrónimo, y no como símbolo químico.

Esta explicación sirve para alentar que la discusión actual sobre el litio mire más sus desafíos globales que sus fuentes de dominio. Propongo hacerlo en esta columna.

El litio aparece en nuestra legislación en el Código Minero de 1932, como una “sustancia de libre denunciabilidad”, con lo cual cualquier privado interesado podía constituir pertenencia minera sobre ella. La historia del dominio del litio comienza a cambiar con la creación de la Comisión Chilena de Energía Nuclear, en 1965 (Ley N° 16.319) que reservó para el Estado “los yacimientos de materiales atómicos naturales”, y entre cuales no estaba el litio; pero que se extendió bajo la idea ser un “material de interés nuclear”, cuestión precisada reglamentariamente en 1975. Ya en dictadura, el Decreto Ley 1.557 lo declaró como de “interés nuclear”; y el Decreto Ley 2.886, de 1979, lo sustrajo del régimen de libre apropiabilidad definitivamente. Sin embargo, respetó las pertenencias constituidas con anterioridad.

En paralelo, a nivel constitucional el Estado, primero con la Ley 17.450 (nacionalización del cobre) obtuvo el pleno dominio sobre todas las minas; y la Constitución de 1980 lo ratificó, reconociendo que el litio no era parte de las sustancias concesibles. 

Ese es nuestro dominio, pero es apenas eminente. Una síntesis de soberanía y propiedad, pero sin gestionarlo.

Y desde hace un tiempo, nos enfrentamos a un desafío mayor: el super ciclo del litio. El Fisco recibió ingresos superlativos por la negociación de la Corfo de 2017. Pero ahora queda pararlo como industria mundial, en la que nuestro país ha perdido terreno. 

Hay dos maneras de asumir el desafío. Una, bajo la dialéctica antigua Estado vs. Mercado como oposiciones irreconciliables. Es el eje que utilizó el presidente de los empresarios al sostener que los anuncios del Presidente Boric “estatizaban” o “nacionalizaban” el litio. Por cierto, nadie nacionaliza lo que ya posee. Pero, por otro lado, los anuncios del Presidente Boric se sostienen en los dominios de las pertenencias anteriores a 1979. La Corfo tiene prácticamente el 55% de la superficie del Salar de Atacama. Codelco tiene el 100% del Salar de Pedernales, y el 18% del Salar de Maricunga. Enami tiene el 4% del Salar de Aguilar y, finalmente, tres privados tienen el 25% del Salar de Maricunga. Entonces, los anuncios se hacen bajo el prisma estatal de rentar fondos públicos.

Pero hay otra manera de hacer las cosas. El litio puede ser el primer emprendimiento bajo un Estado Social y Democrático de Derecho, ESDD (art. 154.4 de la Constitución). Uno que, sostenido en la historia estatal de dominio del litio, pluralice sin ambigüedades todas las vías públicas y privadas para utilizar el superciclo del litio, como un mineral de transición en la espera de la democratización y estabilización del hidrógeno. Pero una explotación que tenga un sentido que produzca algo más que fondos estatales. Deben ser reaseguros de saltos tecnológicos y provisiones sociales estables para el futuro.

El ESDD facilita y promueve la empresa, pero le da un horizonte social a las mismas, lo que profundiza en finalidades humanas los valores que deben caracterizar al país; el litio, siguiendo a Acemoglu y Robinson (“¿Por qué fracasan los países?”), es algo más que riqueza. Es una demostración de cómo puede funcionar una institucionalidad fuerte, creativa e inteligente.

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