El Juzgado de Garantía de Temuco condenó hoy –martes 25 de octubre– a Lorenzo Andrés Lovera Seguel a 61 días de presidio, con el beneficio de la remisión condicional de la pena, en calidad de autor del delito consumado de injurias, Ilícito perpetrado el 4 y 5 de diciembre de 2015, en sendas publicaciones impresas de El Diario Austral de La Araucanía.
En el fallo (causa rol 449-2016), dictado en juicio oral simplificado por la magistrada María Teresa Villagrán, se impuso, además, al periodista la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, el pago de una multa de 11 UTM (unidad tributaria mensual), y «con expresa condenación en costas».
«Reuniéndose los requisitos de los artículos 3, 4 y 5 de la Ley 18.218, modificada por la Ley 20.603, se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta al sentenciado por la de REMISIÓN CONDICIONAL de la misma, quedando éste sujeto al control administrativo y a la Asistencia de Gendarmería de Chile, por el término de UN AÑO», sostiene la resolución.
Delito que quedó establecido en la edición de El Diario Austral de La Araucanía del 4 de diciembre de 2015, página 6, sección Actualidad, en la que «el querellado publica un artículo que titula ‘Jefe de Gabinete de la Intendencia aparece ligado a una falsificación’ y debajo de dicho titular remarca, como antecedente, que en la investigación: «Oscar Aroca fue declarado muerto por la PDI».
En el desarrollo del artículo, «en síntesis, el querellado expone que por sentencia de fecha 16 de marzo de 2012, dictada por la Juez Titular del Juzgado de Garantía de Temuco, doña Luz Mónica Arancibia, se sindica al hoy Jefe de Gabinete de la Intendencia, Oscar Orlando Aroca Méndez, como el autor de la confección de un documento falso tras ser indagado por la PDI, agregando que en esa fecha estaba fallecido. Más adelante explica que la referida sentencia se dictó a propósito de una investigación llevada por el Ministerio Público de Temuco en contra de don Víctor Hugo Coliñir Coliñir, quien en definitiva resultó condenado como autor del delito de uso malicioso de instrumento público falsificado, resolución que agrega que el autor de la confección del documento, Oscar Orlando Aroca Méndez, a la fecha se encuentra fallecido».
Tras hacer referencia en la publicación a declaraciones prestadas en la investigación y, aclarar que en definitiva la persona fallecida no era Óscar Orlando Aroca Méndez, sino que su primo Fabián Méndez Parra, el periodista afirma que: «El jefe de gabinete del Intendente mantiene desde hace años una relación con una funcionaria de la PDI, lo que ha generado especulaciones respecto a que es precisamente un informe de esa institución policial que declara a Aroca fallecido, haciendo imposible que fuese citado por la Fiscalía para declarar en el proceso, que según la sentencia fue indagado por el fiscal Miguel Ángel Velásquez».
«Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 297 y 340 del Código Procesal Penal, considerando la prueba rendida en el juicio, analizada y valorada, ha logrado formar en este Tribunal la convicción, más allá de toda duda razonable que los hechos referidos al querellado, antes descritos, constituyen el delito de injurias graves previsto y sancionado en el artículo 417 N° 3, 4 y 5 del Código Penal, en grado de consumado y en el cual se atribuye a éste participación de autor».
Fuente: Poder Judicial
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