Categorías: Política y Economía

Senador Quintana celebra que ya es ley la normativa que regula los cuarteles de Bomberos

El parlamentario de La Araucanía, quien presentó la moción en el Senado, informó que la “Ley del mono para Bomberos” se publicó el 15 de septiembre en el Diario Oficial.

Como “una gran noticia para todos los Bomberos de Chile” calificó el senador por La Araucanía, Jaime Quintana, la publicación de la ley 21.031 en el Diario Oficial el día 15 de septiembre, que establece un procedimiento simplificado para la regularización de edificaciones de Bomberos. La normativa es llamada coloquialmente «Ley del mono» por la institución, en alusión a la normativa sobre viviendas sociales.

En esa línea, el senador Quintana, quien presentara la moción en el Senado para legislar al respecto, señaló que “Bomberos de Chile es acaso la institución más señera y de reconocida dedicación al servicio público chileno, donde su base ética y compromiso moral, constituyen los pilares fundamentales de su existencia”.

Asimismo, el parlamentario enfatizó en que “no podíamos fallarle a Bomberos. Se trata de un institución querida y respetada, no sólo por el servicio permanente que prestan a la comunidad, sino porque su labor la realizan sin esperar contraprestación alguna a cambio, exponiendo su vida, arriesgando su integridad física y psíquica, sólo motivados por ayudar”.

Igualmente, Quintana expuso que “la llamada “ley del mono para bomberos”, sin duda viene a hacer justicia con una institución muy valorada por los chilenos, pero que ha quedado postergada en las anteriores leyes de regularización”.

El legislador, además aseguró que “toda contribución para poder hacer más fácil y expedita la labor que realiza Bomberos en nuestro país será bienvenida. Necesitamos organizarnos y levantar propuestas para contribuir en algo a la importante misión de salvar vidas y patrimonio que realizan los voluntarios. Este es un gran paso en esa dirección.

Finalmente,  el senador por La Araucanía Jaime Quintana, destacó que los Bomberos podrán someterse dentro del plazo de cinco años, a partir de la publicación de esta ley, a las normas de la referida “ley del mono”, sin que se les aplique los topes de metraje para que puedan regularizar su infraestructura que están en las condiciones previstas por la ley.

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