La ministra en visita para causas de Derechos Humanos de Santiago, Paola Plaza, condenó este lunes al exbrigadier Miguel Krassnoff Marchenko a 20 años de cárcel efectiva por los delitos de secuestro calificado, sustracción de menores y torturas cometidos en 1974, cuando encabezaba la “Brigada Halcón” de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA).
El fallo judicial —de más de 170 páginas— aborda los crímenes perpetrados contra 15 víctimas, entre ellas periodistas, quienes fueron ilegalmente detenidos, torturados y mantenidos como prisioneros políticos en el cuartel clandestino de Londres 38, en pleno centro de Santiago.
“Los elementos de la investigación permiten establecer que Krassnoff Marchenko tiene participación en calidad de autor ejecutor en los secuestros calificados de los periodistas Mario Aguilera Salazar, Osvaldo Zamorano Silva, Viola Todorovic Gallo, Silvia Vergara Rifo, Fredy Salgado Urriola, René Altamirano Cornejo, Óscar Troncoso Muñoz, Atenas Caballero Nadeau, Juan Carlos Caballero Nadeau, Samuel Houston Dreckmann, René Lizama Lira, Mario Artigas Contreras y Blanca Bustos Reyes”, señala la resolución.
Asimismo, el fallo acredita la sustracción de menores de Mónica Alvarado Inostroza y Hugo Chacaltana Silva, ambos víctimas del accionar de la DINA entre enero y septiembre de 1974.
“Algunas víctimas pudieron reconocer directamente a Krassnoff Marchenko como la persona que las tomó detenidas o quien les infringió torturas”, consigna la ministra Plaza, quien precisó que la prueba rendida “resulta suficiente para tener acreditado que, en su calidad de jefe de la Agrupación Halcón, participó como autor ejecutor en los interrogatorios con actos de violencia física y psicológica”.
Junto a Krassnoff, la jueza condenó al exagente Nelson Paz Bustamante a 5 años y un día de prisión por su participación en los mismos delitos, aunque con menor grado de responsabilidad.
En el ámbito civil, el fallo ordena al Fisco de Chile indemnizar a 11 víctimas con montos que van entre $50 y $75 millones, sumando más de $700 millones en reparaciones por las secuelas físicas y psicológicas provocadas por las torturas.
La magistrada rechazó las alegaciones de las defensas respecto de la aplicación de la Ley de Amnistía o la prescripción penal, recordando que los hechos son considerados delitos de lesa humanidad y, por tanto, imprescriptibles.
“La Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el caso Vera González v/s Fisco de Chile, estableció que no corresponde aplicar la media prescripción, incluso con el paso de más de cinco décadas, dado que estos delitos deben considerarse imprescriptibles”, recordó la jueza.
Con esta resolución, Miguel Krassnoff Marchenko acumula ya más de mil años de penas efectivas por crímenes de lesa humanidad cometidos durante la dictadura. La defensa del exoficial podrá recurrir ante la Corte de Apelaciones de Santiago y, en última instancia, ante la Sala Penal de la Corte Suprema.
Fuente: Estapasando.cl
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