Este martes 7 de octubre se abrieron por segunda vez en 2014, las postulaciones para optar a un subsidio de arriendo, programa dirigido a familias jóvenes, en situación de vulnerabilidad o emergentes, que viven allegadas en casa de familiares o en condición de arrendatarios.
Según informó la Seremi de Vivienda, Romina Tuma Zeidán, La Araucanía contará con 355 cupos para el segundo llamado a postulación al subsidio de arriendo, el que inició el 7 de octubre y finaliza el 28 de noviembre.
“Este subsidio, brindando la posibilidad, a familias jóvenes, con hijos pequeños, que están recién comenzando una vida familiar, de contar con un apoyo para independizarse. Éste se entrega por 5 años y durante ese tiempo, se busca generar en estos jóvenes la conciencia y la costumbre del ahorro, para que paralelamente puedan optar a algún otro programa de subsidio para la vivienda definitiva”, explicó la autoridad regional.
Cómo postular
Quienes postulen deben tener entre 18 y 30 años, con un puntaje inferior a los 13.484 puntos, en la Ficha de Protección Social. Deben tener, al menos un hijo y/o una pareja, contar con un ingreso mínimo de 7 UF y máximo 25 UF, y acreditar un ahorro de al menos 4 UF.
La vivienda a arrendar debe contar con al menos tres recintos: dormitorio, baño y estar-comedor-cocina; además de no tener una demolición en proceso, embargo o prohibición de arriendo, no ser la que habitaba la familia estando allegada y resguardar que no provoque hacinamiento.
La postulación se podrá hacer desde el 7 de octubre en www.subsidiodearriendo.cl o en las oficinas del Serviu (O’Higgins 830) o Seremi de Vivienda (Prat 834). Los beneficiarios tendrán hasta 12 meses para presentar el contrato de arriendo, el que no debe superar los $200 mil al mes.
La familia que obtenga el subsidio deberá buscar una vivienda que cumpla con las características exigidas, obtener en www.minvu.cl el contrato de arriendo tipo, firmarlo ante notario junto al dueño de la vivienda y luego validarlo en SERVIU. El Minvu pagará el subsidio directamente al dueño de la casa y el arrendatario deberá realizar su copago a través de una Caja Vecina o un ServiEstado.
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