Por otra parte, importante es señalar que según lo establecido en el artículo N°1 de la Ordenanza Ambiental de Villarrica, está prohibido arrojar toda clase de desechos en las riberas de cuerpos de agua naturales, materia que se ha visto reforzada con la reciente inclusión en el Código Penal de la “…prohibición de arrojar residuos en las Playas, numeral 3 artículo 494”.
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