Categorías: Economía y negocios

Diputado Tuma celebra aprobación unánime de proyecto de ley que crea el Registro Nacional de Corredores de propiedades y regula el ejercicio de dicha actividad

El diputado del PPD, Joaquín Tuma, destacó la aprobación unánime -por parte de la Cámara de Diputados- del proyecto de ley de su autoría que crea el registro nacional de corredores de propiedades y regula el ejercicio de dicha actividad.

De esta manera, la iniciativa fue despachada al Senado para cumplir con su segundo trámite legislativo.

“Estamos muy satisfechos con la votación de hoy, ya que actualmente hay muchos corredores de propiedades que no tienen la capacidad profesional ni la ética necesaria para hacer ese trabajo. Hay muchos que también han sido estafadores, y cuando vienen los extranjeros a arrendar en el verano nos hemos encontrado que el anticipo que han hecho en internet se lo han hecho a personas que no existen o instituciones que tampoco están vigentes”, afirmó el diputado Tuma.

En ese sentido, el parlamentario indicó que “lo que se requiere hoy día es regular una actividad desregulada, de manera de entregar certeza jurídica de que quienes están intermediando son personas serias que no tienen condena por concepto de estafa u otros delitos y que cumplen con ciertos requisitos que tiene un registro”.

El legislador aseguró que “esta iniciativa es resultado de un trabajo arduo, donde la tramitación duró unos seis o siete años, debido a que existía resistencia por parte del Ministerio de Economía. Sin embargo,  llegamos a un acuerdo con ellos sobre la importancia de llevar un registro digital que permita a las personas saber quiénes están de buena fe haciendo este trabajo y con la capacitación debida”.

“Es por eso que el Estado se ha comprometido de que si bien no es obligatorio, el Ministerio de Economía va a recomendar al mundo público que actúen con los corredores que estén inscritos en este registro que les da confianza y les da certeza jurídica.  También se incluye en este proyecto una serie de normativas que establecen que cuando hay fallas e incumplimientos del contrato, se pueda recurrir al Sernac. En definitiva, hay 15 artículos en esta ley que permiten sancionar a los que no cumplen con una actividad que tiene que ser impecable para atender a los consumidores que muchas veces están indefensos frente a una situación que no conocen”, señaló Joaquin Tuma.

Editor

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