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Senador Espina solicitará colocar en tabla proyecto que buscar terminar con las dilaciones injustificadas en los juicios orales

Al respecto, el parlamentario RN indicó que “una cosa es el legítimo derecho de los imputados a contar con una adecuada defensa, y otra muy distinta es que se haga uso y abuso de normas legales con el propósito de dilatar los juicios”.

Luego de conocido el veredicto en contra de seis comuneros mapuches quienes fueron absueltos de cometer el incendio en el Fundo Brasil (Vilcún) en 2009, con más de 19 suspensiones en el juicio oral, durante la próxima semana el Senador por La Araucanía Norte, Alberto Espina (RN), solicitará en la Comisión de Constitución de la Cámara Alta colocar en tabla el proyecto de ley que busca terminar con las dilaciones injustificadas en esta etapa procesal.

Cabe precisar que las modificaciones -presentadas a través de una moción en octubre del año pasado- son al artículos 10 y 269 del Código Procesal Penal (CPP) que tiene por objeto impedir el uso abusivo de las normas señaladas, lo que en la práctica ha significado que los juicios se demoren más de dos años para recién realizar la audiencia de preparación del juicio oral.

El Senador Espina explicó que el artículo 269, que se refiere a la comparecencia del fiscal y del defensor, establece que si éste último no asiste al Tribunal deberá designar un defensor de oficio al imputado y dispondrá la suspensión de la audiencia por un plazo de no más de cinco días, con el objeto de permitir que el abogado designado del imputado se interiorice del caso.

“En la práctica lo que ocurre muchas veces es que renuncia el abogado defensor pocos días antes de la audiencia de preparación del juicio oral e invoca que el plazo de cinco días es muy breve para interiorizarse del juicio, y por lo tanto solicita la suspensión del mismo, en reiteradas oportunidades, invocando lo dispuesto en el artículo 10° del CPP que corresponde a la cautela de garantías”, señaló.

“Esto último se aplica por el Tribunal cuando a juicio del juez estima que el imputado no está en condiciones de ejercer los derechos que le otorga las garantías judiciales consagradas en la Constitución y las leyes”, precisó.

El uso abusivo de estas normas se ha traducido en que juicios producto de incendios o ataques, por ejemplo, al Fundo San Leandro, al Fundo Brasil, a un bus de Tur Bus o al peaje de Quino, han tenido en promedio más de 19 suspensiones demorándose cada uno de ellos casi tres años para llevar adelante las audiencias del juicio oral, todo lo cual afecta gravemente la correcta administración de justicia ya que implica debilitar la prueba, ya sea porque hay testigos que con el transcurso del tiempo se desisten de declarar, y otros medios probatorios se ven afectados.

Finalmente el Senador Espina señaló que “una cosa es el legítimo derecho de los imputados por un delito a contar con una adecuada defensa, y otra muy distinta es que se haga uso y abuso de normas legales con el propósito exclusivo de dilatar los juicios, ya que esto último atenta directamente en contra de la correcta administración de justicia y los derechos de las víctimas, que ven con impotencia como se posterga reiteradamente los juicios en contra de los presuntos culpables de los delitos”, concluyó.

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