Categorías: Actualidad

PDI detuvo a hombre por uso ilícito del fuego: quema no autorizada se expandió

Detectives de la Brigada Investigadora de Delitos Contra el Medio Ambiente y Patrimonio Cultural (BIDEMA) Temuco detuvieron a un hombre por el delito de uso ilícito del fuego, tras realizar una quema no autorizada en un sector de Labranza.

El subprefecto Rodrigo Espinoza, jefe subrogante de la Bidema Temuco, comentó que, “a solicitud verbal del fiscal de turno se con curre a la localidad de Labranza (sector Rengalil) donde se gestó un procedimiento flagrante por el delito de uso ilícito del fuego”.

El jefe subrogante de la Bidema, indicó que, el imputado realizaba faena de quemas de desechos arbustivos y basura dentro de su predio haciendo caso omiso a la actual prohibición de quemas existente en la región de La Araucanía decretada por CONAF.

El detenido fue puesto a disposición del Ministerio Público, donde el fiscal de turno instruyó que pasara a control de detención el día 5 de febrero.

Condenas y multas

En febrero del 2013 se modificaron las sanciones de la Ley de Bosques, Ley 20.653, para el uso ilegal del fuego sin ocasionar un incendio u ocasionándolo, como también por causar un siniestro por imprudencia o negligencia, agregando sanciones al uso de fuego en Áreas Silvestres Protegidas (ASP), que terminen en incendio o que sean ocasionados fuera y que se propaguen hacia ella.

Si una persona realiza una quema ilegal, sin ocasionar incendio se expone en sus grados mínimo y medio a penas de presidio menor de entre 61 días y 3 años, más una multa de 11 a 50 UTM.

En el caso de que la quema ilegal o que una persona por imprudencia o negligencia ocasione un incendio, la condena a la que se expone es presidio menor en sus grados medio y máximo de entre 541 días a 5 años más una multa de entre 50 a 150 UTM.

En el caso de usar fuego en espacios no permitidos de ASP, sin ocasionar un incendio, la persona se expone a un presidio menor en su grado mínimo a medio de 61 días a 3 años y una multa de 11 a 50 UTM. Situación que se agrava si se produce efectivamente el incendio en el área protegida, que puede ser un parque, reserva o monumento natural, o se propague hacia ella. Donde las penas bordean los 3 años y un día a 5 años, más una multa de 100 a 200 UTM.

Si el delito incluye pruebas que comprueben la premeditación del delito arriesga penas entre los 5 y los 20 años de cárcel.

Imagen: Referencial

Editor

Entradas recientes

¡Palabras que juegan! Araucanía en 100 palabras celebra el día de la niñez con talleres mágicos en librería Piuke

Un viaje de papel e imaginación: niños y familias crearán los clásicos muñecos de papel…

2 horas hace

Municipio de Cholchol impulsa proyecto para mejorar y ampliar terminal de buses de la comuna

La iniciativa contempla una serie de mejoras integrales, incluyendo la renovación de la infraestructura, habilitación…

3 horas hace

116 mil personas fueron beneficiadas por el SENCE en La Araucanía durante 2024

Un total de 116.742 personas, de las cuales un 59% son mujeres y un 41%…

3 horas hace

Aguas Araucanía ejecutará renovación de redes de alcantarillado por más $ 5 mil millones

La sanitaria destacó que serán 18 las comunas de la Araucanía en las que se…

6 horas hace

La Orquesta Filarmónica de Temuco ofrecerá concierto de extensión gratuito en Nueva Imperial

Este viernes 8 de agosto a las 19:00 horas en el Centro Cultural MunicipalUna jornada…

6 horas hace