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Caso Catrillanca: Top de Angol decreta nueva fecha para retomar juicio oral por emergencia sanitaria

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Angol reprogramó la continuación del juicio oral en contra de siete funcionarios de Carabineros y un abogado de la institución policial, acusados por el Ministerio Público como autores de los delitos de homicidio consumado del joven comunero mapuche Camilo Catrillanca Marín; homicidio frustrado y apremios ilegítimos del menor de edad M.A.P.C., obstrucción a la investigación, falsificación de instrumento público, infidelidad en la custodia de documentos y prevaricación. Ilícitos perpetrados en noviembre de 2018, en la comuna de Ercilla.

En la audiencia de cambio de fecha (causa rol 80-2019), realizada por videoconferencia,  el tribunal –integrado por los magistrados Alfredo Cox Castro (presidente), Francisco Boero Villagrán (redactor) y Solange Sufán Arias– consideró la situación de anormalidad por la pandemia del covid-19, la ampliación del estado de excepción, la agenda de trabajo del tribunal, la falta de un acuerdo de parte de los intervinientes para el desarrollo de la audiencia; decisión que consideró, además, las recomendaciones formuladas por la Corte Suprema y la Corte de Apelaciones de Temuco sobre la materia, por lo que resolvió que el juicio se retomará a las 9 horas del martes 27 de octubre próximo.

«Conformarán la sala única del Tribunal Oral, don ALFREDO COX CASTRO, en calidad de presidente, don FRANCISCO BOERO VILLAGRÁN, quien redactará la sentencia que se dicte en su oportunidad e integrará la sala, doña SOLANGE SUFÁN ARIAS, jueces titulares del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Angol. Notifíquese a los acusados, cítese a los testigos y peritos, a través de la parte que los presenta, conforme lo dispone el artículo 28 del Código Procesal Penal, para que comparezcan a la audiencia de juicio oral, fijado para el día 27 de octubre de 2020, a las 09:00 horas, en este Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Angol, ubicado en calle 18 de Septiembre N° 425, 2º piso, bajo los apercibimientos legales de los artículos 33 inciso 2º, 298 y 299 ambos del Código Procesal Penal», dispone la resolución.

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