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Sernac entrega consejos al momento de elegir un gimnasio

No son válidos los contratos, la publicidad o los carteles en los que las empresas se desentienden de sus responsabilidades indicando que no responden por daños, accidentes o robos.

Tal como cualquier otra empresa, los gimnasios deben cumplir con todo lo que prometen en su publicidad; respetar los horarios de clases; cumplir con las características ofrecidas de infraestructura; el tipo de clases, entre otros.

Ad portas del verano, el SERNAC recuerda a los consumidores no perder de vista sus derechos al momento de contratar gimnasios y exigir que se les respete lo ofrecido.

El Director Regional del SERNAC, Arturo Araya señaló que “los gimnasios tienen la obligación de entregar un servicio de calidad y respetar los contratos, pues los consumidores adquieren el servicio privilegiando ciertas características como ubicación, horarios de clases e infraestructura, por lo que es inaceptable que luego del contrato, se cambien las reglas del juego” y agregó que el proyecto de ley que busca fortalecer la protección a los consumidores le permitirá al organismo poner fin a los abusos en forma más rápida y oportuna.

Recomendaciones al contratar:

Los consumidores, al momento de contratar los servicios de un gimnasio, tienen derecho a que se le informen las condiciones relevantes del servicio, a recibir un servicio de calidad, contar con personal idóneo, que se les respete lo ofrecido / publicitado / acordado y contratado y recibir un servicio eficiente.

La publicidad y carteles en los que las empresas informan que no responden por daños, accidentes o robos, no tienen validez, pues es su deber entregar un servicio que no afecte la salud o seguridad de los consumidores.

Además, es importante tener en cuenta que para funcionar los gimnasios requieren una evaluación emitida por la autoridad sanitaria, donde se establecen requisitos como la capacidad del establecimiento, extintores, vías de evacuación expeditas, higiene, luz de emergencia, servicios sanitarios, y luces de emergencia entre otros.

En este sentido, es fundamental que los consumidores estén atentos a posibles cláusulas abusivas en los contratos, como por ejemplo:

  • Eximirse de responsabilidad ante deficiencias o incumplimientos en la prestación de servicios.
  • Reembolsar el dinero sólo en circunstancias desventajosas para los socios, como su fallecimiento o impedimento físico, éste último acreditado y autorizado por un comité del mismo gimnasio.
  • No responder ante la destrucción o pérdida de los bienes de los usuarios, aun cuando se dispone de casilleros precisamente para el resguardo de éstos.
  • Desligarse de responsabilidad ante cualquier riesgo en la salud e integridad física o psíquica de los consumidores.
  • Modificar unilateralmente las condiciones acordadas previamente.

Reclamos

Durante el primer semestre de 2016, SERNAC ha recibido 754 reclamos de consumidores contra gimnasios por incumplimientos en las condiciones contratadas, servicio defectuoso e incumplimiento de promociones y ofertas. Las empresas más reclamadas son Pacific Fitness, con un porcentaje de respuesta desfavorable de 15,65% y Energy Fitness Club, con un 7,03% de respuesta negativa para los consumidores.

En el caso Pacific Fitness, actualmente el Servicio, mantiene 3 demandas colectivas y una mediación colectiva, acciones presentadas tras recibir numerosos reclamos por incumplimientos como: cierre de locales; suspensión de clases; cobros improcedentes y publicidad engañosa además de cláusulas abusivas en los contratos utilizados.

En caso de incumplimientos, los consumidores pueden presentar su reclamo en www.sernac.cl o bien, hacer su consulta en el teléfono 6005946000.

Editor

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