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Huenchumilla enfatiza que los derechos de aprovechamiento de aguas no son un tipo de “propiedad especial”: “Podemos hacerles limitaciones”

En comisión de Constitución del Senado, el parlamentario DC envió un mensaje al gobierno: estimó que el ejecutivo tiene “una predisposición” que hace a los derechos de aprovechamiento de las aguas “intocables”.

Esta mañana, en el debate sobre la reforma al Código de Aguas que tuvo lugar en comisión de Constitución del Senado, el senador Francisco Huenchumilla (DC) llamó al ejecutivo a “llegar a un acuerdo” sobre los derechos de aprovechamiento de las aguas, porque a su juicio es “perfectamente factible” establecer limitaciones en ellos, a fin de satisfacer las necesidades de la comunidad.

“Tengo la impresión, de que el ejecutivo tiene una predisposición a estimar que el derecho de aprovechamiento de las aguas sería una suerte de propiedad especial que no podria estar sujeta a ciertas limitaciones. Yo creo que eso no es así en nuestro ordenamiento jurídico”, partió argumentando el legislador.

“Si uno toma la propiedad en general (…) está sujeta a múltiples limitaciones. Y aquí lo que estamos limitando es el derecho sobre las aguas, porque las aguas están fuera del comercio, son bienes nacionales de uso público. Entonces aquí, se estableció una figura del derecho de aprovechamiento que es un derecho intangible, y la pregunta es, ¿esto puede o no limitarse, ese derecho intangible?”, continuó.

Casos anteriores

En respuesta a su propio planteamiento, el senador Huenchumilla detalló que “en todas las leyes que se ha dictado hasta la fecha (…) se han establecido muchas limitaciones al derecho de aprovechamiento (de las aguas). Y hay varias sentencias del Tribunal Constitucional que han establecido que es perfectamente legítimo eso”, sentenció.

“Lo que quiero decir (…) es que creo que el ejecutivo se baja, como que aquí encuentra un conjunto de limitaciones que son imposibles. Y yo creo que al revés, las limitaciones están establecidas desde hace mucho tiempo, por muchas leyes, con sentencias del Tribunal Constitucional, y no se avienen con el estatuto de la propiedad en la Constitución, de que el derecho de aprovechamiento pudiera tener una suerte de estatuto específico y especial en virtud del cual es intocable”, explicó.

“Yo creo que, si queremos llegar a un acuerdo en esta Comisión, es ponernos de acuerdo en qué limitaciones podemos establecer. Y entonces cuál es la naturaleza de esas limitaciones, si afectan al derecho (de aprovechamiento de las aguas) en su esencia, es lo que tenemos que resolver para poder salir de esto”, concluyó.

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