El recurso, dirigido contra la Municipalidad de Temuco, el Servicio de Vivienda y Urbanización de La Araucanía y la Constructora LN SPA, se basa en el artículo 19 N° 8 de la Constitución Política de la República, que establece la obligación del Estado de proteger el medio ambiente, así como en el Acuerdo de Escazú y otras regulaciones locales. La Corte de Apelaciones declaró la presentación admisible el 4 de abril de 2024, y la aceptó a tramitación. Además, en respuesta a la solicitud de los vecinos, fue resuelta favorablemente una orden de no innovar, que prohíbe la tala, corte y extracción de árboles en el área del proyecto mientras se revisa la acción cautelar que tiene por objeto proteger derechos fundamentales frente a posibles “privaciones, perturbaciones o amenazas” de los mismos.
Actualización 25/06/2024: el recurso de protección aún no está en tabla en la Corte.
Recurso Protección N° 2335-2024
Llevar las finanzas del hogar es una gran forma de aumentar la capacidad de ahorro.…
· La iniciativa busca que la ciudadanía, especialmente las mujeres, conozcan la ley Integral para…
Dirección Regional del Trabajo y Universidad Arturo Prat pusieron en marcha una estrategia preventiva comunal…
Propuso que se organice un sistema que permita identificar quiénes están autorizados para trasladar animales…
El parlamentario se reunió en Victoria con el gremio de agricultores de Malleco.Hasta la provincia…
Con una inversión que supera los $100 mil millones y la participación activa de la…