La historia comienza en el mes de junio del año 2018, cuando al Municipio le llegó una denuncia por parte de un vecino de Tinquilco, el cual estaba denunciando una corta de árboles sin ninguna autorización por parte de CONAF y la realización de un camino ilegal -desviando el cauce de las aguas-; es decir, sin los planes de manejo para la construcción y corta de árboles.
La directora de DAOMA, Evelyn Silva, explicó que la Municipalidad de Pucón recepcionó la denuncia para luego ejecutar sus procedimientos mediante sus facultades. “Se fue a fiscalizar este hecho, donde también se denunció al Juzgado de Policía Local por parte del Municipio. Además, se derivó la denuncia a CONAF, que es el ente que regula el manejo del bosque nativo; a la Dirección General de Aguas (DGA), por el problema del desvío del cauce, ya que al momento de las lluvias empezó a desmoronarse una parte del cerro generando alteración en las napas y en el lago Tinquilco que utilizan (para los APR u otros fines); y, finalmente, una denuncia a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la Seremi de Medio Ambiente”.
Por su parte, el alcalde de Pucón, Carlos Barra, reafirmó este impacto precisando de que “existe un daño ambiental. Por esta razón, la Municipalidad está generando este procedimiento con la Fiscalía del Medio Ambiente para poner una demanda por la reparación del daño ambiental. Nosotros no estamos en contra del desarrollo, pero sí este tiene que ser bajo el resguardo de nuestro entorno y los recursos naturales que se dan en esta bella ciudad de la Región”.
Daños
La alteración se encuentra en la ladera Sur del Lago Tinquilco, ubicado hacia el camino Huerquehue, cuyo daño compromete la seguridad de los habitantes en el sector. Así lo argumentó el abogado de la ONG FIMA, Ezio Costa, quien justo a otro jurídico de la entidad iniciaron un trabajo con el Municipio desde que comenzaron las mesas técnicas por la saturación del lago Villarrica.
“La construcción de este camino es riesgosa y el hecho de que siga ahí, podría significa un peligro para la población que habita en la cercanía o que transita por el lugar, debido a que está construido de manera deficiente. Por lo tanto, podría generar varios derrumbes”, explicó Costa, quien destacó que el procedimiento comienza con esta demanda. “Luego habrá que notificar al demandado para que se defienda o, en su caso, se allane a reparar el medioambiente que dañó y, que posteriormente a eso, va haber un período para rendir pruebas de este daño”.
Es preciso destacar, que la primera multa a beneficio fiscal, es por un monto de mil 617 UTM, la cual deberá ser pagada dentro de un plazo de 30 días hábiles, contados desde el día hábil siguiente a la notificación de la presente resolución (la primera semana de enero). Las próximas sanciones de las entidades públicas se verán en las siguientes semanas.
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