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Sernac valora decisión de la Corte Suprema que rechazó recurso judicial y que aprueba proceso de pago de compensación

El Director Nacional, Lucas Del Villar, señaló que esta sentencia del Máximo Tribunal es una muy buena noticia para los consumidores del país que finalmente podrán recibir la compensación por la colusión del papel.

Una vez que se certifique, a través de un trámite judicial denominado cúmplase, que no proceden nuevos recursos respecto de la sentencia de la Corte Suprema, en dos meses más comenzará el proceso de pago a los consumidores.

A partir de mañana estará disponible el sitio web www.micompensacion.cl, donde los consumidores podrán obtener información preliminar del proceso.

El Director Nacional del SERNAC, Lucas Del Villar, valoró la sentencia emitida esta mañana por la Corte Suprema que rechazó el recurso de casación presentado por el abogado Jaime Moraga en representación de algunas comunidades mapuches y pehuenches, lo que implica que se podrá implementar el proceso de pago del acuerdo alcanzado por el SERNAC y las asociaciones de consumidores CONADECUS y ODECU con la empresa CMPC.

Lucas Del Villar señaló que esta sentencia del Máximo Tribunal es una muy buena noticia para los consumidores del país quienes finalmente podrán recibir la compensación por la colusión del papel, monto que alcanzará los $7 mil pesos y que beneficiará a todas las personas con cédula de identidad vigente mayores de 18 años al momento de que quede firme y ejecutoriado el fallo.

La autoridad destacó los argumentos esgrimidos por la Corte Suprema, que establecieron que el acuerdo alcanzado en enero del año pasado por la mesa cumplió con todos los estándares establecidos en la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores (LPC), en cuanto a que fue debidamente publicitado y no fue discriminatorio, ya que no hace distinción alguna respecto del sexo, clase o condición social de los beneficiarios.

El Director Nacional del SERNAC valoró además que el Máximo Tribunal haya indicado que el SERNAC tampoco incumplió el deber de consulta establecido en el convenio 169 de la OIT, pues compareció en el juicio en cumplimiento de su mandato legal, y que no es otro que proteger a todos los consumidores afectados.

Del Villar destacó el hecho que la Corte Suprema haya establecido que el SERNAC no requiere efectuar el trámite de consulta cuando se trata de acuerdos por situaciones que afectan el interés general y universal de los consumidores, por lo que a futuro no debiesen discutirse este tipo de cuestiones, que en este caso trabaron la implementación de un acuerdo beneficioso para los consumidores por más de un año.

El Director Nacional del SERNAC señaló que lo que corresponde ahora es que el fallo de la Corte Suprema quede firme y ejecutoriado por parte del 10° Juzgado Civil de Santiago, acto administrativo que debería demorar no más de 10 días hábiles.

“Una vez que se dicte el cúmplase de la sentencia, comienza a correr la implementación del acuerdo, y hemos dispuesto que en un período de dos meses comience el pago, que será en forma automática para 10 millones de personas, universo que representa un 75% de los consumidores que serán beneficiados”, indicó Del Villar.

La autoridad añadió que en las próximas horas se reunirá con la mesa técnica para informarles en detalle el proceso de implementación del acuerdo, el cual es inédito y complejo debido a que involucra un universo de beneficiarios de más de 13 millones y medio de personas, pero “realizaremos todos los esfuerzos para que se desarrolle en forma adecuada, transparente y eficaz”.

Adelantó también que el día de mañana estará disponible el sitio web www.micomopensacion.cl, en el cual los consumidores podrán acceder a información preliminar del proceso de pago.

Finalmente, El Director Nacional del SERNAC indicó que todos los detalles del proceso de implementación se darán a conocer oportunamente, tan pronto la sentencia quede firme y ejecutoriada.

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