Categorías: Política y Economía

Quintana impulsa reforma constitucional para que el Presidente y el Congreso Pleno puedan convocar a plebiscitos vinculantes

La propuesta de Ley presentada en Sala por el senador de La Araucanía y presidente de la Cámara Alta, Jaime Quintana junto a parlamentarias de oposición, iniciará su discusión en la Comisión de Constitución.

El senador de La Araucanía y presidente de la Cámara Alta, Jaime Quintana, junto a los senadores Guido Girardi, Alfonso De Urresti, Felipe Harboe y Francisco Huenchumilla, presentaron un proyecto de reforma constitucional que permite al Presidente de La República y al Congreso Pleno, convocar a plebiscitos generales vinculantes, en el contexto de la “grave y delicada crisis social” que vive nuestro país, según manifiesta el boletín informado en la Sala.

La reforma, que requiere un quórum de 3/5 para aprobarse, a diferencia de otros proyectos que están en discusión y necesitan 2/3 de los votos, fue impulsada porque habilitará al gobierno y al Congreso pleno, es decir, Cámara de Diputados y Senado, para convocar a plebiscitos en materias de interés nacional.

Al respecto, el presidente del Senado, Jaime Quintana, expresó que “la discusión constituyente es una realidad nacional que también está radicada en el Congreso, y el Senado va a jugar un papel en ello; por eso hemos presentado este proyecto, para que tanto el Presidente de la República como el Congreso Pleno, puedan convocar a plebiscitos vinculantes”.

En la misma línea, el senador de La Araucanía explicó que “fue algo que le planteamos al presidente Sebastián Piñera hace siete meses atrás, porque tenemos la convicción de que nuestro país quiere una nueva constitución, legitimada y nacida en democracia”.

Actualmente, el Congreso no puede llamar a un plebiscito aunque el Presidente de la República estuviera dispuesto a ello, para preguntar a la ciudadanía si quiere una nueva Constitución o no; el Art. 15, inciso 2° de la Constitución establece que “sólo podrá convocarse a votación popular para las elecciones y plebiscitos expresamente previstos en esta Constitución”, y ésta a su vez, a parte de los plebiscitos comunales, sólo considera, en su artículo 128, la hipótesis plebiscitaria dentro del proceso de formación de la ley, cuando un proyecto es vetado por el Presidente de La República y el Congreso insiste. Sólo así surge la opción del plebiscito, siempre que el Presidente de La República optara por consultar a la ciudadanía.

El texto presentado e impulsado por el senador de La Araucanía y presidente de la Cámara Alta, Jaime Quintana, da cuenta del momento actual que vive el país y señala que “el reclamo social, como se ha leído en miles de pancartas, no es por los 30 pesos del aumento de pasaje de metro, ni por el polinomio que muy pocos entienden, ni porque se le otorgue o no al Presidente de La República la facultad de congelar un alza. El reclamo tiene que ver con el orden constitucional que no le permite al Estado prestar directamente el servicio de transporte, porque existe el principio de subsidiaridad establecido en la Constitución, y entonces hay que pagarle a un privado para que lo preste, y además subsidiarlo para que obtenga utilidades por prestar el servicio, y este principio de subsidiaridad, que permite este y otros cientos de casos absurdos, es el que ha imperado en los últimos 30 años”.

A juicio del senador Jaime Quintana, esta situación ha ido “acrecentado las desigualdades y permitiendo los abusos”.

Por otra parte, el texto agrega que  “esta propuesta se hace considerando muy especialmente que la soberanía reside en la nación, y que sus circunstanciales representantes lejos de ser un obstáculo a las legítimas demandas sociales, debemos ver la manera de encausar y permitir el debate que, en último termino, nos permita escribir en conjunto un nuevo y necesario pacto social.”

prensa

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