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Ley Cenabast: precios de medicamentos tendrán una baja de hasta un 70%

Como una noticia que beneficiará a quienes más lo necesitan, calificaron las seremis de Gobierno, Pía Bersezio y Salud, Katía Guzmán la promulgación por parte del Presidente Piñera de la Ley Cenabast (Central Nacional de Abastecimiento) que amplía las facultades de este servicio para que intermedie en la compra de medicamentos para las farmacias privadas y almacenes farmacéuticos. La medida que es parte de la Agenda Social, permitirá bajar hasta en un 70% los precios de los medicamentos. La nueva normativa entrará en vigencia el próximo 6 de abril.

“Aplaudo esta medida porque es un gran paso en materia de salud en nuestro país. Una medida inserta dentro de la Agenda Social del gobierno del Presidente Piñera, que sin duda será una gran ayuda para toda la población chilena, especialmente para nuestros adultos mayores, donde en muchos casos destinan gran parte de sus pensiones en medicamentos excesivamente caros. Por ejemplo actualmente el Metformina, cuyo valor en una farmacia alcanza un valor de $10.900 aproximado, con la aprobación de la Ley, en farmacias independientes tendrá un valor de $3.820”, Explicó la vocera de Gobierno de La Araucanía, Pía Bersezio.

Por su parte la seremi de Salud, Katía Guzmán aseguró que “con la promulgación de la Ley de intermediación de Cenabast que entra en vigencia el 6 de abril, las personas que acudan a farmacias independientes, podrán comprar sus medicamentos a un precio mucho más barato que hoy. Esto beneficiará a los adultos mayores, a pacientes crónicos, pero también a la población con mayor vulnerabilidad, quienes son una prioridad en las políticas de Estado implementadas por el Presidente Sebastián Piñera”.

La medida tiene como objetivo generar un escenario más competitivo en materia de precios y acceso a medicamentos, permitiendo por primera vez que las pequeñas farmacias y almacenes farmacéuticos adquieran remedios a través del sistema de compra que realiza Cenabast, a fin de lograr precios más económicos.

Ya promulgada la Ley, existe un plazo de 90 días para su entrada en vigencia, la que se aplicará de manera gradual. Primero las farmacias independientes (de barrios) y almacenes farmacéuticos.

En tanto un año después de promulgada la iniciativa, será el turno de las cadenas regionales o macrozonales y 2 años después, las farmacias de cadena.

Las farmacias o almacenes farmacéuticos interesados en la intermediación Cenabast deberán presentar la solicitud correspondiente al organismo, que evaluará si es que cumplen con los requisitos.

Para identificar los establecimientos que utilicen este mecanismo se utilizarán un sello “ruta amarilla de Cenabast”. En tanto, la fiscalización y sanción será efectuada por el Instituto de Salud Pública (ISP).

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