El senador Alberto Espina, patrocinaste de la ley, comenta que “se establece sanción de cárcel y multas muy altas para delitos que son de los más graves que existen en nuestro país, porque fundamentalmente quien se colude lo hace en un acto de cobardía enorme, ya que los consumidores no tienen cómo realmente descubrir que las empresas se han coludido. Por lo tanto, actualizar nuestra legislación al punto que se establezca una pena de cárcel para quienes se coluden, con altas multas y el derecho de los ciudadanos de ser indemnizados. Creo que es un avance enorme en la legislación”.
Durante la tramitación de la ley una de las artistas en el debate fue si la acción penal podría ser ejercida por el Ministerio Publico de oficio, o bien, si finalmente se continuaba con la atribución exclusiva de la Fiscalía Nacional Económica (FNE) para ejercer las acciones penales.
El parlamentario aseguró que expresó su voluntad por que la acción penal pudiese haber sido ejercida por el Ministerio Publico, sin necesidad que se requiera primero de la Fiscalía Nacional Económica, “expresé mi voto de minoría”, dijo.
Finalmente, Espina consideró el hecho como “una advertencia para los que en un futuro pretendan cometer este tipo de delitos”, ya que las penas pueden llegar a los 10 años de cárcel y “las multas son enormes, mucho más grandes que las existían anteriormente”.
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