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Por 30 años SAG mantiene prohibición de caza o captura de fauna silvestre en “Lago Budi – Lafkenmapu y áreas adyacentes”

La protección que rige desde el año 1992, convirtió al “Lago Budi Lafkenmapu y sus áreas adyacentes”, en la primera zona prohibida de caza que se estableció en el país y gracias a este decreto, que se renovó el 2002 por primera vez y posteriormente el año 2012, se ha resguardado preservado y acrecentado la avifauna del lugar demostrando ser un importante beneficio en términos de la mantención de la diversidad biológica del sector, dando potencial desarrollo al sector turístico y de observación de naturaleza en Región de La Araucanía.

El área protegida cubre una superficie aproximada de 100.900 hectáreas que incluyen importantes humedales como el Lago Budi, único lago de agua salobre de Chile, río Imperial, río Moncul, vegas de Moncul y río Queule.

El Encargado Regional de Programa de Recursos Naturales Renovables del SAG, Renato Arce, precisó que la labor del SAG es fiscalizar que no se transgreda la prohibición de caza en la zona y según la Ley de Caza 19.473 estas funciones de control también pueden ser ejercidas por Carabineros de Chile, autoridad marítima e inspectores/as ad honorem de caza autorizados por el SAG.

El director (s) del SAG Araucanía, Francisco Castillo destacó que en sus inicios esta medida fue una imposición del Servicio con el fin de proteger las especies silvestres que habitaban este lugar. “Hoy gracias al apoyo de la comunidad, de los alcaldes de las comunas de Carahue, Saavedra, Teodoro Schmidt y Toltén, comunidades indígenas, establecimientos educacionales, sociedades agrícolas, entre otros organismos, que existen dentro del área protegida, esta medida se ha convertido prácticamente en un requerimiento ya que son ellos quienes han solicitado y apoyado la continuidad de la prohibición de caza en el sector por un período de 30 años”, explicó Castillo.

Cabe señalar que las áreas con prohibición de caza son sectores donde la diversidad o la presencia de especies protegidas pueden ser alteradas por esta práctica y, generalmente, son sitios importantes a nivel regional en términos de diversidad de fauna silvestre. El establecimiento de estas zonas debe contar con el apoyo de las comunidades, municipios locales y organizaciones. Estas zonas también cumplen con convenios internacionales que ha suscrito Chile para la protección de especies, tales como la Convención de Especies Migratorias (Convención de Bonn), Convención Relativa a los Humedales de Importancia Internacional, tales como Hábitat de Especies de Aves Acuáticas (Convención de RAMSAR) y Convenio de la Diversidad Biológica, entre otros.

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