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Declaración pública Multigremial de La Araucanía: Pedimos que el TC no le de la espalda a las víctimas del terrorismo

Frente al ingreso de un requerimiento de inconstitucionalidad en contra la CAM, la WAM, la RMM y la RML, organizaciones terroristas que ejercen violencia y miedo en la macrozona sur, que presentó el 12 de julio recién pasado el abogado Pablo Urquizar, y la votación sobre su admisibilidad que realizará el Tribunal Constitucional, este miércoles 20 de julio, declaramos lo siguiente:

  1. Las organizaciones criminales como la CAM y la WAM han dicho públicamente que están en una guerra, han atacado a cientos de personas, han quemado colegios, iglesias y hogares de personas inocentes, han asesinado a medio centenar de chilenos y chilenas, de origen mapuche y no mapuche, han declarado que no están disponibles para terminar con su violencia, todos estos hechos son suficientes para apoyar este requerimiento y declarar, de una vez por todas, su inconstitucionalidad. Chile no puede seguir legitimando la violencia.
  2. Por años estos grupos han actuado, ejerciendo violencia y crimen con total impunidad, y el  Estado ha sido incapaz de dar seguridad a una gran parte de la población del sur de Chile, es hora que las instituciones democráticas por los medios legítimos persigan a estos grupos y den cumplimiento a su mandato de dar seguridad.
  3. Al mismo tiempo, pedimos al gobierno del presidente Gabriel Boric, que ha tenido una actitud silente en este caso, se pronuncie sobre el requerimiento de inconstitucionalidad de la CAM, la WAM, la RMM y la RML. El gobierno debe decidir si está del lado de los terroristas o de las víctimas.
  4. Manifestamos nuestra preocupación por el rol que tendrá la presidenta del Tribunal Constitucional, Nancy Yáñez, quien a lo largo de su historia académica ha tenido pronunciamientos de justificación y legitimación de la violencia en el contexto de la crisis de seguridad que vivimos en la Macrozona Sur. Por tanto, esperamos que exista una reflexión de su parte para garantizar la imparcialidad del proceso de admisibilidad del requerimiento.
  5. De acuerdo a lo señalado en el inciso sexto del artículo 19 Nº 15 de la actual Constitución, sostenemos que existe evidencia de sobra respecto a la inconstitucionalidad de la CAM, la WAM, la RMM y la RML, por tanto esperamos que el TC actúe en consonancia con el derecho constitucional chileno y pensando en quienes han sufrido las consecuencias de la inacción que ha tenido el Estado a lo largo de la historia. No esperemos que esta crisis siga agravándose para actuar.
Editor

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