El tribunal acreditó que el acusado apuñaló reiteradamente a la víctima en la vía pública, provocándole la muerte en el lugar. Deberá cumplir la pena en forma efectiva y será incorporado al registro nacional de ADN de condenados.
Una violenta escena ocurrida en plena vía pública de Temuco terminó con una condena de 10 años y un día de presidio efectivo para Juan Carlos Millahueque Villagrán, declarado autor del delito consumado de homicidio simple.
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco dictó el fallo en forma unánime (causa rol 67-2025), estableciendo que el acusado dio muerte a la víctima la madrugada del 2 de julio de 2024, en la intersección de avenida Balmaceda con Aníbal Pinto.
De acuerdo con lo acreditado en juicio, alrededor de las tres de la madrugada, Millahueque Villagrán apuñaló a la víctima en diferentes partes del cuerpo, provocándole la muerte en el mismo lugar. La causa del fallecimiento fue un traumatismo torácico complicado, producto de múltiples heridas penetrantes que lesionaron el corazón y el pulmón.
Condena efectiva y registro de ADN
El tribunal, integrado por las magistradas Cecilia Subiabre Tapia (presidenta), Patricia Abollado Vivanco y el magistrado José Ignacio Rau Atria (redactor), impuso además las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, junto con la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.
Asimismo, una vez que el fallo quede ejecutoriado, se ordenó la toma de muestras biológicas del condenado para determinar su huella genética e incorporarlo al Registro Nacional de ADN de Condenados.
Fundamentos de la sentencia
La resolución señala que el delito de homicidio, contemplado en el artículo 391 del Código Penal, contempla una pena de presidio mayor en su grado medio. En este caso, el tribunal consideró la concurrencia de una sola circunstancia atenuante a favor del acusado y no se acreditó una mayor extensión del daño más allá de la propia consecuencia homicida.
Por ello, la sanción fue fijada en el mínimo del rango permitido por la ley, estimando el tribunal que la pena impuesta resulta proporcional a la gravedad del hecho.
El crimen, ocurrido en uno de los principales ejes de la ciudad y en horario nocturno, vuelve a poner en evidencia la crudeza de la violencia en espacios públicos y deja una condena que deberá cumplirse de manera efectiva tras las rejas.
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