El senador (RN) José García Ruminot valoró la aprobación en general, con 27 votos a favor, 3 en contra y 6 abstenciones, del proyecto de ley que modifica el plazo para el reintegro parcial del impuesto específico al petróleo diesel para las empresas del transporte de carga.
El legislador por la Araucanía Sur destacó que “esta iniciativa legal surge fruto de un acuerdo al que llega el Ministro de Hacienda, Felipe Larraín con la Confederación de dueños de camiones”. García Ruminot añadió que “si el proyecto no era aprobado se vuelve a la norma de carácter general, es decir, en lugar de recuperar, escalonadamente, entre un 80% los más pequeños y aproximadamente un 30% los más grandes, todos tendrían un recupero igualitario del 25%”, lo que a juicio del senador es “injusto, particularmente para quienes son dueños de 1, 2 ó 3 camiones, es decir, de los más pequeños”.
En esa misma línea, el parlamentario de la Región de la Araucanía Sur dijo que “aquí es cuando nosotros tenemos que hacer realidad, nuestro permanente discurso a favor de las Pymes; aquí la gran mayoría de los camioneros son pymes y por lo tanto, tenemos que dejar que puedan recuperar el 80% del impuesto específico al diesel, en lugar del 25%, norma que actualmente está vigente”.
Con respecto a la vigencia de dicho régimen de reintegro que el Gobierno propuso extenderla en 31 meses, hasta el 30 de junio del 2014, el parlamentario sostuvo “que otra virtud que tenía este proyecto era precisamente dar un horizonte de tranquilidad y de que las reglas del juego se iban a mantener estable hasta junio del año 2014, esa estabilidad se pierde con la indicación que fue aprobada en la sala”. Asimismo recordó que “precisamente una de las demandas del gremio es tener estabilidad en las reglas del juego, por ejemplo que no haya cambio en el petróleo del diesel todas las semanas.
Cabe destacar que la indicación aprobada posterga entre el 1 de diciembre de 2011 y el 31 de diciembre de 2012 la vigencia de dicho régimen de reintegro, que expiró el pasado 30 de noviembre. Es decir, a contar del día 1 de diciembre del año 2011 y hasta el 31 de diciembre de 2012, las empresas de transporte de carga podrán acceder, mensualmente, a una recuperación según una tabla por ventas anuales.
Consignar que el proyecto establece que las empresas con ventas anuales inferiores o iguales a las 2.400 Unidades de Fomento, recuperarán un 80% del impuesto soportado; las que tengan ventas entre las 2.400 y las 6.000 Unidades de Fomento, accederán a una tasa de reintegro de 70%; y aquellas empresas con ventas superiores a 6.000 e inferiores a 15.000 Unidades de Fomento, tendrán una tasa de reintegro de 52,5%, siendo esta misma de 31% para aquellas empresas con ventas superiores a las 15.000 Unidades de Fomento.
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