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Reforma de Pensiones: Desde las remuneraciones de agosto, se inicia la cotización del 1 % adicional para todos los empleadores

A partir de las remuneraciones de agosto de 2025, los empleadores y empleadoras deben comenzar a cotizar el 1 % adicional, que se paga electrónicamente hasta el 13 de septiembre. Esta medida, contemplada en la reciente reforma previsional, busca contribuir a mejorar las pensiones.

La Reforma de Pensiones avanza. Así, a partir de agosto, todos los empleadores deberán contemplar un 1 % adicional de cotización sobre las remuneraciones imponibles de sus trabajadores y trabajadoras, cuyos pagos se deben realizar hasta el 13 de septiembre si se efectúan de manera electrónica a través de Previred.

Esto, en el marco de la implementación de la Reforma de Pensiones establecida en la Ley N° 21.735, que considera un incremento gradual de cotizaciones desde este año 2025 hasta el 2033.

Es importante señalar que este aumento en la cotización previsional no afecta las remuneraciones de los trabajadores y trabajadoras.

De este primer porcentaje que se incrementa, un 0,1 % se incorporará directamente a las cuentas individuales de AFP, para aumentar el ahorro previsional de las personas trabajadoras; mientras que el 0,9 % restante se integrará al nuevo Seguro Social, que permitirá financiar la Compensación por Expectativas de Vida para las mujeres. Esto ayudará a corregir la brecha previsional derivada de su mayor longevidad, lo que en la práctica se traducirá en pensiones más equitativas.

¿Dónde y cómo declarar esta nueva cotización del 1 %?

La declaración y pago de cotizaciones de este aporte del empleador se realizará a través de Previred, en los mismos plazos y mecanismos que se utilizan para las cotizaciones actuales de cargo del trabajador. Es decir, hasta el día 10 del mes siguiente del pago de remuneraciones si se realiza de manera manual o hasta el 13, si el pago es electrónico:

Según cómo se pagan las cotizaciones en Previred, se debe considerar lo siguiente:

Empleadores que realizan directamente la declaración y pago de cotizaciones en el sitio de Previred: la información del nuevo Seguro Social estará disponible automáticamente para las remuneraciones de agosto, desde el momento en que esté habilitada la plataforma para pagar las cotizaciones correspondientes a ese mes.

Empleadores que utilizan software de remuneraciones o cargan nóminas de trabajadores en el sitio de Previred: deberán incorporar nuevos campos en sus archivos de carga electrónica, según la información disponible en www.previred.com.

Más información

El Instituto de Previsión Social ha habilitado los diversos canales de su red ChileAtiende para orientar en caso de dudas.

Para más información, las personas pueden ingresar a www.ips.gob.cl, www.chileatiende.cl y www.lareformadepensiones.cl.

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